Es un organismo asesor del Personero DIstrital y de la Unidad Coordinadora de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital. fue creado mediante el Acuerdo 4 de 1995, el cual fue modificado por el Acuerdo 43 de 1999, para incluir a las comunidades afrobogotanas. .
Representantes que lo conforman
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La Jerarquía Eclesiástica
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La Alcaldía Mayor
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Las demás iglesias reconocidas por el Estado Colombiano
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La Federación Comunal de Bogotá
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Las Federaciones sindicales con sede en el Distrito.
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Organizaciones de Derechos Humanos.
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Comunidades indígenas.
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Directores de los establecimientos educativos del Distrito.
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Organizaciones gremiales de los educadores.
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El sector deportivo, el de los pensionados y el privado.
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La Federación de Municipios.
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La Fiscalía General de la Nación.
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Directores de los establecimientos de Salud del Distrito
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Los Comités de Participación Comunitaria.
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Sectores de Cultura.
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Rectores de las universidades.
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Centros de Investigación Social.
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Organizaciones estudiantiles, la juventud, la mujer, desplazados de la violencia y desaparecidos.
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El Comandante de la Policía Metropolitana.
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El Comandante de la Institución Militar con Jurisdicción Distrital.
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Comunidades afrobogotanas.
Funciones
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Analizar los principales problemas de derechos humanos que se presenten en el Distrito, que afecten con mayor agudeza a la población y plantear políticas y procedimientos para superarlos. - Adelantar campañas de educación a la comunidad sobre todo lo referente a los derechos humanos, la importancia de su defensa, el respeto y el papel de las instituciones gubernamentales para garantía de los mismos.
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Apoyar las gestiones que emprenda el Personero Distrital y demás entidades gubernamentales, en cuanto hace referencia a la denuncia e investigación sobre violaciones a los Derechos Humanos en la jurisdicción del Distrito.
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Atender las denuncias sobre los Derechos Humanos y asesorar a las víctimas sobre el quehacer en cada caso concreto.
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Colaborar con la Personería Distrital en la supervisión y vigilancia de los establecimientos carcelarios, internos siquiátricos, ancianatos, salacunas, centros de protección al menor, centros de rehabilitación para menores infractores, centros de rehabilitación para discapacitados, hogares comunitarios y hospitales ubicados en la jurisdicción del Distrito, con el fin de vigilar el respeto a los Derechos Humanos y coadyuvar a su desarrollo y progreso.
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Coordinar y elaborar el desarrollo de las acciones que realicen los Comités de Derechos Humanos de los centros carcelarios y penitenciarios y de las guarniciones militares y de policía.
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Recomendar a la Administración Distrital la ejecución de obras y acciones que estén encaminadas a solucionar problemas que de manera especial beneficien a la comunidad relacionadas con los derechos humanos.
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Llevar una relación estadística sobre las violaciones a los derechos humanos.
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Conformar Comisiones para reunirse periódicamente con los miembros de las Juntas Administradoras Locales.
Dentro de sus facultades también está la Creación de Comités Locales, los cuales se constituyen en un soporte para la coordinación y asesoría de los programas en las diferentes jurisdicciones de la ciudad. En Bogotá existe un comité por cada localidad.