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Consulta con especialistas es prestada por médicos generales en dos Subredes de Salud

Consulta con especialistas es prestada por médicos generales en dos Subredes de Salud
  • En la Subred Sur Occidente y Norte lo denominan servicio de consulta médica especializada asistida.
  • Las Subredes estarían exponiendo a usuarios a riesgos innecesarios.
  • Médicos podrían estar incurriendo en faltas de orden ético.
  • Normas no prevén este tipo de figuras.

La Personería de Bogotá encontró que la prestación del servicio de consulta médica especializada bajo la modalidad de “asistida”, en las Subredes Integrales de Servicios de Salud (SISS) Sur Occidente y Norte, es realizada por médicos generales, procedimiento que infringe las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y podría ir en contra de la salud de los pacientes.

El ente de control estableció, que las denominadas “consultas espejo”, “multiconsulta” o “consulta especializada asistida”, se llevan a cabo con la intervención de un profesional en medicina que no cuenta con el título o certificado en la especialidad, lo que posiblemente hace que no cuente con la capacidad resolutiva que necesita el paciente exponiéndolo a riesgos injustificados e incumpliendo con la normatividad aplicable a las instituciones prestadoras de servicios de salud.

En la consulta asistida el especialista no atiende, revisa ni diagnóstica al paciente, sino que actúa como “supervisor” de los médicos generales, procedimiento que es contrario a la definición de consulta médica especializada que estableció la normatividad nacional, puesto que esta debe ser adelantado exclusivamente por el médico especialista sin contemplarse opciones.

Tema legal y ético

El ente de control encontró, además, que los objetos de los contratos suscritos por las dos subredes, no se determina con exactitud que los médicos generales deban realizar la prestación del servicio en áreas especializadas, ni brindar atención a usuarios en este tipo de consultas.

Las normas de talento humano en salud vigente prohíben llevar a cabo actividades en atención en salud o ejercer competencias por profesionales que no estén autorizados, lo cual vendría presentándose en la práctica, al ser los médicos generales los que atienden consultas médicas especializadas.

Al mismo tiempo, los médicos tienen la obligación legal de actuar bajo la responsabilidad de la autorregulación, destacándose las de orden ético, dentro de los límites de los códigos de ética profesional vigentes. Es así como el profesional no debe exponer a sus pacientes procedimientos que pongan en riesgo su salud.

Las SISS estarían incurriendo en irregularidades por que son ellos los encargados de determinar la cantidad de personal, que incluye el especializado, que se requiere de acuerdo a su capacidad instalada, la relación de oferta y demanda y la oportunidad de la prestación del servicio de salud.

Adicionalmente, se encontró que con la prestación de consulta especializada “asistida”, se estaría inobservando la regulación de habilitación, por lo que, la Personería solicitó a la Secretaría de Salud para que lleve a cabo las acciones relacionadas con la habilitación de los servicios especializados ofertados en la SISS Sur Occidente y Subred Norte.

Además, solicitó a las SISS y a la Secretaría, para que lleven a cabo acciones coordinadas con el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de implementar los programas de estímulos e incentivos para la formación de profesionales en medicina especializados, contribuyendo a su disponibilidad, en acatamiento de las políticas y normatividad vigente.

Modificado por última vez en Lun, 17 de Jun de 2019