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Mesas Locales Y Distrital De Participación Efectiva De Las Víctimas Del Conflicto Armado Y Ejercicio De La Secretaria Técnica En Dichas Mesas

En desarrollo del derecho de participación de las Víctimas del Conflicto Armado, la Ley 1448 de 2011 creó la institución de las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas, conformadas por los representantes o postulados de Organizaciones Defensoras de Victimas (OV) y Organizaciones Defensoras de los Derechos de las Víctimas ODV) y a partir del 2021, los Sujetos de Reparación Colectiva podrán inscribirse para hacer parte de la Mesa Distrital.

Las Organizaciones de Victimas están constituidas solo por victimas que se encuentren inscritas ante el Registro Único de Victimas – RUV-, que administra la UARIV.

Las OV, ODV y sus representantes deben inscribirse o actualizar datos ante las Personerías Locales donde desarrollen su trabajo con las víctimas. El proceso de inscripción y de actualización se adelanta los primeros noventa días de cada año.

CRONOG ELECCION MESAS VICTIMAS 2021

 

CRONOGRAMA 2 MODIFICACIÓN FECHA DE ELECCIONES

 

 Ultima Actualizaciónn  Agosto 20 de 2021:

cronograma mesas oct 2021

 

Los Sujetos de Reparación Colectiva y sus representantes deben inscribirse hasta el 2 de mayo de 2021.

      RESOLUCIÓN 1180 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2020:   Por la cual se adoptan las medidas para adelantar el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas a las mesas locales,  y para la convocatoria y elección de integrantes de las mesas locales y distritales de participación efectiva de víctimas.
      RESOLUCIÓN 1180 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2020:   Por la cual se adoptan las medidas para adelantar el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas a las mesas locales,  y para la convocatoria y elección de integrantes de las mesas locales y distritales de participación efectiva de víctimas.

              Formato de Inscripción o Actualización de Datos Organización de Víctimas (Ov) y Organizaciones     Defensoras de Víctimas (Odv)

 

 

        

      RESOLUCIÓN 122 DE 02 DE FEBRERO DE 2021: Por la cual se modifica y adiciona la resolución 1180 de 2020:  Por la cual se adoptan las medidas para adelantar el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas a las mesas locales, y para la convocatoria y elección de los integrantes de las mesas locales y distrital de participación efectiva de víctimas, expedida por la Personería de Bogotá D.C.
      RESOLUCIÓN 122 DE 02 DE FEBRERO DE 2021: Por la cual se modifica y adiciona la resolución 1180 de 2020:  Por la cual se adoptan las medidas para adelantar el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas a las mesas locales, y para la convocatoria y elección de los integrantes de las mesas locales y distrital de participación efectiva de víctimas, expedida por la Personería de Bogotá D.C.

       Formulario de Inscripción para Sujetos de Reparación Colectiva interesados en conformar la Mesa Distrital de Participación Efectiva de Víctimas

 

 

       Directorio Personeros Locales

Correos electrónicos Personerías Locales

 

 

       

Los Personeros Locales por delegación del Personero de Bogotá ejercen las funciones de la Secretaria Técnica de las Mesas Locales. Dichas funciones son:

  1. Convocar e inscribir a las OV y ODV participantes de las mesas.

  2. Verificar los documentos requeridos para el proceso de inscripción y garantizar la confidencialidad de la información.

  3. Recibir y tramitar las solicitudes o reclamos de las OV y ODV frente a la no inscripción de sus representantes a la mesa.

  4. Convocar la elección e instalación de las mesas de participación del respectivo ámbito territorial local o distrital

  5. Garantizar, con el apoyo de la UARIV, la Alta Consejería para las Victimas, la Paz y la Reconciliación, y las alcaldías locales y distrital , el espacio de funcionamiento de la mesa así como los elementos logísticos necesarios

  6. Apoyar la elaboración de los PAT.

  7. En relación con las reuniones de las mesas: citarlas formalmente, convocándolas en un término de 15 días hábiles y ofreciendo la información requerida para su desarrollo; preparar la agenda de trabajo, coordinarla y llevar las actas.

Reglas de juego para las jornadas de elección e instalación de las Mesas Locales de Victimas del Distrito Capital

Normas Relacionadas

 

Actos administrativos de las Personerías Locales

Consulta en este enlace los Actos Administrativos de las Personerías Locales