El Ministerio Público dentro de las audiencias de impugnación ostenta todas las facultades de parte, en tal medida se pueden solicitar pruebas, controvertirlas, presentar alegaciones, interponer recursos. Siempre para garantizar el debido proceso y el esclarecimiento de los hechos, no se interviene como defensor. Estas facultades pueden ser a favor del ciudadano o de la autoridad de transito.