• También trasladó a oficinas de control interno disciplinario 3.008 quejas, para que se indague a servidores públidos del Distrito.
• Las más cuestionadas son la Secretaría de Movilidad, las EPS, alcaldías locales, bancos, las ARL y empresas de servicios públicos.
• Personería hace un llamado para que den importancia a este derecho fundamental.

La Personería de Bogotá, en 18 meses, elaboró 5.687 tutelas para proteger el derecho de petición de los capitalinos, vulnerado por entidades distritales y nacionales.

Además, durante ese lapso, trasladó 3.008 quejas a las oficinas de control disciplinario de entidades del Distrito para que indaguen a los servidores presuntamente responsables de la violación a este derecho fundamental.

Así lo reveló la Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, durante el segundo foro El derecho de petición como derecho fundamental y su aplicación en el Distrito Capital, realizado en la Universidad Católica.

Las quejas contra diferentes entidades y tutelas a favor de los bogotanos, redactadas entre enero de 2018 y junio de 2019, tuvieron a la Secretaría de Movilidad, las EPS, las ARL, los bancos, el Ministerio del Trabajo, las alcaldías locales, las empresas de servicios públicos y fondos de pensiones y cesantías, como las entidades más cuestionadas.

Tutelas

De las tutelas elaboradas por el ente de control distrital, 2.606 correspondieron a entidades oficiales, encabezadas por las secretarías distritales: 2.428 dirigidas contra Movilidad, 42 Educación, 41 Hacienda, 16 Planeación y 15 Hábitat; le siguen 37 de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, entre otras.

Contra EPS fueron 443, de las cuales 120 fueron para Medimás, 70 para la Nueva EPS, 55 Capital Salud, 50 Compensar, 49 Famisanar y 42 Cruz Blanca, entre otras. En cuanto a las ARL fueron 104, 26 para Positiva, 25 para Sura, 22 Equidad y algunas más.

Le siguen las entidades bancarias con 72, encabezadas por 27 de Colpatria, 15 Banco de Bogotá, 11 Bancolombia y otras. En servicios públicos fueron 63: Codensa con 21, Gas Natural con 16 y otras. Para los fondos de pensiones y cesantías fueron 49, de las cuales 39 fueron para Porvenir, entre otras.

Las alcaldías locales encontraron 129, de las cuales 47 correspondieron a Usaquén, 11 a Suba, 10 a La Candelaria, 9 cada una, de Kennedy y San Cristóbal, entre otras.

Adicionalmente están el Ministerio del Trabajo con 66, Unidad Administrativa de Catastro con 36, Policía Nacional con 36, Ministerio de Transporte con 22 y el Fondo Nacional del Ahorro y Aguas de Bogotá, con 10 cada una.

Quejas

De otra parte, el Ministerio Público Distrital trasladó quejas por la vulneración del derecho de petición a las oficinas de control interno disciplinario de las entidades del Distrito para que indaguen a los responsables de su presunta vulneración.

La mayoría de las quejas fueron contra la Secretaría de Movilidad y las alcaldías locales. Le siguen las EPS, los juzgados, los fondos de pensiones y cesantías, ministerios y superintendencias.

Ante este panorama, el Ministerio Público Distrital no sólo actúa en defensa de ese derecho, sino que hizo un llamado a la entidades distritales para adoptar correctivos necesarios para su garantía.

El evento

El foro buscó propiciar un espacio de reflexión entre las entidades distritales y la academia, para reconocer la importancia e implicaciones que tiene el derecho de petición como derecho fundamental ciudadano, y no como un simple trámite de oficio, además de reafirmar su aplicación legal.

Fueron panelistas José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional; Wilson Martínez Sánchez, Doctor en Derecho Penal y actual procurador Delegado para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad; Héctor Ferrer Leal, abogado especialista en Derecho Comercial, y Wilson Ramírez Hernández, Magíster en Derecho Administrativo y asesor de la Procuraduría Delegada ante el Consejo de Estado.

 

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Acuerdo 978 de 2025. Artículo 41. Funciones de Oficina de Control Interno: La Oficina de Control Interno dependerá del personero(a) y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Orientar el diseño de los planes, métodos, procedimientos, mecanismos de verificación y evaluación del sistema de control interno.
  1. Coordinar el diseño, planeación y ejecución del programa anual de auditorías en el marco del pensamiento basado en riesgos para la verificación y evaluación del sistema de control interno. 
  1. Asesorar a la organización sobre los cambios que podrían tener un impacto significativo en el sistema de control interno, identificados durante la evaluación periódica de los riesgos y en el trabajo de auditoría interna.
  1. Dirigir la evaluación del sistema de control interno de las dependencias y programas de la Personería de Bogotá para medir la eficiencia, eficacia y economía de los controles establecidos, para generar la formulación de recomendaciones y correctivos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos. 
  1. Evaluar y verificar para contribuir a la mejora en los procesos institucionales, a través de auditorías internas y especiales.
  1. Fomentar en la Personería de Bogotá la formación de una cultura de control en la gestión de todos los servidores de la Institución, para contribuir al mejoramiento continuo y el cumplimiento de la misión institucional.
  1. Efectuar la evaluación independiente de la rendición de cuentas que realice la entidad.
  1. Coordinar la elaboración de informes que por requerimiento legal le sean asignados a esta dependencia, así como aquellos que por su naturaleza evaluadora deba presentar y establecer su publicación.
  1. Orientar la formulación de los planes de mejoramiento producto de auditorías internas y externas y realizar el respectivo seguimiento. 
  1. Cumplir con los requerimientos de solicitud de información de los entes externos y del personero de Bogotá en relación con la competencia de la Oficina de Control Interno. 
  1. Servir de enlace entre la Personería de Bogotá, D.C., y los entes externos de control, con el fin de facilitar el flujo de la información con estos organismos y verificar aleatoriamente la oportunidad, integridad y pertinencia de la información suministrada por los diferentes procesos y/o dependencias.
  1. Participar en la formulación, implementación y evaluación de la política de control interno. 
  1. Ejercer la secretaría técnica del Comité Institucional de Coordinación del Sistema de Control Interno. 
  1. Generar alertas que puedan afectar el cumplimiento de los objetivos de la entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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