Acuerdo 978 de 2025. Artículo 66. Funciones de la Personería Delegada para el Sector Ambiente. La Personería Delegada para el Sector Ambiente, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la recuperación, protección y conservación del medio ambiente en el Distrito Capital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño en el liderazgo y coordinación que realice el sector ambiente al Sistema Ambiental del Distrito Capital -SIAC-.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño de las funciones como autoridad ambiental en el Distrito Capital que realice el sector ambiente, en cumplimiento de las funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente, a las autoridades competentes en la materia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño en la elaboración, ejecución, implementación, coordinación, vigilancia, evaluación y seguimiento de planes y proyectos encaminados a la protección y el bienestar de la fauna silvestre y doméstica que habita en el Distrito.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño a la investigación y conservación de la flora de los ecosistemas altoandinos y de páramo y la gestión de las coberturas vegetales urbanas, contribuyendo a la generación, aplicación y apropiación social del conocimiento para la adaptación al cambio climático, al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo sostenible en el Distrito Capital y la Región.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño en la formulación, ajuste y revisión periódica del Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y la coordinación de su ejecución a través de las instancias de coordinación que se establezcan de conformidad con el presente Acuerdo.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del Distrito Capital y sus territorios socio ambientales reconocidos.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la conservación, consolidación, enriquecimiento y mantenimiento de la estructura ecológica principal y del recurso hídrico, superficial y subterráneo, del Distrito Capital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la conservación, aprovechamiento y desarrollo sostenible de las áreas protegidas del Distrito Capital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño en la definición y articulación con las entidades u organismos competentes, de la política de gestión estratégica del ciclo del agua como recurso natural, bien público y elemento de efectividad del derecho a la vida.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño en la formulación, ejecución y supervisión de la implementación de la política de educación ambiental distrital de conformidad con la normativa, políticas nacionales en la materia y en coordinación con las entidades competentes.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño de las funciones y competencias que adelanta el sector ambiente en materia de control y vigilancia al cumplimiento de las normas de protección ambiental y en el manejo de recursos naturales, conforme a su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al desempeño a la implantación y operación del sistema de información ambiental del Distrito Capital con el soporte de las entidades que producen dicha información.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la planificación urbanística del Distrito Capital en materia ambiental.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la coordinación que realice el sector ambiente       de los procesos de integración regional con las instancias ambientales respectivas.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al diseño y coordinación de las estrategias de mejoramiento de la calidad del aire. y la prevención y corrección de la contaminación auditiva, visual y electromagnética, así como establecer las redes de monitoreo respectivos.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al fortalecimiento que realice el sector ambiente al fortalecimiento de los procesos territoriales y las organizaciones ambientales urbanas y rurales.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las actividades que realice el sector ambiente para el control de vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de desechos sólidos y desechos o residuos peligrosos y de residuos tóxicos, y en dictar las medidas de corrección o mitigación de daños ambientales y complementar la acción de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -EAAB- para desarrollar proyectos de saneamiento y descontaminación, en coordinación con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos en coordinación  con la Personería Delegada para el sector Hábitat.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las actividades que realice el sector ambiente para el desarrollo de programas de arborización y ornamentación de la ciudad, en particular de especies nativas y efectuar el registro e inventario en estas materias.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la formulación y coordinación de la difusión de la política rural en el Distrito Capital y brindar asistencia técnica y tecnológica, agropecuaria y ambiental a los productores rurales.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a los lineamientos que se establezcan en el Plan de desarrollo, el Plan de Ordenamiento Territorial y el Plan de Gestión Ambiental en las materias previstas en el literalT, del Artículo 103 del Acuerdo Distrital 257 de 2006.
  1. Ejercer el seguimiento al conocimiento y trámite del recurso de apelación que realice el sector administrativo frente a las decisiones que profieran los Inspectores y Corregidores Distritales de Policía, de acuerdo con el ámbito de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión del riesgo en el Distrito Capital.
  1. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos del sector ambiente.
  1. Realizar los estudios sectoriales y demás documentos del sector a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y estándares definidos por la normatividad vigente.
  1. Vigilar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, de los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios y demás organismos de control, cuando a ello hubiere lugar.
  1. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al sector central, descentralizado con sus entidades adscritas y vinculadas del distrito capital, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los deberes, funciones y misionalidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
Publicado en Funciones Organigrama