Acuerdo 978 de 2025. Artículo 49. Funciones de la Personería Delegada para el Sector Gobierno. La Personería Delegada para el Sector Gobierno, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la protección y defensa de los derechos humanos y la convivencia pacífica de la ciudad. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión pública distrital, local y la consolidación de los procesos de gobernabilidad local que realice el Sector Gobierno, de conformidad con las competencias establecidas.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la participación ciudadana y en el control social a la gestión pública en el marco del sistema Distrital de participación.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la defensa, gestión y administración del espacio público y el saneamiento y registro de los bienes constitutivos del patrimonio distrital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la coordinación de las relaciones de la administración distrital con las corporaciones públicas de elección popular y los gobiernos en los niveles, local, Distrital. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la protección y garantía de los derechos, deberes y libertades individuales y colectivas de las comunidades étnicas y religiosas residentes en Bogotá. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la gestión que realicen los inspectores y corregidores distritales de Policía. 
  1. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos del sector gobierno.
  1. Realizar los estudios sectoriales y demás documentos del sector a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y estándares definidos por la normatividad vigente.
  1. Vigilar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, de los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios y demás organismos de control, cuando a ello hubiere lugar.
  1. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  1. Ejercer el seguimiento al conocimiento y trámite del recurso de apelación que realice el sector administrativo frente a las decisiones que profieran los Inspectores y Corregidores Distritales de Policía, de acuerdo con el ámbito de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al sector central, descentralizado con sus entidades adscritas y vinculadas del distrito capital, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los deberes, funciones y misionalidad
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
Publicado en Funciones Organigrama