Acuerdo 978 de 2025. Artículo 37. Funciones de la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor. La Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor, tendrá a cargo las siguientes funciones:
- Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes, los acuerdos y las sentencias judiciales en materia de protección a consumidores y usuarios.
- Dar a conocer a las autoridades competentes los hechos que deban ser investigados, a fin de que sean corregidas y sancionadas situaciones de vulneración o desconocimiento de los derechos de los consumidores y usuarios.
- Fomentar o iniciar acciones populares en defensa de los intereses colectivos y de los derechos de los consumidores y usuarios, en coordinación con las dependencias de la entidad que sean competentes.
- Fomentar o iniciar acciones de grupo para la efectividad de los derechos de los consumidores y usuarios por la violación de derechos colectivos.
- Preparar las acciones necesarias en contra de las empresas de servicios públicos en defensa de los intereses de los usuarios, en coordinación con las dependencias de la entidad que sean competentes.
- Articular con las personerías locales la intervención del Ministerio Público, en acciones de policía en materia de protección al consumidor, en especial las relativas a control de productos que puedan atentar contra la vida, la salud y la seguridad de los consumidores, las de información o publicidad engañosa, cobro excesivo de intereses y abusos contractuales.
- Dirigir, informar y capacitar en materias relacionadas con la protección al consumidor.
- Orientar y asistir a las personas en la presentación de acciones administrativas o jurisdiccionales para la defensa de sus derechos que como consumidor le asiste, e intervenir en las mismas como coadyuvante en coordinación con las dependencias competentes de la entidad.
- Ejercer las funciones de agentes del Ministerio Público en los procesos y actuaciones judiciales y administrativas conforme a su competencia
- Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.