Personería logró declarar nulo comparendo impuesto a jóvenes en centro comercial

  • Se vulneró el debido proceso.
  • Ministerio Público Distrital intervino en defensa de los derechos de fundamentales de población discriminada.

Gracias a la intervención de la Personería de Bogotá, el inspector 2C distrital de Policía, Pedro Francisco Rodríguez, declaró la nulidad de la orden de comparendo impuesta como medida correctiva contra el joven Pedro Esteban Carrillo, por supuestos actos obscenos con su pareja en el Centro Comercial Andino, el pasado 14 de abril.

Ante la supuesta contravención al Código de Policía por comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas, la orden de comparendo fue impuesta al joven, basada solamente en el testimonio de la persona que se sintió agredida por la presencia de dos jóvenes homosexuales, sin valoración probatoria.

El ente de control comprobó que el agente de Policía dejó incompleto el procedimiento al imponer la orden de comparendo al joven sin haberlo escuchado en descargos, lo cual conllevó a la nulidad del proceso por una falla objetiva que evidencia que la actuación policial en el proceso verbal inmediato, fue precaria.

La Personería, al revisar los videos aportados por la Segunda Estación de Policía, descubrió que ante la falta de resolución y claridad, no se pueden detallar las conductas denunciadas; tampoco se evidencian escenas de actuaciones policiales como la toma de declaraciones y revisión de pruebas al atender la situación, ni el proceso de descargos por parte de la Policía.

Ante los hechos, el ente de control evidenció vulneración a los derechos al debido proceso, a la contradicción, a la defensa y a un proceso público, como lo consagra la Constitución.

Además de la nulidad de la orden de comparendo contra el joven Pedro Esteban Carrillo, también se ordenó la desanotación del Sistema de Información y del Registro Nacional de Medidas Correctivas.

Modificado por última vez en Lun, 17 de Jun de 2019