Acuerdo 978 de 2025. Artículo 15. Funciones de la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales. La Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la elaboración de las acciones constitucionales que sean solicitadas por los ciudadanos y ciudadanas en defensa de sus derechos, de conformidad con la normatividad vigente.
  1. Intervenir como agente oficioso en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, para la defensa del orden jurídico, el patrimonio público Distrital, o los derechos y garantías fundamentales de las personas que no estén en condiciones de promover su propia defensa, y en aquellos casos que cuenten con delegación especial por parte de la o el personero de Bogotá, D. C.
  1. Participar en los comités y audiencias de verificación de cumplimiento de sentencias judiciales de las acciones populares donde se designe a la Personería de Bogotá, D. C., como integrante.
  1. Articular con la Dirección de Orientación y Asistencia a las Personas y las personerías locales, actuaciones que permitan proteger de manera oportuna los derechos de los ciudadanos.
  1. Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados por el personero delegado para el relacionamiento con el ciudadano y los asuntos locales.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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