• No contempla estrategias de conectividad e integración con la región.
• La mezcla de usos en zonas residenciales genera un alto impacto negativo.
• Pese al déficit de espacio público, se establece que se pueden urbanizar espacios como orejas manzana y otras interconexiones viales.
Durante el Foro “Los Retos del POT”, la personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda, realizó varias observaciones al Plan de Ordenamiento Territorial presentado por la Alcaldía de Bogotá, que van desde el alto impacto que genera la mezcla de usos en las zonas residenciales de la ciudad, hasta la falta de estrategias reales para la conectividad e integración del Distrito con la región.

Para la jefe del Ministerio Público Distrital “preocupa que se incentive la proliferación de comercio de alto impacto en zonas residenciales, dado los usos complementarios que se proponen. Un ejemplo es el impacto negativo que ha generado el establecimiento de bares, discotecas, y expendios de bebidas alcohólicas en zonas residenciales, inquietud generalizada dentro de las comunidades residenciales”.

Requirió al Distrito indicar las medidas de mitigación que deberán implementar los establecimientos de alto impacto ya localizados dentro de la ciudad, en especial en zonas residenciales, pues a la fecha, éstos no cumplen con ninguna medida de atenuación.

Espacio público

En el subsistema vial del POT, se advierte la posibilidad de que las zonas viales proyectadas para la interconexión de la malla vial arterial, tipo oreja manzana, puedan ser áreas urbanizables, como sucede en la intersección de la Avenida Boyacá con la Avenida La Esperanza, donde se conformaron torres residenciales completamente rodeadas por vías, situación que genera un escenario de riesgo para la seguridad vial y afectaciones a la movilidad.

Por el contrario, teniendo en cuenta el déficit de espacio público que presenta la ciudad, sería importante que el Distrito evaluara la posibilidad de adquirir dichas zonas para el disfrute y bienestar de la ciudadanía en general, en cambio de buscar que se desarrollen en favor del beneficio particular.

Conectividad regional y peajes urbanos

En el apartado de transporte de carga y logística, preocupa que no se contemplen mediadas tendientes a disminuir la contaminación y congestión vial que generan los vehículos pesados en la ciudad. Tampoco se evidencian estrategias para aprovechar el corredor férreo del norte, en aras de mejorar la movilidad con los municipios vecinos.
Con la nueva propuesta se abre la puerta para la instalación de peajes urbanos y cobros por congestión sobre los corredores de acceso a la ciudad, situación que el Distrito debería aclarar en qué condiciones haría uso de esos mecanismos para evitar la multiplicidad de cobros que hoy en día tienen los bogotanos en material vial.

Transporte

Conocedores de la necesidad que tiene la ciudad en implementar el transporte multimodal, y observando la demora en la primera línea del metro, es importante que se dejen plazos para definir el marco de ruta que permita la materialización de la segunda línea que beneficiaría a las localidades de Engativá y Suba.

El Plan trae una propuesta ambiciosa para implementar 20 nuevas troncales de Transmilenio, extender 6 y conectar las troncales de la Calle 26 y la Avenida NQS. Teniendo en cuenta que en el año 2012 se inauguró la última troncal (Calle 26), la meta proyectada para los 12 años de vigencia del POT, genera un escenario de incertidumbre acerca de su materialización, motivo por el cual se considera pertinente revisar la priorización establecida.

La Administración debe definir la ubicación de los patios de Transmilenio en zonas no residenciales, con el fin de mejorar la operación del sistema y evitar los impactos negativos en materia ambiental y de movilidad que ha manifestado la comunidad.

Informalidad, cifras y fechas

La Personería hizo un llamado a la Administración Distrital para que revise las cifras de proyección de habitantes, toda vez que muchos de los proyectos de expansión urbana se fundamentan en datos que son objeto de discusión entre los expertos.

También genera inquietud que no exista un plazo determinado para la expedición de la reglamentación del POT, necesario para precisar las normas que regirán el desarrollo de la ciudad, preocupación que es mayor, si tenemos en cuenta que el cambio de la Administración Distrital al finalizar el año 2019, podría llegar a generar retrasos en la expedición de dichos documentos.

En este aspecto, se resalta la premura de publicar las fichas de determinantes de edificabilidad para cambio de patrón, toda vez que bajo éstas, se guiará la renovación y se preverá que las nuevas redensificaciones cumplan con los indicadores de calidad urbana (movilidad, espacios públicos, equipamientos, servicios, entre otros), factores que ya son críticos en varios sectores de la ciudad.

A pesar de los esfuerzos en materia de legalización de barrios, dentro del POT, no se evidencian estrategias que fortalezcan los mecanismos de prevención enfocados a que la ciudad no siga creciendo de manera informal.

La Personera sugirió la conformación de un comité integrado por los entes de control, gremios, universidades y representantes ciudadanos, que realice un seguimiento a la ejecución y cumplimiento de los proyectos incluidos en el Plan.

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Acuerdo 978 de 2025. Artículo 67. Personería Delegada para el Sector Hábitat. Son funciones de la Personería Delegada para el Sector Hábitat:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales frente a la planeación, gestión, control, vigilancia, ordenamiento y desarrollo de la ciudad, en los aspectos relacionados con el hábitat y los servicios públicos.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la elaboración de la política de gestión integral del hábitat y los sectores de su competencia en articulación con las secretarías de Planeación y de Ambiente, y de conformidad con el POT y el Plan de Desarrollo Distrital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la promoción y gestión de proyectos de renovación urbana, el mejoramiento integral de los asentamientos, los reasentamientos humanos en condiciones dignas, el mejoramiento de vivienda, la producción de vivienda nueva de interés social y la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control frente a las políticas de gestión del territorio urbano y rural, el desarrollo integral de los asentamientos, las actuaciones urbanas integrales, y el acceso a vivienda digna y a servicios públicos que realice la entidades y organismos que están a cargo del sector hábitat.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la gestión y ejecución que realice el sector hábitat a las operaciones estructurantes definidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y demás actuaciones urbanísticas.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación de la política y en el diseño de los instrumentos para la financiación del hábitat, en planes de renovación urbana, mejoramiento integral de los asentamientos, los subsidios a la demanda y la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control frente a las políticas de gestión del territorio urbano y rural, el desarrollo integral de los asentamientos, las actuaciones urbanas integrales, y el acceso a vivienda digna y a servicios públicos que realicen las entidades y organismos que están a cargo del sector hábitat dentro del ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación de la política y en el diseño de los instrumentos para la cofinanciación del hábitat, entre otros sectores y actores con el nivel nacional, las Alcaldías locales, los inversionistas privados, nacionales y extranjeros, las comunidades, las organizaciones no gubernamentales ONGs y las organizaciones populares de vivienda - OPVs, en planes de renovación urbana, mejoramiento integral de los asentamientos subnormales, producción de vivienda nueva de interés social y titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la coordinación de las intervenciones de las entidades adscritas y vinculadas en los planes de mejoramiento integral, de asentamientos, producción de vivienda de interés social y de renovación urbana.
  1. Ejercer la acción de prevención y control frente a las acciones que realiza el Sector Hábitat en la recolección, transporte, disposición final, reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos, limpieza de vías y áreas públicas, servicios funerarios distritales y servicio de alumbrado público, en el ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control de las actividades que realice el sector hábitat frente a la regulación, control y vigilancia de los servicios públicos domiciliarios y que se adelante conjuntamente con las entidades y organismos competentes.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en las gestiones orientadas a la desconcentración y descentralización de la gestión de planes de producción o mejoramiento del hábitat en cada jurisdicción, según las competencias asignadas a las alcaldías locales. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la promoción de programas y proyectos para el fortalecimiento del control social de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, evaluar los sistemas de atención a los usuarios y orientar las acciones para la mejor atención a las peticiones, quejas y reclamos.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la vigilancia e inspección frente a la enajenación y arriendo de viviendas para proteger a sus adquirentes.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la contribución que realice el sector hábitat en la elaboración y en la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial, en la articulación del Distrito Capital con el ámbito regional para la formulación de las políticas y planes de desarrollo conjunto, y en las políticas y planes de desarrollo urbano del Distrito Capital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación de la política de ecourbanismo y en la promoción y coordinación de su ejecución, con la Secretaría Distrital de Planeación y con la Secretaría Distrital de Ambiente.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la definición de la política de gestión estratégica del ciclo del agua, la cual incluye la oferta y demanda, así como el abastecimiento hídrico para la ciudad como bien público y derecho fundamental a la vida en coordinación con la Secretaría Distrital de Ambiente.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la promoción y desarrollo de los lineamientos ambientales determinados por el ordenamiento jurídico en lo relacionado con el uso del suelo.
  1. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos del sector hábitat.
  1. Realizar los estudios sectoriales y demás documentos del sector a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y estándares definidos por la normatividad vigente.
  1. Vigilar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, de los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios y demás organismos de control, cuando a ello hubiere lugar.
  1. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  1. Ejercer la acción de prevención y control en las funciones que presta el Sector Hábitat en el diseño de la política de subsidios y contribuciones en la prestación de los servicios públicos, con base en los recursos del Sistema General de Participaciones y otros recursos de financiación definidos en la Ley142 de 1994, sus reglamentaciones, demás normas concordantes y en el ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control frente a las actuaciones de mejoramiento de barrios, reasentamiento de hogares, titulación de predios, y la generación y mejoramiento de vivienda que realice el sector hábitat y qué esté dentro del ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control frente a los proyectos integrales para la revitalización urbana de Bogotá que realice el sector hábitat y que se encuentre dentro del ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en las actividades que realice el sector hábitat en la gestión del Saneamiento y Manejo de Vertimientos, dentro del ámbito de su competencia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en las actividades que realice el sector hábitat en la gestión del saneamiento y manejo de vertimientos, dentro del ámbito de su competencia.
  1. Ejercer seguimiento y control a las acciones que realice el Sector Hábitat cómo autoridad de policía especial en la promoción, prevención, mantenimiento, preservación o restauración del derecho a la vivienda digna, al patrimonio y al orden público en el Distrito Capital, teniendo en cuenta la normatividad vigente.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al sector central, descentralizado con sus entidades adscritas y vinculadas del distrito capital, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los deberes, funciones y misionalidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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