Funciones: Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 15. Funciones de la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales. La Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la elaboración de las acciones constitucionales que sean solicitadas por los ciudadanos y ciudadanas en defensa de sus derechos, de conformidad con la normatividad vigente.
  1. Intervenir como agente oficioso en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, para la defensa del orden jurídico, el patrimonio público Distrital, o los derechos y garantías fundamentales de las personas que no estén en condiciones de promover su propia defensa, y en aquellos casos que cuenten con delegación especial por parte de la o el personero de Bogotá, D. C.
  1. Participar en los comités y audiencias de verificación de cumplimiento de sentencias judiciales de las acciones populares donde se designe a la Personería de Bogotá, D. C., como integrante.
  1. Articular con la Dirección de Orientación y Asistencia a las Personas y las personerías locales, actuaciones que permitan proteger de manera oportuna los derechos de los ciudadanos.
  1. Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados por el personero delegado para el relacionamiento con el ciudadano y los asuntos locales.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.