Funciones: Secretaría General

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 81. Funciones de la Secretaría General. La Secretaría General dependerá del personero (a) y tendrá las siguientes funciones.

  1. Dirigir, orientar y controlar la formulación e implementación de las políticas y estrategias de gestión del talento humano al servicio de la entidad, asegurando su alineación con el marco normativo aplicable y las directrices institucionales.
  1. Dirigir, proponer y supervisar el diseño, ejecución y control de las políticas y acciones relacionadas con la gestión administrativa y financiera de la entidad, garantizando el cumplimiento de los lineamientos establecidos por las autoridades competentes y las normas de administración pública.
  1. Dirigir, orientar y hacer seguimiento, al desarrollo de las políticas y acciones en materia de contratación pública, conforme al régimen jurídico aplicable y los principios de transparencia, eficiencia y eficacia.
  1. Organizar, coordinar y supervisar en articulación con la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Usuario y Asuntos Locales, el sistema de gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) vinculadas a las funciones de la entidad, con el fin de que se dé respuesta oportuna y adecuada de conformidad con el marco normativo vigente.
  1. Impartir lineamientos y supervisar la ejecución de los procesos relacionados con la vinculación, pago de subsidios y expedición de certificaciones para judicantes, en estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias.
  1. Ejercer la ordenación del gasto y celebrar contratos de prestación de servicios cuando le sea delegada esta función por el personero de Bogotá, garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de publicidad, responsabilidad, transparencia, economía y celeridad.
  1. Gerenciar los proyectos de inversión asignados por el personero de Bogotá, asegurando su ejecución conforme a los lineamientos técnicos, normativos y presupuestales establecidos.
  1. Participar activamente en los comités institucionales para los cuales ha sido delegado, desempeñando sus funciones con sujeción a las competencias asignadas y a los procedimientos internos de la entidad.
  1. Establecer directrices para el adecuado funcionamiento de la ventanilla anticorrupción, garantizando su operatividad conforme a la normativa vigente y los lineamientos de la entidad.
  1. Coordinar y supervisar la custodia, archivo y conservación de los actos administrativos emitidos por el despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., en concordancia con los procedimientos institucionales de gestión documental.
  1. Fijar las pautas para la asignación, distribución y seguimiento de la correspondencia del despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., conforme a las competencias de cada área y a los procedimientos administrativos de la entidad.
  1. Emitir lineamientos y supervisar la elaboración y presentación de informes dirigidos al Concejo de Bogotá, D. C. y a los entes de control, garantizando su contenido, oportunidad y pertinencia de acuerdo con los parámetros legales e institucionales vigentes.
  1. Apoyar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas relacionados con los procesos de apoyo de la Entidad, con el fin de optimizar la gestión interna y contribuir al logro de los objetivos estratégicos de la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.