Acuerdo 978 de 2025. Artículo 81. Funciones de la Secretaría General. La Secretaría General dependerá del personero (a) y tendrá las siguientes funciones.
- Dirigir, orientar y controlar la formulación e implementación de las políticas y estrategias de gestión del talento humano al servicio de la entidad, asegurando su alineación con el marco normativo aplicable y las directrices institucionales.
- Dirigir, proponer y supervisar el diseño, ejecución y control de las políticas y acciones relacionadas con la gestión administrativa y financiera de la entidad, garantizando el cumplimiento de los lineamientos establecidos por las autoridades competentes y las normas de administración pública.
- Dirigir, orientar y hacer seguimiento, al desarrollo de las políticas y acciones en materia de contratación pública, conforme al régimen jurídico aplicable y los principios de transparencia, eficiencia y eficacia.
- Organizar, coordinar y supervisar en articulación con la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Usuario y Asuntos Locales, el sistema de gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) vinculadas a las funciones de la entidad, con el fin de que se dé respuesta oportuna y adecuada de conformidad con el marco normativo vigente.
- Impartir lineamientos y supervisar la ejecución de los procesos relacionados con la vinculación, pago de subsidios y expedición de certificaciones para judicantes, en estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias.
- Ejercer la ordenación del gasto y celebrar contratos de prestación de servicios cuando le sea delegada esta función por el personero de Bogotá, garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de publicidad, responsabilidad, transparencia, economía y celeridad.
- Gerenciar los proyectos de inversión asignados por el personero de Bogotá, asegurando su ejecución conforme a los lineamientos técnicos, normativos y presupuestales establecidos.
- Participar activamente en los comités institucionales para los cuales ha sido delegado, desempeñando sus funciones con sujeción a las competencias asignadas y a los procedimientos internos de la entidad.
- Establecer directrices para el adecuado funcionamiento de la ventanilla anticorrupción, garantizando su operatividad conforme a la normativa vigente y los lineamientos de la entidad.
- Coordinar y supervisar la custodia, archivo y conservación de los actos administrativos emitidos por el despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., en concordancia con los procedimientos institucionales de gestión documental.
- Fijar las pautas para la asignación, distribución y seguimiento de la correspondencia del despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., conforme a las competencias de cada área y a los procedimientos administrativos de la entidad.
- Emitir lineamientos y supervisar la elaboración y presentación de informes dirigidos al Concejo de Bogotá, D. C. y a los entes de control, garantizando su contenido, oportunidad y pertinencia de acuerdo con los parámetros legales e institucionales vigentes.
- Apoyar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas relacionados con los procesos de apoyo de la Entidad, con el fin de optimizar la gestión interna y contribuir al logro de los objetivos estratégicos de la Personería de Bogotá, D. C.
- Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.