Acuerdo 978 de 2025. Artículo 31. Funciones de la Personería Delegada para la Misionalidad del Ministerio Público y la Función Pública. La Personería Delegada para la Misionalidad del Ministerio Público y la Función Pública, tendrá a cargo las siguientes funciones:
- Asesorar y asistir al (a la) personero(a) auxiliar en la formulación, aprobación, adopción, implementación y cumplimiento de las políticas relacionadas con el Ministerio Público y la defensa de los derechos humanos, prevención y control a la función pública.
- Dirigir la formulación de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos necesarios para el ejercicio propio de las competencias de las dependencias a cargo de la Personería Auxiliar.
- Dirigir, orientar y controlar el cumplimiento y seguimiento de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos establecidos para el ejercicio propio de las competencias de las delegadas a cargo de la Personería Auxiliar.
- Dirigir y orientar las acciones de promoción de los derechos humanos cuando sea de competencia de las dependencias a cargo de la Personería Auxiliar.
- Orientar y dar asistencia técnica y jurídica a la formulación de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos necesarios para el ejercicio de las actividades relacionadas con el proceso de prevención y control a la función pública, de acuerdo con los lineamientos de la Personería Auxiliar.
- Proponer y concertar mesas de trabajo interinstitucionales cuando del ejercicio de la acción de prevención y control a la función pública se desprenda su necesidad, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices de la Personería Auxiliar.
- Articular con las Personerías Delegadas que ejercen función de Ministerio Público y control a la Función Pública, los procedimientos y acciones institucionales para garantizar el cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de la entidad, en coordinación con las demás dependencias.
- Dirigir y orientar el traslado de los hallazgos sobre hechos constitutivos de posibles conductas que ameriten procesos disciplinarios, fiscales o penales, a las autoridades competentes, cuando sea procedente y de conformidad con los lineamientos realizados por la Personería Auxiliar.
- Dirigir la elaboración y revisión de los informes sobre el ejercicio de la acción de prevención y el control a la función pública para firma de la Personería Auxiliar, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales.
- Proponer y concertar mesas de trabajo con las delegadas y/o dependencias responsables de los procesos misionales, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los lineamientos establecidos por la Personería Auxiliar.
- Proponer las diferentes herramientas institucionales para armonizar y articular, con las funciones de Ministerio Público y derechos humanos y prevención y control a la función pública, para facilitar la prestación del servicio y la toma de decisiones por parte de la Personería Auxiliar.
- Promover y facilitar la implementación de las diferentes estrategias institucionales para promover el relacionamiento con el ciudadano dentro de las dependencias misionales de la Personería de Bogotá.
- Dirigir y orientar la revisión y análisis a las diferentes políticas, planes, programas y proyectos en materia de Ministerio Público, Defensa y Protección de los Derechos Humanos y de prevención y control a la función pública, articulando los diferentes indicadores, metas, riesgos y demás instrumentos que contribuyan a la gestión efectiva del quehacer misional de la Personería de Bogotá y de conformidad con los lineamientos de la Personería Auxiliar.
- Las demás fijadas que le sean asignadas por ley, acuerdo o reglamento.