Acuerdo 978 de 2025. Artículo 40. Funciones de la Dirección de Planeación: La Dirección de Planeación dependerá del despacho del personero(a) y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la formulación, adopción y ejecución de la plataforma estratégica, táctica y operativa de la entidad, a través de la presentación de los planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión institucional.
  1. Realizar seguimiento y monitoreo a la ejecución de los planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de la Personería de Bogotá, de conformidad con los lineamientos y directrices institucionales.
  1. Elaborar y presentar los informes de avance de los planes, programas y proyectos institucionales ante las instancias pertinentes, de acuerdo con el ámbito de su competencia. 
  1. Dirigir la elaboración y presentación de los informes de gestión y de rendición de cuentas a cargo del despacho del (de la) personero(a) de Bogotá, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir y orientar la administración y promoción del desarrollo, implementación y sostenibilidad del modelo de planeación y/o sistemas de gestión, adoptado(s) por la Personería de Bogotá, D. C., de acuerdo con la normatividad vigente. 
  1. Liderar la implementación y sostenibilidad de la cultura de la calidad en la entidad, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir y hacer seguimiento a la administración de la organización y operación del banco de proyectos de la entidad y la inscripción de los proyectos de inversión ante la Secretaría Distrital de Planeación, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir la formulación, elaboración, registro, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión, de acuerdo con los lineamientos y directrices establecidas.
  1. Orientar la articulación y alineación con la Dirección Administrativa y Financiera en la formulación del anteproyecto anual de presupuesto de inversión, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir la consolidación del programa de transparencia y ética pública de la entidad y facilitar su elaboración y seguimiento por parte de las dependencias responsables, con criterios de calidad, veracidad y oportunidad.
  1. Ejercer la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño Institucional. 
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos
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