Acuerdo 978 de 2025. Artículo 63. Funciones de la Personería Delegada para el Sector Planeación. La Personería Delegada para el Sector Planeación, tendrá a cargo las siguientes funciones:
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con el desarrollo territorial, económico, social y cultural, garantizando el equilibrio ambiental del Distrito Capital.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control de las acciones que realice el sector planeación en la elaboración, ejecución, y seguimiento del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de los planes de Desarrollo Local.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control que adelante el sector planeación en la elaboración reglamentación, ejecución y evaluación del plan de ordenamiento territorial.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en el desarrollo de las funciones de regulación del uso del suelo que realice el sector planeación, de conformidad con la normativa que expida el Concejo Distrital y en concordancia con la normatividad nacional.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la recopilación, provisión y consolidación de la información, las estadísticas, los modelos y os indicadores económicos, sociales, culturales, ambientales, territoriales de productividad y de competitividad, para la toma de decisiones de la administración distrital y que permita la promoción nacional e internacional del Distrito Capital.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la asesoría que del sector planeación a la administración distrital en la formulación de planes y en proposición de criterios de priorización de recursos para la asignación del gasto público a las localidades.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la articulación del Distrito Capital con ámbito regional para la formulación de políticas y planes conjuntos, procurando un equilibrio entre los aspectos económicos, sociales y de medio ambiente inherentes a la región, en coordinación con la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación, ejecución y seguimiento de operaciones estratégicas de la ciudad.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con ciencia, tecnología e innovación del Distrito Capital, en coordinación, con las secretarías distritales de Desarrollo Económico y Educación.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación y orientación de las políticas públicas en equidad e igualdad de oportunidades para los habitantes del Distrito Capital, en especial para las mujeres y las poblaciones que han sido discriminadas por razón de edad, etnia, género, discapacidad visual, auditiva o motora, en coordinación con las entidades distritales competentes y las organizaciones que representan a dichas poblaciones en el Distrito Capital.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en las acciones que adelante el sector planeación frente a la cooperación nacional e internacional que gestionen los organismos del Distrito Capital y que realice conjuntamente con la Oficina Consejería de Relaciones Internacionales de la Alcaldía Mayor de Bogotá o quien haga sus veces.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en la formulación, orientación y coordinación del diseño e implementación de los instrumentos de focalización para la asignación de servicios sociales básicos y para la administración del SISBEN.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control en el conocimiento, trámite y decisión del recurso de apelación de las decisiones que profieran los inspectores y corregidores distritales de policía, respecto de los comportamientos contrarios a la convivencia en los asuntos previstos en el literal “O” del artículo 73 del Acuerdo Distrital 257 de 2006.
- Ejercer las funciones en materia de Ministerio Público ante las Curadurías Urbanas del Distrito Capital.
- Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos del sector planeación.
- Realizar los estudios sectoriales y demás documentos del sector a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y estándares definidos por la normatividad vigente.
- Vigilar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, de los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios y demás organismos de control, cuando a ello hubiere lugar.
- Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
- Ejercer el seguimiento al conocimiento y trámite del recurso de apelación que realice el sector administrativo frente a las decisiones que profieran los Inspectores y Corregidores Distritales de Policía, de acuerdo con el ámbito de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
- Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al sector central, descentralizado con sus entidades adscritas y vinculadas del distrito capital, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los deberes, funciones y misionalidad.
- Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.