• El ente de control distrital abrió investigación disciplinaria contra la funcionaria por presuntas irregularidades en la atención a la población adulta mayor en Bogotá.
• La suspensión provisional es de 3 meses sin derecho a remuneración.
• Personería de Bogotá, guardiana de los derechos, hace enérgico llamado a la administración distrital por fallas en la atención a la población adulta mayor en la ciudad.
Bogotá D.C., 25 junio de 2022
La Personería de Bogotá abrió investigación disciplinaria y suspendió provisionalmente por 3 meses a la Subdirectora para la Vejez, de la Secretaría Distrital de Integración Social, Sonia Gisselle Tovar Jiménez, por haber incurrido en conductas que podrían constituir falta gravísima en el ejercicio de sus funciones.
Esta actuación surge con ocasión de una veeduría que realizó la Personería delegada para la Coordinación de Prevención y Control a la Función Pública, sobre la planeación en la contratación y ejecución del Proyecto de Inversión 7770 “Compromiso con el Envejecimiento Activo y una Bogotá Cuidadora e Incluyente”, con el cual se atiende a la población adulta mayor en condición de vulnerabilidad por permanencia o riesgo de habitabilidad en calle.
Según dicho informe, la investigada habría ejercido una inadecuada planeación de los procesos contractuales dirigidos por la Secretaría Distrital de Integración Social en la atención de esta población en la ciudad.
Esta presunta omisión habría generado el cese de operación de 6 de las 7 unidades de la modalidad Cuidado Transitorio Día – Noche, y como consecuencia de ello, la reubicación de los beneficiarios de este programa entre 3 unidades a cargo de la Subdirección para la Adultez, en las que se brindan modalidades de atención de “Servicio para la Dignificación y Resignificación del Fenómeno de Habitabilidad en Calle”.
“El primer servicio está exclusivamente orientado a la atención de personas mayores de 60 años, con estrategias de atención diferencial específicamente orientadas para este momento del curso de vida; el segundo, tiene una oferta orientación atención de las necesidades de las y los ciudadanos de 29 años o más habitantes de calle y en riesgo de estarlo”, señala el auto de la Personería de Bogotá.
Para el Ministerio Público Distrital, al parecer, los servicios presentan una diferencia sustantiva y se cuestiona la razón por la cual la Secretaría de Integración Social decidió combinarlos.
“La reubicación de la población adulta mayor en los centros destinados para la atención de personas mayores de 29 años habitantes de calle o en riesgo de serlo, disminuye los cupos ofertados, en tanto se entiende que se ha priorizado la recepción de personas mayores de 60 años, quienes deberían ser destinatarias de los programas de vejez”, anota el informe de veeduría con base en el cual se dio apertura a la investigación disciplinaria.
La Personería de Bogotá reitera el llamado a la Administración Distrital para que cumpla con el compromiso de dar un cuidado integral y de calidad a los adultos mayores sujetos de especial protección constitucional quienes en sus últimos años de vida solo cuentan con la atención que se les brinda en los programas sociales de Bogotá.