- Cerca de 90 establecimientos de comercio de alto impacto vulneran los derechos colectivos a un ambiente sano, espacio público, seguridad y salubridad.
- Bares, tabernas, discotecas y clubes generan riñas, venta de estupefacientes y licor adulterado, ruido, inseguridad e invasión de espacio público. Vecinos denuncian funcionamiento de casas de lenocinio con fachada de masajes y spa.
- La Alcaldía de Fontibón deberá adoptar decisiones definitivas contra los establecimientos que infrinjan las normas sobre uso del suelo residencial.
- Secretarías de Movilidad y Ambiente, y Policía, deberán recuperar espacio público invadido por vehículos y ventas informales, así como sancionar el exceso de ruido.
Bogotá, 23 de septiembre de 2024. Una acción popular que presentó la Personería de Bogotá logró que el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito declarara que se están vulnerando los derechos colectivos a gozar de un ambiente sano, espacio público, seguridad y salubridad de los habitantes de la zona residencial del barrio Modelia, en la localidad de Fontibón.
La sentencia de primera instancia establece que la Alcaldía local de Fontibón, las secretarías de Movilidad y Ambiente, la Policía y cerca de 90 establecimientos de comercio de alto impacto (discotecas, bares, tabernas, clubes sociales y otros) son responsables de la transgresión a los derechos colectivos de quienes viven en el sector de Modelia.
La decisión judicial ordena a la Alcaldía local, en un plazo no mayor a tres meses, adoptar decisiones definitivas contra los inmuebles que infrinjan las normas sobre uso del suelo, entre las carreras 75 y 80, y entre la avenida La Esperanza y la calle 24D. Para este fin, deberá actualizar el inventario de los procesos que tramite por vulneración a la integridad urbanística, al espacio público y al uso del suelo.
Como consecuencia de los negocios de alto impacto, los residentes del lugar deben soportar, día y noche, exceso de ruido, riñas, ocupación del espacio público, vehículos parqueados frente a sus casas, venta de estupefacientes y licor adulterado, prostitución e insalubridad.
En el barrio Modelia -acorde con las normas-, el uso del suelo está permitido para vivienda unifamiliar, bifamiliar y multifamiliar; y, de manera complementaria, para el comercio vecinal y local, es decir, actividades económicas limitadas y equipamientos de cultura, educación y bienestar social. No pueden funcionar negocios de alto impacto.
La acción popular considera, además, que existe una vulneración de las normas de edificabilidad para la zona -con la construcción de un mayor número de pisos a los permitidos-, así como la invasión del espacio público a través de la construcción de antejardines que extienden el área comercial a los andenes (por medio de camellones, materas y toldos). También denuncia la posible existencia de centros de masajes y spa como casas de lenocinio.
Otras órdenes del fallo
La sentencia le ordena a la Alcaldía local solicitar a la Policía Metropolitana la puesta en marcha de operaciones conjuntas encaminadas a recuperar el espacio público invadido.
La Secretaría de Ambiente, por su parte, deberá controlar las fuentes de contaminación auditiva en el sector, e imponer sanciones a quienes incumplan los límites de emisión de ruido. Así mismo, realizar controles sistemáticos y aleatorios a los establecimientos de comercio de la zona.
La Secretaría de Movilidad (con tránsito de la Policía), en particular, está obligada a realizar, periódicamente, operativos de control a vehículos mal estacionados, en especial los viernes o sábados, en horario nocturno.
Finalmente, la sentencia ordena conformar un Comité de Seguimiento y Verificación -presidido por el juzgado administrativo- en el que participen el alcalde de Fontibón, el inspector de Policía, los secretarios de Ambiente y Movilidad, un delegado de la Personería y de la Procuraduría, el comandante de Policía de la zona y el representante legal de la Junta de Acción Comunal -JAC- del barrio Modelia.