Bogotá, D. C., 15 de julio de 2025. La Personería de Bogotá, en su ejercicio de prevención y control a la función pública, ha hecho seguimiento a la inmovilización de vehículos de servicio público, tipo taxi, por el sello y la vigencia de la tarjeta de control, situación que ha generado tensiones entre los agentes civiles de tránsito ‘azules’ y el gremio de taxistas.
La Secretaría Distrital de Movilidad -tras la intervención de la Personería- se comprometió a estudiar la aplicación del decreto 1079 de 2015, y, mientras se revisa el procedimiento legal para su adecuada implementación, la entidad determinó que los agentes civiles de tránsito deberán dar estricto cumplimiento a la Circular externa del 29 de diciembre de 2023 -emitida por el Ministerio de Transporte-, la cual establece que no se puede inmovilizar un taxi por la vigencia de su tarjeta de control ni por la falta del sello en ella.
En el evento que el vehículo lleve pasajero, y no porte la tarjeta de control, deberá aplicarse la infracción contemplada en el artículo 131, literal b 15, de la Ley 769 de 2002.
No obstante, la directriz impartida no implica que se dejen de realizar actividades de control por parte de los agentes de tránsito frente a otra clase de infracciones de los vehículos de servicio público tipo taxi.
La Personería Distrital ha evidenciado casos concretos en los cuales se han seguido imponiendo comparendos e inmovilizando vehículos por dicha causal, por lo cual se trasladaron, al área disciplinaria, dos casos en los que agentes civiles de tránsito impusieron comparendos sin soporte legal, contrariando la circular indicada.
La Personería de Bogotá hará seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos y la correcta aplicación de la directriz y las normas sobre este aspecto.