Desocupado Recinto Ferial para reubicar vendedores informales del 20 de Julio

  • Sólo el 5,39% de 622 espacios disponible, algunos por empresas formales.
  • Distrito incumplen reubicación ordenada por Consejo de Estado.
  • A octubre de 2015, el IPES registró 3.815 vendedores; dentro de ellos, la Personería encontró personas no vulnerables, fallecidas y propietarios de industrias, entre otros.
  • El arrendatario del Recinto debe por concepto de arriendo $25.700.000.

La Personería de Bogotá encontró que mientras el sector del 20 de Julio, al sur oriente de la ciudad, está invadido por los vendedores informales, el Recinto Ferial construido por el Distrito para reubicarlos, tiene una ocupación de sólo 5,39%. Dentro del escaso nivel de ocupación se evidenció que allí opera un par de firmas formales como una agencia de viajes y una escuela de conducción. El Distrito invirtió en el Recinto Ferial $6.362 millones para reubicarlos, a precios de 2013.

De acuerdo con el Organismo de Control hay un incumplimiento por parte de la Alcaldía Local de San Cristóbal, del fallo de 2003 del Consejo de Estado, que obliga a la recuperación del espacio público en el sector del barrio 20 de Julio. El área a recuperar comprende desde la Carrera 3ª hasta la Carrera 10ª y desde la Calle 22 Sur hasta la Calle 27 Sur.

La Personería encontró que el Instituto para la Economía Social (IPES), entregó en administración del Recinto a un representante de una asociación de vendedores, quien de un lado hace parte de la población beneficiada y de otro suscribe contrato de arrendamiento con el IPES para dicha administración, al parecer decide tanto la ubicación de los espacios, como las personas que pueden entrar a trabajar.

Censo

El IPES, durante el 2013 censó a 1.099 vendedores que debían ser reubicados en espacios acondicionados para poder salir de la calle. No obstante, la Alcaldía Mayor en octubre de 2015, emitió la resolución 422, que aumentaba el número de beneficiarios a 3815 vendedores. Sin embargo, se encontró que en ese aumento significativo se incluyó población no vulnerable como asociaciones de vendedores que no son informales, menores de edad y propietarios de industrias y viviendas afiliados al régimen contributivo.

Eso no es todo, la Personería hizo un estudio aleatorio del 10% con los documentos de identidad, para corroborar que efectivamente esas personas se encuentran en condición de vulnerabilidad. El resultado arrojó que de 382 personas, 153 personas pertenecen al régimen subsidiado, 152 personas pertenecen al régimen contributivo, 51 no aparecen con registro, 10 superan el puntaje del SISBÉN y las 16 personas restantes aparecen como fallecidas.

Desocupado

El 1 de diciembre de 2015, el IPES entregó mediante contrato de arrendamiento el Recinto Ferial al Presidente del Comité de Vendedores del 20 de Julio (Coopnalven), para la reubicación de los vendedores del sector del 20 de Julio, que cuenta con 500 módulos, 42 locales, 20 cocinas y 60 nichos.

En visita al lugar, la Personería encontró una ocupación de tan sólo 40 espacios; es decir el 5,39%. El resto de espacios se encontraban vacíos y algunos locales están ocupados por empresas prestadoras de servicios, que no deberían estar operando en este recinto; pues su uso es exclusivo para la reubicación de la población beneficiada por el fallo.

No pagan

No solo se percibió que el Recinto ferial está siendo utilizado a conveniencia, rentándolo a algunas personas que no son vendedores informales del sector. También la Personería evidenció que existe un incumplimiento de 5 meses en el pago del canon de arrendamiento por parte del contratista, el cual asciende a $25.700.000, a junio de 2016.

El IPES como entidad responsable de la reubicación de los vendedores y la administración de los respectivos espacios, no ha tomado las acciones para terminar el contrato, como lo indica la cláusula que al retraso de 3 meses, el arrendador puede terminar el contrato unilateralmente.

Actualmente los vendedores permanecen en la calle y cada día aumenta la población informal en ese sector de la ciudad, mientras que continúa el incumplimiento del fallo que obliga a la recuperación del espacio público.

Modificado por última vez en Jue, 20 de Jun de 2019