15 de Marzo, Día Mundial de los Derechos del Consumidor

El 15 de marzo de 1963, el presidente de EE.UU., John F. Kennedy, pronunció un discurso ante el Congreso de ese país en el que se refirió a los derechos de los consumidores. El Día Mundial de los Derechos del Consumidor fue celebrado por primera vez el 15 de marzo de 1983, y desde entonces ha sido una ocasión importante para la movilización de la ciudadanía por sus derechos.

El Día Mundial de los Derechos del Consumidor, es una ocasión anual de celebración para el movimiento de consumidores a nivel mundial. Es una jornada para promover los derechos fundamentales de todos los consumidores, para exigir que sus derechos sean respetados y protegidos, y para protestar contra los abusos del mercado y las injusticias sociales que los socavan.

La Personería de Bogotá, a través de la Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor, ejerce entre otras, la función de “salvaguardar el cumplimiento de la Constitución, las Leyes, los Acuerdos y las Sentencias Judiciales en materia de protección a consumidores y usuarios” tal como está contemplado en el numeral 1 del artículo 31, del Acuerdo Distrital 514 de 2012, expedido por el Concejo de Bogotá.

Por otra parte, la ley 1480 de 2011 contiene el ESTATUTO DEL CONSUMIDOR y señala un catálogo de derechos reconocidos a todas las personas que concurren al mercado en general, en busca de los bienes y servicios con los cuales provee a la satisfacción de sus necesidades.

Por lo anterior, la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor, asiste de manera gratuita a los ciudadanos en la reclamación directa ante el productor y/o proveedor de los bienes y servicios, según lo establecido en el numeral 5 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 “Estatuto del Consumidor”. Si la respuesta es negativa, o si la atención, la reparación, o la prestación realizada a título de efectividad de la garantía no son satisfactorias, la Delegada del Consumidor, orienta a los ciudadanos para iniciar la Acción de Protección ante el juez competente o la Superintendencia.

Así mismo la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los derechos Colectivos y del Consumidor, en cumplimiento del numeral 7 del artículo 31 del Acuerdo 514 de 2012, expedido por el Concejo de Bogotá, difunde, informa y capacita, respecto de las normas de protección al consumidor y en materia de consumo, a los funcionarios de la Personería, a los funcionarios distritales con competencias en esa materia y a los ciudadanos en general.