Sancionados exalcalde de Kennedy y exrector

  • El exmandatario Local fue inhabilitado por doce años.
  • Utilizó la figura del convenio de asociación para eludir un concurso público.
  • De otro lado, exrector de Colegio Piloto y auxiliar financiero fueron suspendidos.
  • Se encontraron irregularidades en 18 contratos de menor cuantía y solicitud ilegal de dinero a los padres de familia.

La Personería de Bogotá destituyó e inhabilitó por 12 años a Luis Fernando Escobar Franco, exalcalde Local de Kennedy y suspendió por 6 y 3 meses, a Héctor Julio Cortes Hernández y Oscar Ramiro Mejía Montenegro, quienes se desempeñaron como Rector y Auxiliar Administrativo del Instituto Técnico Industrial Piloto, respectivamente, por irregularidades en contratación.

Los dos fallos son en primera instancia, de confirmarse la destitución genera una inhabilidad inmediata para desempeñar cualquier cargo público, mientras que la suspensión, se convertirá en multa, si los servidores públicos en ese momento son exfuncionarios.

Kennedy

Escobar Franco suscribió un convenio de asociación con la Corporación Movimiento por la Vida por más de $2.600 millones, para el suministro de refrigerios escolares, durante 181 días del calendario escolar. La Alcaldía aportó $2.389 millones y el contratista sólo $238.9 millones.

Según la investigación, la figura del convenio de asociación fue utilizada para eludir un concurso público y la selección objetiva de un contratista, pues la Alcaldía estaba contratando un servicio, no asociándose para apoyar labor de un particular.

Con el convenio se eludió la selección objetiva y el principio de transparencia en la contratación, teniendo en cuenta que se debió realizar una convocatoria pública. Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación.

Colegio Distrital Piloto

Al rector del Instituto Técnico Industrial Piloto, Héctor Julio Cortes Hernández y el Auxiliar Administrativo con funciones financieras, Oscar Ramiro Mejía Montenegro los cuestionan por irregularidades en contratación y solicitud de dinero a los padres de familia para actividades propias del colegio.

En concreto, al Rector se le sanciona por la suscripción de 18 contratos, muchos de ellos, con una sola cotización, incluso sin esta o sin ofertas de los servicios o bienes a contratar. Se determinó que en todas las ocasiones se iniciaban los procesos contractuales con memorandos del Rector al Auxiliar Administrativo, en los que nunca se especificaban los bienes o productos a adquirir. Las solicitudes las realizaba por los valores exactos a contratar. Los memorando tienen la misma fecha de suscripción del contrato y de los certificados de disponibilidad y de registro presupuestal, situaciones que demuestran una violación a los principios de trasparencia y responsabilidad.

Al Auxiliar Administrativo y al Rector se sanciona por realizar pagos de unas salidas pedagógicas sin disponibilidad, registro ni contrato. En total le giraron al contratista más de $14 millones, a través de dos cheques del Colegio.

El contrato, sin ningún requisito legal, fue para trasladar a los alumnos o estudiantes del Colegio al municipio de la Vega, Cundinamarca, a la finca Los Naranjos para realizar unas actividades de carácter educativo.

Para completar, el colegio únicamente cubrió un saldo de $2.400.000, porque $11 millones salieron del bolsillo de los padres de familia, cuando está prohibido pedir dinero de los padres de familias. Los recursos entraron al Fondo de Servicios Educativos del Instituto Técnico Industrial Piloto y salieron sin ningún soporte legal.

Contra la sanción de primera instancia, procede el recurso de apelación.

Modificado por última vez en Jue, 20 de Jun de 2019