Exonerado alcalde Local de Santa Fe

  • Estaba siendo investigado por presuntas irregularidades en la contratación del arreglo de la malla vial de esta localidad
  • No se probó el cargo único en su contra.

La Personería de Bogotá, en primera instancia, exoneró de responsabilidad disciplinaria a Gustavo Alonso Niño Furnieles, alcalde local de Santa Fe, al no comprobarse las presuntas irregularidades en la contratación del arreglo de la malla vial del sector.

Al mandatario local se le acusaba de no suspender, en su momento, el proceso de licitación pública realizado entre el Fondo de Desarrollo Local e impugnar el Registro Único de Proponentes (RUP) ante la Cámara de Comercio de Bogotá, por cuanto se presentaban inconsistencias en las certificaciones de experiencia del proponente Consorcio Vial SF 2016.

De acuerdo con la investigación, el documento cuestionado no era el RUP, sino una certificación de experiencia que fue suministrada por la firma para que la Cámara de Comercio realizara el registro del proponente.

De esa forma, a través de la impugnación del RUP, la Cámara de Comercio no habría podido verificar las presuntas incoherencias del mismo y resolver la duda de la procedencia del documento, pues esto es competencia de las autoridades judiciales.

Según la decisión de primera instancia, la documentación aportada por el proponente ante la Cámara de Comercio se presume bajo los principios de legalidad y buena fe.

El fallo indica: “…El investigado debió seguir adelante con el proceso licitatorio hasta su adjudicación como en efecto lo hizo, motivo por el cual se procede a exonerarlo de los cargos atribuidos…”

El apoderado del investigado no interpuso ningún tipo de recurso contra la decisión de primera instancia.

Modificado por última vez en Mar, 18 de Jun de 2019