Absuelto Gerente de Canal Capital

  • Contrato de prestación de servicios para dirigir el sistema informativo no superó los topes máximos establecidos por pago de honorarios.
  • Fue revocado fallo de primera instancia.

La Personería de Bogotá, en segunda instancia, absolvió de responsabilidad disciplinaria al Gerente de Canal Capital, Darío Montenegro Trujillo, al comprobarse que en el contrato de prestación de servicios para dirigir el sistema informativo no se excedió los topes máximos establecidos en las normas.

En la decisión, la personera Distrital, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, revocó el fallo de primera instancia en el que había sido sancionado el servidor público, al tratarse de un contrato de prestación de servicios altamente calificados y de alta complejidad.

De acuerdo con las averiguaciones el contrato fue pactado por $30 millones de honorarios mensuales. En primera instancia a ese monto le sumaron el IVA del contrato y concluyeron que había superado el límite máximo de contratos altamente calificados.

No obstante, el IVA técnica y jurídicamente no hace parte de los honorarios, según Decreto 1737 de 1998, y así lo señalan los conceptos de la Dian y el Consejo de Estado. En otras palabras, el pago de honorarios estaba por debajo del límite establecido en las normas, en $3.44 millones para 2016, y aún menos para 2017, año durante el cual no se realizó incremento el valor del contrato de prestación de servicios.

Por todo lo anterior, Montenegro Trujillo fue absuelto de todo cargo y responsabilidad disciplinaria, en la medida que el contrato no excedió el monto mensual promedio de $33.4 millones devengado por el gerente de Canal Capital, incluidos los factores prestacionales y las contribuciones inherentes a la nómina, con seguridad social y parafiscales.

Modificado por última vez en Mar, 18 de Jun de 2019