EPS dejó de atender a niño con cáncer porque padre quedó sin trabajo

• El progenitor del menor había quedado cesante durante la pandemia, por lo que Famisanar lo sacó del sistema y le suspendió el tratamiento.
• Duró más de tres meses sin atención en salud.
• Famisanar no agotó la posibilidad de atenderlo con la ayuda al cesante que debe dar las cajas de compensación o el paso al régimen subsidiado de salud.
• Tampoco tuvo en cuenta el delicado estado del menor.
• La tutela de la Personería permitió que el juzgado ordenara atenderlo en forma inmediata con los recursos de la caja de compensación.

El Juzgado 23 Penal de Bogotá falló una tutela elaborada por la Personería de Bogotá ordenando restablecer los derechos a la salud, vida digna y seguridad social del niño de 5 años, Heider Samuel Peñaloza Triviño quien padece leucemia linfoblástica aguda, vulnerados por la EPS Famisanar, quien le suspendió el tratamiento y el suministro de medicamentos, exponiéndolo a un inminente riesgo de muerte, porque el padre del niño quedó sin trabajo.

Tras la emergencia declarada por Covid-19, el papá del menor quedó desvinculado laboralmente, lo que conllevó a que la EPS retirar le cobertura médica de servicio desde abril. Además, negó el trámite de traspaso del niño al régimen subsidiado de salud, pese a que la IPS Colsubsidio indicó que los recursos para la atención integral estaban garantizados bajo el auxilio de “protección al progenitor cesante”.

De acuerdo a la sentencia impartida, se ordenó a Famisanar autorizar los medicamentos y valoración médica oncológica, en virtud a la urgencia de atender la grave patología que sobrelleva el niño.

También ordenó a los padres del niño, radicar ante la EPS la carta de ayuda al cesante entregada por la Caja de Compensación Colsubsidio para que Famisanar proceda de manera inmediata a reactivar los todos servicios de salud, que incluyen las valoraciones médicas de oncología necesarias y la prestación del tratamiento que se requiera para que supere la leucemia linfoblástica aguda.

Para el organismo de control distrital, la postura asumida por la EPS evidencia una falta grave contra los derechos fundamentales del niño, al negarle la prestación del servicio, interrumpiendo su tratamiento sin tener en cuenta su estado de salud y sin agotar los protocolos establecidos en el marco legal.

Por tal razón, hace un llamado a las instituciones prestadoras de salud para que garanticen desde el punto de vista humano la atención adecuada y de calidad a sus usuarios, en especial durante esta emergencia por la pandemia.