Personería de Bogotá sanciona disciplinariamente a tres docentes al encontrar que incurrieron en actos sexuales con menor de 14 años

  • Se tuvo en cuenta el grave daño social de la conducta y afectación a los derechos fundamentales de los menores de edad, así como el conocimiento de la ilicitud, lo que sustentó la sanción.
  • • En 2021 se emitieron 4 fallos sancionatorios contra profesores, 3 consistentes en destitución e inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas y uno de suspensión provisional e inhabilidad especial.

Bogotá D.C., 5 de mayo de 2022 @Personeriabta Tres docentes de colegios distritales de la ciudad fueron sancionados por la Personería de Bogotá, con destitución e inhabilidad general de 15, 12 y 11 años, respectivamente, por conductas de actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce años.

La Personería a través de la Delegada para la Potestad Disciplinaria profirió, en primera instancia, estas sanciones al encontrar probado que los disciplinados incurrieron en actos sexuales diversos del acceso carnal en menor de 14 años y quebrantaron el deber funcional a su cargo, buscando beneficios de carácter sexual valiéndose de su superioridad por su condición de docentes. Dentro de las pruebas aportadas, en uno de los casos, hay chats de una red social en los que se evidencian las peticiones del docente a la niña.

“La Personería de Bogotá ha sancionado a tres docentes del distrito por presuntas conductas de tipo sexual contra menores de 14 años de edad. Las sanciones consisten en destitución e inhabilidad en general de hasta 15 años”, señaló Silvia Juliana Arciniegas, delegada para la Potestad Disciplinaria.

A partir de lo probado en los expedientes, la Personería de Bogotá concluyó que los investigados incurrieron en una falta gravísima al cometer la conducta punible consagrada en el artículo 209 del Código Penal y quebrantaron el deber funcional a su cargo, asimismo tuvo en cuenta el grave daño social de la conducta, la afectación a los derechos fundamentales de los menores de edad y el conocimiento de la ilicitud, lo que sustentó la sanción de destitución e inhabilidad general interpuesta a cada uno de los investigados.

Estas sanciones se suman a los 4 fallos sancionatorios de destitución e inhabilidad y suspensión provisional e inhabilidad especial emitidos por el ente de control en el año 2021.

“Para la Personería de Bogotá resulta fundamental vigilar que los establecimientos educativos, como espacios de formación, ayuden a los niños, niñas y adolescentes a empoderarse de su cuerpo, de las decisiones que toman sobre este y a prevenir este tipo de abusos, por ello la invitación es denunciar a través de nuestros canales de comunicación cualquier tipo de conducta que restrinja la autonomía y el control sobre sus cuerpos”

El Ministerio Público Distrital, como guardianes de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, interviene ante la Fiscalía en los procesos penales y en la defensa de las víctimas para establecer cuándo y en qué circunstancias ocurrieron estas reprochables acciones, así como la determinación de los presuntos responsables en la que los servidores públicos son materia de investigación penal.
(Fin)

Modificado por última vez en Jue, 05 de May de 2022