Artículo Contabilidad 33.-Modificación Tesorería. de la denominación de la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad y La nueva denominación quedará así: Subdirección de Gestión Financiera, y dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera.
Artículo 34.-Subdirección de Gestión Financiera. La Subdirección de Gestión Financiera, tendrá a cargo las siguientes funciones:
1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad.
2. Coordinar con la Dirección Administrativa y Financiera la formulación de las políticas y planes sobre presupuesto, contabilidad y tesorería, de acuerdo con la normatividad vigente.
3. Velar por la ejecución y control del presupuesto conforme a las disposiciones legales vigentes y las políticas institucionales.
4. Elaborar y administrar el Programa Anual de Caja, teniendo en cuenta las políticas fiscales y las obligaciones a cargo de la Entidad.
5. Proyectar las solicitudes y actos administrativos para la modificación del presupuesto de la Entidad.
6. Analizar, coordinar y gestionar las actividades relacionadas con la elaboración y presentación de los estados contables e informes complementarios, de acuerdo con la normatividad legal vigente.
7. Dirigir la preparación y presentación de los informes de gestión de la dependencia, dirigidos a la alta dirección de la Entidad y a los organismos de control.
8. Coordinar el proceso de pagos, la verificación de los requisitos de los documentos que soportan los pagos a cargo de la entidad y las actividades relacionadas.
9. Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto anual de la Entidad de acuerdo con los lineamientos internos y externos y con la normatividad legal vigente.
10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.