• La capital del país recibió a delegaciones de España, Argentina, México, Francia, entre otros, quienes aportaron a la construcción de la defensa de los DDHH.

     • Los temas que ocuparon la agenda del congreso fueron medio ambiente, transparencia, movimientos sociales, género, que centraron la atención de los participantes del evento.

 

Bogotá, D. C., 18 de agosto de 2023 @Personeriabta. Durante dos días, 17 y 18 de agosto, la capital del país fue sede del Congreso Internacional de la Personería de Bogotá: Derechos Humanos Emergentes, que se llevó a cabo en el Hotel Tequendama y contó con amplia asistencia de representantes de países de Latinoamérica, el Caribe y Europa.

El Personero, Julián Pinilla Malagón, quien lideró el evento, resaltó el cambio que ha habido a través de los años en la percepción de los derechos humanos. “En la sociedad internacional se han presentado diferentes transformaciones que han generado importantes retos en la garantía de los derechos, los cambios políticos, sociales, ideológicos, culturales, económicos, tecnológicos y científicos llevan a que existan nuevas necesidades y con ello la creación o transformación de derechos humanos emergentes, que deben tener una connotación muy importante”, señaló el Jefe del Ministerio Público Distrital.

Por su parte el Vicedefensor del Pueblo, Luis Andrés Fajardo, hizo un llamado al reconocimiento de los derechos y deberes de los ciudadanos y enfatizó en las brechas que hay en el país en cuanto a educación, cultura y seguridad. Destacó el papel de la Personería de Bogotá por el esfuerzo que realiza cada día en la vigilancia y control.

El evento planteó temas relacionados en pro a la defensa y vigilancia de los derechos humanos y tuvo invitados como David Bondía, Síndic de Greuges de Barcelona; quien señaló que “el discurso de los derechos humanos emergentes es una denuncia, es una crítica constructiva”. Igualmente, participó Ismael Rins, presidente de Agol; y Adriana Caballero Pérez, abogada experta en defensa de los derechos humanos, entre otros.

Asimismo, se compartieron experiencias sobre las problemáticas sociales que se presentan en cada uno de los países y se conocieron estrategias en la atención al ciudadano y en la protección de los derechos humanos.

Como líder en el encuentro, la Personería de Bogotá, fortalece sus estrategias para reforzar la oferta de servicios a la comunidad.

Publicado en Noticias

● Preocupa al Ministerio Público Distrital la situación de los retenidos, un balance de vacunación, atención de salud, alimentación, visitas, entre otros temas.
● Se evidencia alarmante situación de hacinamiento en las estaciones de Policía.

Bogotá, D.C., 22 de septiembre de 2021 (@PersoneriaBta). El Personero de Bogotá, Julián Pinilla Malagón, junto con todo su equipo de Personeros locales y la Delegada de Derechos Humanos, como guardián y defensor de los derechos humanos, realizó el día de hoy una visita administrativa simultánea a las 19 estaciones de Policía para verificar el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

Los guardianes de tus derechos evidenciaron en las visitas, temas recurrentes como el hacinamiento en todas las estaciones de Policía del Distrito Capital.

Preocupa al Ministerio Público Distrital que en su gran mayoría, tienen elevados índices de hacinamiento: Bosa que tiene una capacidad para 30 personas, actualmente se encuentra con una ocupación de 206 retenidos (hacinamiento de 586%); Chapinero con capacidad para 15, tiene 93 (hacinamiento de 520%); y Teusaquillo con capacidad para 10, cuenta con 61 privados de la libertad (hacinamiento de 510%).

"Las condiciones de dignidad humana se ven gravemente vulneradas cuando se quintuplica la capacidad de cobertura y atención", afirmó Pinilla Malagón.

Agregó que la Personería de Bogotá ha realizado reiterados requerimientos tanto en sus visitas, como desde sus dependencias y ha recibido quejas por parte de familiares y abogados, tanto así que se hizo necesaria una jornada de inspección en simultánea para escuchar a los retenidos.

Se recibieron nuevamente quejas de diferentes temas en los cuales la Personería hoy realiza especial seguimiento: aspectos de salud, como el balance de la vacunación de Covid–19, atención médica, suministro de medicamentos, agua potable y protocolos de bioseguridad con el respectivo suministro de elementos de protección.

"Además, quejas recurrentes sobre la alimentación, porciones pequeñas, sin ningún criterio de nutrición, alimentos en descomposición; y régimen de visitas; entre otros aspectos", señaló.

Después de una reunión entre la directora de la Cárcel Distrital y la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Humanos con el fin de revisar el tema, desde las 5:30 am., se está acompañando el ingreso de hasta 100 personas a la Distrital después de la revisión médica.

"Es necesario un trabajo articulado entre Secretaría de Seguridad (cárcel distrital), INPEC y el Ministerio de Justicia para liberar cupos y que se descongestionen las estaciones de policía", precisó.

Mientras se soluciona con medidas de fondo la Personería de Bogotá solicita a las autoridades que, conforme a las normas internacionales, se les brinde a los privados de la libertad:

- Agilidad en los trámites de traslado a establecimientos penitenciarios, garantizar la hora de sol, lavado de manos y acceso al agua potable.

- Separación por categorías entre sindicados y procesados.

- Atención medica permanente y preventiva a fin de mitigar posibilidad de contagio.

- Alimentación de calidad y luz natural o artificial en las celdas.

- Suministro inmediato y continuo de elementos de bioseguridad (tapabocas, geles, agua, jabón, entre otros), tanto para las personas privadas de la libertad como el personal de la policía que ejercen función de custodia.

- Generar protocolos para el aislamiento en casos de brotes.

Publicado en Noticias

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 34. Modificación de las funciones de la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Humanos II. La Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Humanos II, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Efectuar seguimiento al cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos destinados a la promoción y defensa de los derechos humanos y derecho internacional humanitario.
  1. Verificar el cumplimiento de las acciones de promoción de derechos humanos con enfoque diferencial y énfasis en sujetos de especial protección constitucional, (población LGBTI, sector interreligioso, pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, pueblo Rrom gitano, habitante de calle, migrantes y trabajadores(as) sexuales y demás población vulnerable).
  1. Orientar en derechos humanos y derecho internacional humanitario dentro del marco normativo nacional e internacional.
  1. Recibir y tramitar las peticiones que se presenten contra los (as) servidores(as) públicos(as) del Distrito Capital, en relación con conductas u omisiones que puedan constituir violación de los derechos humanos y derecho internacional humanitario, dentro del ámbito de su competencia.
  1. Solicitar las investigaciones disciplinarias y penales a que hubiere lugar, ante las autoridades competentes, contra los (as) servidores(as) públicos(as) que presuntamente infrinjan normas de derechos humanos o del derecho internacional humanitario.
  1. Divulgar y promover el conocimiento de la Constitución Política en el Distrito, adelantando sensibilizaciones, programas de promoción y prevención sobre derechos humanos y derecho internacional humanitario.
  1. Elaborar un informe anual integral sobre el estado del respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en la jurisdicción del Distrito Capital.
  1. Dirigir la asistencia a los diferentes grupos poblacionales y diferenciales en los asuntos que sean competencia de la dependencia, de conformidad con las necesidades y solicitudes presentadas. 
  1. Realizar acompañamiento a las alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo con el fin de garantizar la debida atención ante la vulneración de derechos de las y los ciudadanos.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
  1. Rendir los informes del área de su competencia dentro de los términos de ley y acorde con los procedimientos de la entidad. 
  1. Contribuir en la elaboración de los estudios, informes y pronunciamientos de impacto económico, social, ambiental y fiscal, solicitados por el Personero (a) de Bogotá D.C. y con el apoyo y participación de las dependencias especializadas en la materia.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
Publicado en Funciones Organigrama

• El ataque se presentó con la disculpa del desconocimiento del pico y género.

• Organizaciones de derechos humanos dice que se han presentado 15 incidentes contra estas personas, a partir de la vigencia de la medida de la Alcaldía.

La Personera de Bogotá (e), Rosalba Cabrales Romero constituyó una agencia especial para intervenir como Ministerio Público ante la investigación penal por la presunta tentativa de feminicidio contra Daian Nikol Villalobos Méndez, mujer trans de 24 años, en hechos ocurridos en la localidad Ciudad Bolívar, durante el “pico y género” de la cuarentena.

A partir de la vigencia del Decreto 106 del 8 de abril del presente año, emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, las organizaciones de derechos humanos dicen que se han presentado en la ciudad 15 incidentes o agresiones a personas transgénero.

Mientras el presunto agresor no ha sido capturado, Daian Nikol está hospitalizada en centro de atención del Distrito y fue intervenida para evitar que pierda la movilidad de tres dedos de su mano. Además, es tratada por una agresiva infección derivada de las heridas.

La agencia especial permite al agente del Ministerio Público, como representante de la sociedad, actuar dentro del proceso para darle impulso e intervenir buscando evitar impunidad en el caso.

La Personería reitera el llamado al respeto y no agresión a personas trans y no binarias, a los capitalinos y a las autoridades de Policía. Entre tanto, las organizaciones defensoras de derechos humanos piden a la Administración Distrital cambiar la disposición por los riesgos y peligros que significan para las personas transgénero. 

Publicado en Noticias
Dom, 12 de Abr de 2020

Comunicado de Prensa

La Personería de Bogotá lamenta profundamente la muerte del anestesiólogo William Gutiérrez y el médico general Carlos Fabián Niño, por afecciones derivadas del Covid-19. Estos héroes representan el sacrificio que está haciendo todo el personal sanitario en el país para enfrentar la grave pandemia que se propagó por el mundo.

Ante esta situación, desde hace días el Ministerio Público de la Capital está realizando el control y seguimiento a la dotación e insumos dados al personal médico, de enfermeras y administrativo de la red de hospitales y centros de atención de la Administración Distrital con el fin de proteger la vida de quienes están dando la suya por nuestra salud y bienestar.

Entre tanto, la Personería hace un llamado al Distrito a reforzar y proteger la bioseguridad del personal sanitario de la red centros de atención oficial en salud de ciudad, con dotación recomendada para la prevenir el contagio del Covid-19.

Publicado en Noticias

La Personería de Bogotá solicitó al Distrito realizar la caracterización de las personas que habitan en los denominados pagadiarios (habitaciones de alquiler temporal) con el fin de que el Distrito canalice y determine la forma de ayuda humanitaria a esta población.
En sólo las localidades de Santa Fe, la Candelaria, Los Mártires las autoridades visitaron con el acompañamiento del Ministerio Público Distrital más de 120 pagadiarios, especialmente en los barrios Alameda Centro, Santa Barbara y Santa Fe.
Las autoridades seguirán realizando visita en otras localidades, la mayoría con la presencia de la Personería Distrital.

local santafe pagadiarios

Publicado en Noticias

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 96. Personero(a) de Bogotá, D. C. Son funciones del personero(a) Distrital de Bogotá D. C., conforme al Decreto Ley 1421 de 1993 las siguientes:

Funciones como agente del Ministerio Público

  1. Actuar directamente o a través de delegados suyos en los procesos civiles, contenciosos, laborales, de familia, penales, agrarios, mineros y de policía y en los demás que deba intervenir por mandato de la ley.
  1. Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando lo considere necesario para la defensa del orden jurídico, el patrimonio público, los derechos y las garantías fundamentales.
  1. Defender los derechos e intereses colectivos adelantando las acciones populares que para su protección se requieran.
  1. Con base en el artículo282 de la Constitución, interponer la acción de tutela y asumir la representación del Defensor del Pueblo, cuando este último se la delegue. 
  1. Los funcionarios de la personería distrital que por delegación actúen como agentes del Ministerio Público no deberán acreditar las calidades de los magistrados, jueces y fiscales ante los cuales ejerzan las funciones delegadas. Tampoco tendrán la remuneración, derechos y prestaciones de éstos.

Funciones como Veedor(a) Ciudadano(a)

  1. Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes, los acuerdos y las sentencias judiciales.
  1. Recibir quejas y reclamos sobre el funcionamiento de la administración y procurar la efectividad de los derechos e intereses de los asociados.
  1. Orientar a los ciudadanos en sus relaciones con la administración, indicándoles la autoridad a la que deben dirigirse para la solución de sus problemas.
  1. Velar por la efectividad del derecho de petición, con tal fin, debe instruir debidamente a quienes deseen presentar una petición; escribir las de quienes no pudieren o supieren hacerlo; y recibir y solicitar que se tramiten las peticiones y recursos de conformidad con las disposiciones vigentes.
  1. Poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos que considere irregulares a fin de que sean corregidos y sancionados.
  1. Velar por la defensa de los bienes del Distrito y demandar de las autoridades competentes las medidas necesarias para impedir la perturbación y ocupación de los bienes fiscales y de uso público.
  1. Exigir de las autoridades distritales las medidas necesarias para impedir la propagación de epidemias y asegurar la protección de la diversidad e integridad del ambiente y la conservación de áreas de especial importancia ecológica.
  1. Vigilar la conducta de los empleados y trabajadores del Distrito y verificar que desempeñen cumplidamente sus deberes, adelantar las investigaciones disciplinarias e imponer las sanciones que fuere del caso todo de conformidad con las disposiciones vigentes. 
  1. Vigilar de oficio o a petición de parte los procesos disciplinarios que se adelanten en las entidades del Distrito.
  1. Procurar la defensa de los derechos e intereses del consumidor.

Funciones como Defensor(a) de los Derechos Humanos

 

  1. Coordinar la defensoría pública en los términos que señale la ley.
  1. Cooperar con el Defensor del Pueblo en la implantación de las políticas que éste fije.
  1. Divulgar la Constitución y, en coordinación con otras autoridades, adelantar programas de educación y concientización sobre los derechos humanos y los deberes fundamentales del hombre.
  1. Recibir y tramitar las quejas y reclamos sobre la violación de los derechos civiles y políticos y las garantías sociales.
  1. Solicitar de los funcionarios de la rama judicial los informes que considere necesarios sobre hechos que se relacionen con la violación de los derechos humanos.
  1. Velar por el respeto de los derechos humanos de las personas recluidas en establecimientos carcelarios, psiquiátricos, hospitalarios, ancianatos y orfelinatos. 

Atribuciones especiales del (la) Personero(a) de Bogotá, D. C.

 

  1. Nombrar y remover los funcionarios de la Personería.
  1. Rendir semestralmente informe al Concejo sobre el cumplimiento de sus funciones.
  1. Presentar proyectos de acuerdo sobre asuntos de su competencia.
  1. Exigir a los servidores distritales la información que requiera para el ejercicio de sus funciones.
  1. Expedir certificados de antecedentes disciplinarios para tomar posesión de un cargo en el Distrito.
  1. Solicitar la suspensión de los funcionarios investigados cuando lo estime pertinente a fin de asegurar el éxito de las diligencias que adelante.
  1. Fijar las políticas internas de la entidad y dirigir, coordinar y controlar la gestión de la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Dar posesión a las personas que ocuparán empleos del nivel directivo. 
  1. Dirigir, orientar y controlar las relaciones interinstitucionales con organismos nacionales o internacionales.
  1. Proyectar el presupuesto de la entidad.
  1. Ejercer o delegar la ordenación del gasto, así como el pago de las acreencias de la Personería. 
  1. Suscribir o delegar la suscripción de los contratos necesarios para la adquisición y el suministro de los bienes y servicios requeridos para el funcionamiento y servicio de la entidad y, en general, administrar los bienes adscritos a ésta.
  1. Redistribuir las atribuciones y delegaciones entre las dependencias y servidores(as) públicos(as) de la entidad y, determinar la estructura administrativa necesaria para el cumplimiento de su misión.
  1. Resolver en segunda instancia los recursos presentados contra las decisiones emitidas en primera instancia de los procesos disciplinarios.
  1. Aplicar los sistemas y procedimientos relacionados con el funcionamiento de la carrera administrativa de la Personería de Bogotá, D. C., en forma independiente de otros organismos distritales y desarrollar las disposiciones legales sobre la materia.
  1. Conformar con los(as) servidores(as) públicos(as) de las diferentes dependencias de la entidad, sin alterar la estructura básica de éstas, grupos programáticos y asignarles las funciones temporales que sean pertinentes.
  1. Modificar y/o adicionar, cuando sea necesario, mediante acto administrativo la redistribución de competencias asignadas a las diferentes dependencias de la Personería de Bogotá, D. C. 
  1. Las demás que le asigne la ley y los acuerdos distritales.
Publicado en Funciones Organigrama

La Personería de Bogotá, junto con la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Gobierno y la Veeduría Distrital, tienen el gusto de invitar a la sociedad capitalina a la actividad de carácter cultural que se realizará hoy 9 de septiembre para conmemorar el Día Nacional de los Derechos Humanos.

Al evento, que se realizará en el Park Way, entre Calles 35 y 42 de 2:00 a 6:00 p.m., asistirán servidores públicos, representantes de organizaciones sociales y personas que han sido víctimas de maltrato, violencia o vulneración de sus derechos (mujeres, jóvenes, adultos mayores, personas en condición de discapacidad, miembros de la comunidad LGTBI, universidades y etnias).

La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

¡Los esperamos!

Publicado en Noticias

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 31. Funciones de la Personería Delegada para la Misionalidad del Ministerio Público y la Función Pública. La Personería Delegada para la Misionalidad del Ministerio Público y la Función Pública, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Asesorar y asistir al (a la) personero(a) auxiliar en la formulación, aprobación, adopción, implementación y cumplimiento de las políticas relacionadas con el Ministerio Público y la defensa de los derechos humanos, prevención y control a la función pública.
  1. Dirigir la formulación de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos necesarios para el ejercicio propio de las competencias de las dependencias a cargo de la Personería Auxiliar.
  1. Dirigir, orientar y controlar el cumplimiento y seguimiento de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos establecidos para el ejercicio propio de las competencias de las delegadas a cargo de la Personería Auxiliar.
  1. Dirigir y orientar las acciones de promoción de los derechos humanos cuando sea de competencia de las dependencias a cargo de la Personería Auxiliar.
  1. Orientar y dar asistencia técnica y jurídica a la formulación de las políticas, planes, directrices, procesos y procedimientos necesarios para el ejercicio de las actividades relacionadas con el proceso de prevención y control a la función pública, de acuerdo con los lineamientos de la Personería Auxiliar.
  1. Proponer y concertar mesas de trabajo interinstitucionales cuando del ejercicio de la acción de prevención y control a la función pública se desprenda su necesidad, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices de la Personería Auxiliar.
  1. Articular con las Personerías Delegadas que ejercen función de Ministerio Público y control a la Función Pública, los procedimientos y acciones institucionales para garantizar el cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de la entidad, en coordinación con las demás dependencias.
  1. Dirigir y orientar el traslado de los hallazgos sobre hechos constitutivos de posibles conductas que ameriten procesos disciplinarios, fiscales o penales, a las autoridades competentes, cuando sea procedente y de conformidad con los lineamientos realizados por la Personería Auxiliar.
  1. Dirigir la elaboración y revisión de los informes sobre el ejercicio de la acción de prevención y el control a la función pública para firma de la Personería Auxiliar, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales.
  1. Proponer y concertar mesas de trabajo con las delegadas y/o dependencias responsables de los procesos misionales, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los lineamientos establecidos por la Personería Auxiliar.
  1. Proponer las diferentes herramientas institucionales para armonizar y articular, con las funciones de Ministerio Público y derechos humanos y prevención y control a la función pública, para facilitar la prestación del servicio y la toma de decisiones por parte de la Personería Auxiliar.
  1. Promover y facilitar la implementación de las diferentes estrategias institucionales para promover el relacionamiento con el ciudadano dentro de las dependencias misionales de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir y orientar la revisión y análisis a las diferentes políticas, planes, programas y proyectos en materia de Ministerio Público, Defensa y Protección de los Derechos Humanos y de prevención y control a la función pública, articulando los diferentes indicadores, metas, riesgos y demás instrumentos que contribuyan a la gestión efectiva del quehacer misional de la Personería de Bogotá y de conformidad con los lineamientos de la Personería Auxiliar.
  1. Las demás fijadas que le sean asignadas por ley, acuerdo o reglamento.
Publicado en Funciones Organigrama