Comités Locales De Defensa, Protección, Y Promoción De Los Derechos Humanos

 Estos comités por su composición son de naturaleza mixta, cuentan con presencia institucional y con presencia de la comunidad de las localidades. Tienen asiento en ellos a) las entidades del estado que por su naturaleza y competencia deben restablecer y materializar los derechos de los ciudadanos del distrito y b) los líderes de la sociedad civil.

Sus funciones se describen en el artículo 12 del Decreto 455 de 2018 y están dirigidas a asesorar de manera permanente a la administración local, en materia de prevención, promoción, difusión, protección y defensa de los Derechos Humanos. Promover en la ciudadania un cultura de Derechos Humanos, contribuir con la territorialización de la política integral de Derechos Humanos, canalizar las peticiones y propuestas de las organizaciones sociales.

Con la expedición de la Resolución 714 de 2017, el Despacho de la Personera de Bogotá, delegó en los Personeros Locales la inscripción, selección, remplazo y conformación de los Comités Locales de Defensa. Protección y Promoción de los Derechos Humanos.