Acuerdo 978 de 2025. Artículo 84. Funciones de la Subdirección de Administración del Talento Humano. La Subdirección de Administración del Talento Humano tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la aplicación de los componentes de la carrera administrativa en la Personería de Bogotá, D. C., de conformidad con la normatividad y procedimientos que rigen la materia y ante las instancias competentes.
  1. Adelantar los procesos y trámites que en materia de carrera administrativa deban surtirse ante las instancias competentes, según los procesos y normatividad aplicable.
  1. Coordinar la elaboración de la oferta pública de empleo de carrera vacantes que se proveerán por concurso de méritos, ante la instancia competente.
  1. Coordinar la elaboración de los estudios para la identificación de los perfiles ocupacionales requeridos por la Personería de Bogotá, D. C., para el cumplimiento de sus objetivos y metas institucionales.
  1. Diseñar, ejecutar, evaluar y controlar las políticas y procedimientos asociados a la administración de planta de personal, selección, vinculación, distribuciones, situaciones administrativas, ubicaciones, traslados, encargos, evaluación del desempeño y desvinculación de los empleados públicos de la Personería de Bogotá con base en las necesidades reales, las metodologías y lineamientos aprobados, el cumplimiento a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos.
  1. Dirigir, orientar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con los procesos de selección, vinculación del talento humano, así como las afiliaciones al sistema de la seguridad social integral.
  1. Dirigir y orientar el análisis al cumplimiento de requisitos de los candidatos que desempeñarán los diferentes empleos públicos que conforman la planta de personal de la Personería de Bogotá.
  1. Administrar los sistemas de información asociados a la administración del talento humano, de acuerdo con los procedimientos establecidos y las necesidades de la Personería de Bogotá.
  1. Revisar y proyectar si procede, las certificaciones de no existencia de personal que sean requeridas por el área de contratación 
  1. Rendir los informes que en materia de administración de carrera administrativa requiera el organismo de vigilancia y control competente. 
  1. Recibir peticiones, quejas y reclamos sobre los temas de su competencia y atenderlos oportunamente de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales vigentes y los procedimientos establecidos por la Entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos, los estatutos y los reglamentos.
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Acuerdo 978 de 2025. Artículo 82. Funciones de la Dirección de Talento Humano. La Dirección de Talento Humano dependerá de la Secretaría General y tendrá las siguientes funciones.

  1. Dirigir el proceso de talento humano desde su planeación institucional, administración y gestión, de acuerdo con los objetivos, necesidades estructurales y coyunturales de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir la definición de los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación de las políticas, planes, programas, estrategias de gestión y proyección del talento humano de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir los estudios sobre las necesidades de la planta de personal de la entidad para su adecuada provisión de empleos, de acuerdo con la planeación estratégica, requerimientos institucionales y normatividad vigente.
  1. Dirigir la modificación y actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, previo análisis de las necesidades del servicio y las solicitudes formuladas por las áreas;
  1. Dirigir la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos orientados a la gestión estratégica del talento humano de acuerdo con el ciclo de vida del servidor público, promoviendo la equidad laboral, el trabajo digno e inclusivo para el fortalecimiento institucional, conforme a la normatividad vigente.
  1. Dirigir la implementación del programa de teletrabajo en la Personería de Bogotá, de acuerdo con la normatividad vigente.
  1. Dirigir la proyección de actos administrativos relacionados con las novedades de personal y situaciones administrativas de los servidores y exservidores que estén vinculados en empleos de libre nombramiento y remoción de la Personería de Bogotá, y dar respuesta a las peticiones en materia del talento humano relacionadas con los mismos.
  1. Dirigir la respuesta a las peticiones en materia del talento humano que se soliciten a la Personería de Bogotá. 
  1. Definir las estrategias para la implementación de la gestión del conocimiento de la entidad en coordinación con las dependencias correspondientes.
  1. Promover la implementación de la política de integridad en la Personería de Bogotá.
  1. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de Personal de la Personería de Bogotá, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.
  1. Notificar los actos administrativos que en ejercicio de sus funciones expida.
  1. Presentar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general, todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
  1. Contribuir en el desarrollo del proceso de negociación sindical que realice al interior de la Personería de Bogotá, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.
  1. Dirigir la aplicación de las políticas de la entidad en los planes y programas que se presenten en materia de bienestar social, incentivos, plan institucional de capacitación (PIC), salud ocupacional, aplicación de las normas de carrera administrativa, evaluación del desempeño, inducción y reinducción, clima organizacional y plan anual de vacantes.
  1. Definir y dirigir la formulación de las políticas y planes relativos a la nómina de la entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos, los estatutos y los reglamentos.
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Acuerdo 978 de 2025. Artículo 87. Funciones de la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano. La Subdirección de Desarrollo del Talento Humano, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Direccionar estrategias de inducción, reinducción y desvinculación del talento humano según los lineamientos y la normatividad vigente.
  1. Promover el desarrollo de las capacidades del talento humano con base en los lineamientos del Plan Institucional de Capacitación.
  1. Implementar el programa de bienestar social e incentivos, teniendo en cuenta los criterios de equidad, eficiencia, cubrimiento institucional y la normatividad vigente.
  1. Diseñar, administrar y ejecutar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con la normatividad vigente. 
  1. Poner en funcionamiento el sistema de Seguridad y Salud en el trabajo de acuerdo con la normatividad vigente y el sistema Integrado de Planeación y Gestión.
  1. Desarrollar la cultura organizacional teniendo en cuenta lineamientos de empleo público, marco ético institucional y estudios realizados.
  1. Hacer seguimiento a la gestión de los planes de talento humano de la dependencia a su cargo, conforme a las metas e indicadores establecidos por la entidad.
  1. Realimentar el desarrollo de la gestión de los planes teniendo en cuenta los resultados del seguimiento y la evaluación.
  1. Formular y ejecutar los planes institucionales de bienestar, incentivos y capacitación, de conformidad con las políticas institucionales y las normas vigentes. 
  1. Participar en la formulación y ejecución de las estrategias, planes de acción y demás programas de la entidad. 
  1. Coordinar la expedición de los actos administrativos y demás documentos de competencia de la Subdirección, de conformidad con las normas vigentes y los procedimientos establecidos. 
  1. Gestionar el suministro de bienes y servicios para dar cumplimiento a las actividades establecidas en los planes institucionales de: bienestar, incentivos, capacitación y las del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). 
  1. Coordinar la ejecución de las actividades programadas en los planes institucionales de bienestar, capacitación e incentivos, con la caja de compensación familiar, la administradora de riesgos laborales (ARL) y demás entidades, con el fin de garantizar su cumplimiento. 
  1. Coordinar la ejecución de las actividades programadas en el Plan Anual de Trabajo del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, con las ARL a las que estén afiliados los (as) funcionarios(as) de la entidad, con el fin de garantizar su cumplimiento.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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Acuerdo 978  de 2025. Artículo 86. Funciones de la Subdirección de Nómina y Gestión de la Información del Talento Humano. La Subdirección de Nómina y Gestión de la Información del Talento Humano tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Administrar la elaboración de la nómina de la entidad, incluyendo las novedades, descuentos y demás situaciones administrativas y gestionar su pago oportuno, conforme a la normatividad vigente.
  1. Gestionar y coordinar las apropiaciones presupuestales relacionadas con los servicios personales asociados a la nómina y aportes patronales al sector privado y público, que permitan atender las obligaciones salariales y prestacionales de los (as) empleados (as) de la entidad.
  1. Liquidar y gestionar el pago de la seguridad social y de parafiscales a cargo de la entidad, de acuerdo con las normas vigentes.
  1. Expedir las certificaciones laborales y los certificados para bonos pensionales, conforme a la normatividad vigente.
  1. Gestionar el proceso de cobro de las prestaciones económicas ante las entidades promotoras de salud (EPS) y la administradora de riesgos laborales (ARL), derivadas de las incapacidades expedidas a los (as) funcionarios(as) de la entidad.
  1. Atender las solicitudes de información que realicen las entidades distritales, sociedades administradoras de fondos de pensiones y entidades que administran y gestionan recursos del Sistema General de Seguridad Social.
  1. Elaborar las liquidaciones y certificaciones de haberes laborales, que permitan cumplir con las obligaciones salariales y prestacionales propias del retiro de los (as) empleados (as) de la entidad, conforme a las normas vigentes.
  1. Proyectar la elaboración de actos administrativos relacionados con el pago de los servicios personales asociados a la nómina y aportes patronales al sector privado y público.
  1. Administrar y custodiar las historias laborales de los (as) funcionarios(as) y exfuncionarios(as) de la entidad, atendiendo las disposiciones vigentes.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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