• Se evidenció falta de personal, medicamentos e insumos.
  • Había retenidas 10 ambulancias, a la espera que desocuparan las camillas en las que llevaron los pacientes.

La Personería de Bogotá encontró en la unidad de urgencias del Hospital de Kennedy una sobreocupación del 128%, en una visita realizada al centro de atención en salud el pasado viernes 6 de enero.

A parte de las camas hospitalarias y sinnúmero de sillas reclinables llenas de pacientes, se encontraron diez ambulancias retenidas, a la espera que les desocuparan las camillas en las que llevaron los enfermos.

El Ministerio Público evidenció falta de personal de enfermerías, tanto jefes como auxiliares, para cubrir los turnos de las diferentes áreas de urgencias. Además, en Radiología de los seis tecnólogos que se requieren sólo había tres, retrasando las imágenes diagnósticas para los pacientes ambulatorios y hospitalarios.

En farmacia faltaban tres auxiliares de farmacia y tres químico farmaceutas, así como se evidenció faltantes de medicamentos, insumos y dispositivos médicos.

Se encontró un paciente con enfermedad mental, ubicado en el pasillo de urgencias, en una camilla de ambulancia desnudo, violando su derecho a la intimidad.

Se detectó un paciente herido con clasificación de Triage II que llevaba más de una hora sin atender. La intervención de la Personería permitió que inmediatamente le prestaran auxilio.

La Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda dijo que la Unidad Permanente de Justicia (UPJ), ubicada en Puente Aranda, que funciona desde 2001 para mejorar la convivencia y seguridad de la Capital, no ha sido ampliada y es insuficiente, una sola en toda la ciudad.

Explicó que para proteger los derechos humanos de los conducidos, la Personería dispuso de servidores día y noche en el lugar y se realizaron capacitaciones en medidas de protección y derechos fundamentales que llegaron a más de 600 policías.

También se logró que el Distrito mejore las instalaciones, que se pongan en funcionamiento las cámaras de seguridad y los detectores de metales, pero no es suficiente. Explicó que en muchos casos se requieren requisas adicionales, pero estas deben realizarse de manera individual.

La Personera aclaró que a la UPJ conducen personas como una medida preventiva o de protección. Allí no pueden estar más de 24 horas, ya que son para proteger a personas en alto grado de exaltación, incapacidad o excitación, o que se encuentran en peligro o vulnerabilidad. Además, la Unidad está dotada para tener una capacidad de 400 personas y deberían permanecer en promedio sólo 12 horas.

El Ministerio Público Distrital logró que las autoridades tengan en celdas separadas, hombres, mujeres y personas Lgbti y que sean plenamente identificadas antes de ingresar, inclusive se le solicitó a la Registraduría disponer de un funcionario para la individualización de los conducidos.

Para finalizar puntualizó en la importancia de tener claro que la exigencia de derechos está atada a los deberes de cada ciudadano. Para dar pedagogía sobre las funciones de UPJ se está preparando un plegable que lo explica. 

  • Zonas verdes han sido intervenidas sin ningún permiso ni control urbano, para ser adecuadas como parqueadero.
  • Residentes de barrio Gloria Lara Etapa II, aseguran que la Alcaldía Local de Suba prestó personal y una retroexcavadora para la intervención.
  • En Gloria Lara I, construyeron un salón comunal en un área destinada a parque vecinal. En este caso, Alcaldía dice no tener maquinaria para recuperar espacio público.

 

La Personería de Bogotá determinó que en un parque de la Urbanización Gloria Lara Etapa II de Suba, fue construido un parqueadero sin que las autoridades locales hayan realizado actuación alguna para evitarlo.

Según una queja de la comunidad, la Junta de Acción Comunal se tomó gran parte de la zona verde del parque, que es espacio público, derribó varios árboles y lo adecuó como parqueadero, con maquinaria de la Alcaldía Local de Suba.

Ante los reclamos de los habitantes del sector, el ente de control realizó visitas al barrio y encontró que el predio, que anteriormente era una zona verde, ha sido destruido al verter recebo y escombros sobre el césped sin ninguna norma técnica de construcción, y adecuar terraplenes para el estacionamiento de vehículos y cobro por su utilización.

La comunidad asegura que la Alcaldía de Suba prestó maquinaria y personal para extender el material de construcción sobre el césped, ocasionando con ello un posible daño ambiental.

Si bien según el certificado catastral el predio es propiedad del Distrito y se puede utilizar como bahía, esto no autoriza a la Junta de Acción Comunal a intervenir el espacio público, construir un parqueadero y lucrarse del mismo.

De acuerdo con las normas, para intervenciones como la adecuación de una bahía de parqueo público (no privado y con costo), se debe obtener primero permiso de la Secretaría de Planeación Distrital.

Además, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) manifestó que no se encontró información ni solicitud con respecto a la intervención que se adelantó en el predio, por lo cual tampoco cuenta con permiso de dicha entidad.

La Personería inició una actuación disciplinaria para determinar los funcionarios responsables de la Alcaldía Local de Suba y si éstos incurrieron en alguna irregularidad al permitir la participación de servidores en estas obras, con maquinaria oficial y por no realizar control urbanístico a la intervención.

Salón comunal en parque vecinal

En el mismo sector, pero en el barrio Gloria Lara I, se construyó sin autorización un salón comunal en plena zona verde, cuyo uso es de parque vecinal.

La edificación nunca fue entregada por el Distrito a la comunidad para su administración por ser un espacio público, pero fue utilizada, según los vecinos, para reuniones y fiestas, que generaron contaminación auditiva y provecho económico para la Junta de Acción Comunal.

Ante las quejas de la comunidad, la Alcaldía de Suba tramitó una querella que terminó en diciembre de 2015, con la orden de recuperación del espacio público invadido. No obstante, 11 meses después la autoridad local no ha materializado su propia decisión. De esa forma se corre el riesgo de que caduque el término para ejecutar la sanción.

De hecho, la Alcaldía tardó 7 meses en notificar al representante legal de la Junta de Acción Comunal el fallo y lleva 4 meses sin cumplir su orden de recuperar el espacio público. Incluso la Alcaldía, el 28 de noviembre de este año, en una reunión de socialización de la decisión con la comunidad, dijo que no tenía maquinaria para realizar la recuperación del espacio público. La Personería le solicitó que cumpla su propia orden.

  • Quejas de la comunidad por trabajo en horarios nocturnos y todos los días festivos.
  • No cumplió con planes de mitigación del ruido, dijo Alcaldía.

 

Por solicitud de la Personería de Bogotá, la Alcaldía Local de Suba revocó el permiso al Centro Comercial Parque La Colina para realizar obras de construcción en horarios nocturnos y festivos, en pleno sector residencial, generando altos niveles de ruido y perturbación a los habitantes del sector.

Atendiendo las quejas de la comunidad que se vio afectada en su tranquilidad por el ruido de las obras 24 horas al día, el Ministerio Público Distrital pidió a las autoridades locales revisar la autorización otorgada al centro comercial.

Frente a la solicitud, la Alcaldía Local consideró que el Parque La Colina incumplió las medidas de mitigación del ruido y revocó el permiso concedido en el sector residencial que implicaba trabajos ininterrumpidos y la vulneración al bienestar de muchos hogares capitalinos.

  • Se le cuestiona la firma de un Convenio de Asociación.

La Personería de Bogotá profirió auto de cargos contra la alcaldesa local de Rafael Uribe Uribe, Diana Mabel Montoya Reina, por su presunta responsabilidad en la suscripción de un Convenio de Asociación por 116 millones de pesos con la Corporación Volver a la Gente, desconociendo, al parecer, los principios de transparencia y selección objetiva en la contratación.

El Convenio tenía como objeto aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para el fortalecimiento de procesos organizativos de elección y participación de consejos y mesas locales.

De acuerdo con los cargos, al parecer las autoridades locales firmaron el convenio eludiendo realizar un concurso público para escoger al mejor proponente, para ejercer actividades que requerían cumplir con las instrucciones precisas de la Alcaldía, acciones que no son propias de un Convenio de Asociación, en el cual se unen dos voluntades con el fin de ejecutar un objetivo común.

Una vez la personería delegada correspondiente analice las pruebas y descargos, entrará a decidir sobre la responsabilidad o no de la servidora pública.

  • Según las quejas, Juan Pablo Bocarejo desacató las instrucciones del Fiscal General para retirar automotores inmovilizados que invaden el espacio público.
  • Se incrementó de inseguridad, insalubridad e incluso obstaculización de actividades económicas de comerciantes del sector.
  • Algunos particulares se apoderaron del espacio público para cobrar por el cuidado de vehículos y amenazan para que no les dañen el negocio.
  • Problema lleva más de un año sin solución por parte de las autoridades.

 

La Personería de Bogotá inició una indagación preliminar en contra el secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo Suescún por presuntamente, desconocer y desacatar las instrucciones impartidas por el Fiscal General de la Nación, para que se diera solución inmediata a la invasión del espacio público por parte de vehículos inmovilizados por las autoridades en el sector de la URI, UPJ y Estación de Policía de Puente Aranda.

El Ministerio Público Distrital solicitó a la Alcaldía Local de Puente Aranda impulsar el proceso por la ocupación de espacio público en la Carrera 40 con 10A, Carrera 32 con 14, Carrera 34 con 3B y alrededores del sector de San Andresito de la 38.

De acuerdo con las quejas, un grupo de particulares asumió la explotación del espacio público y lo destinó al cuidado de vehículos, por cada uno de los cuales llegaban a cobrar hasta $300 mil semanales.

Algunos comerciantes explicaron  que muchos vehículos son parqueados frente a sus establecimientos, obstaculizando el ingreso de clientes y camiones con mercancías, lo que los ha obligado a cerrar sus negocios. Además, manifestaron que el abandono de vehículos estaba ocasionando problemas de inseguridad.

Sin solución

El órgano de control distrital luego de varias visitas al lugar convocó a una audiencia pública a la que citó a funcionarios de la Fiscalía y del Distrito, para presntar soluciones que permitieran darle tranquilidad a la comunidad.

En nueva audiencia, la Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, recordó que el Código Nacional de Tránsito dispone que los alcaldes, organismos de tránsito distrital, la policía de tránsito, inspectores de policía y agentes de tránsito, entre otros, tienen facultades de Policía Judicial y que su omisión constituye causal de mala conducta, contemplada en el Código Único Disciplinario.

La Personera lamentó que la Secretaría de Movilidad haya querido trasladar su responsabilidad a otros funcionarios, dicha dependencia solicitó a la Contraloría Distrital una orientación y luego surgió la idea de llegar a un ´acuerdo buena voluntad’, ante lo cual la Personera dijo que “La única buena voluntad que puede haber en los servidores públicos, es la de cumplir la ley”.

Destacó que quien dirige y coordina la función de policía judicial en el país es el Fiscal General de la Nación. Añadió que a la ciudad le han venido ‘tomando del pelo’ desde hace más de un año a la solución del problema. “No se puede dar más largas en la solución del problema, buscando dilatar con demandas y recursos ante el Tribunal, mientras se agrava la situación en el sector. Hay que emprender acciones”.

Agregó que, incluso, un funcionario de la Personería que acudió al lugar a practicar una visita administrativa, fue amenazado por sujetos que le aseguraron que no iban a permitir que les dañaran el negocio que tienen allí.

Con base en esas razones, la Personería inició una indagación preliminar contra el secretario de Movilidad del Distrito y evalúa la actuación de la Alcaldía Local.

La Personería de Bogotá, D. C., en cabeza de su máxima dignataria, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, ante los hechos divulgados recientemente por la prensa nacional relacionados con la brutal golpiza de que fue víctima la señora Alexandra Blandón, por parte de un sujeto residente en la localidad de Usaquén, rechaza y condena enérgicamente este nuevo acto de violencia contra la mujer.

Así mismo conmina a las autoridades competentes, particularmente a la Fiscalía General de la Nación, para que adelanten a la mayor brevedad y con toda diligencia las investigaciones y demás acciones a que haya lugar, pues nuestra sociedad no puede tolerar la violencia de desadaptados sociales que transgreden con cinismo y absoluto desconocimiento la ley.

  • La sanción cobija a exmandatarios de Suba, Puente Aranda, Kennedy y Usme.
  • Eludieron los principios de contratación estatal al suscribir convenios de asociación.

 

La Personería de Bogotá destituyó e inhabilitó por 12 años a los exalcaldes de Puente Aranda, Andrea Magali Álvarez Castañeda; de Suba, Marisol Perilla Gómez; de Kennedy, Luis Fernando Escobar Franco, y de Usme, Leonardo Andrés Salgado Ramírez, por irregularidades en contratación.

Los fallos contra los dos primeros mandatarios quedaron en firme y no procede recurso. Mientras que las decisiones contra los otros dos servidores son de primera instancia.

De acuerdo con las investigaciones, los cuatro mandatarios, de administraciones pasadas, suscribieron convenios de asociación, figura con la que eludieron el deber de realizar convocatorias públicas para la contratación de bienes o servicios. Contra las dos decisiones de primera instancia procede el recurso de apelación.

 

Puente Aranda

En segunda instancia, Andrea Magali Álvarez Castañeda, exalcaldesa de Puente Aranda, fue sancionada por irregularidades en la suscripción directa del Convenio de Asociación con la Fundación Finestado & Ciudadano, con el objeto de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, económicos y financieros para ejecutar actividades de desarrollo  humano con adultos mayores de la localidad de Puente Aranda…”, desconociendo las normas de contratación estatales.

 

Suba

También fue confirmado, en segunda instancia, el fallo sancionatorio contra la Alcaldesa Local de Suba, Marisol Perilla Gómez por irregularidades en la celebración de un Convenio de Asociación con la Universidad de Ciencias Aplicadas y Ambientales UDCA, por anomalías en la contratación.

La Personería envió, por competencia, copias del expediente y de otro convenio de Asociación suscrito entre el SENA y la Corporación Voluntarios Colombia a la Procuraduría General de la Nación.

 

Usme

 

En primera instancia, Leonardo Andrés Salgado Ramírez, exalcalde de Usme, fue sancionado por irregularidades en la suscripción del Convenio de Asociación No. 196 de 2014, con la Fundación Innovar Colombia, con el objeto de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, económicos y financieros para desarrollar acciones de recuperación integral de las Zonas verdes 1, 2 y 4 del parque La Fortuna, a través de una obra de recuperación paisajística para el control de la erosión…”, sin tener en cuenta el proceso de selección objetiva del contratista.

 

Kennedy

Luis Fernando Escobar Franco, exalcalde local de Kennedy, suscribió un Convenio de Asociación con la Corporación Azul Profundo para el suministro de bienes y servicios, eludiendo el principio de selección objetiva y transparencia en la contratación pública. La decisión de segunda instancia será estudiada por la Procuraduría General de la Nación, quien asumió la investigación por competencia preferente.

  • Secretaría de Movilidad advierte que se está poniendo en riesgo la vida de las personas que transitan el sector o visitan el lugar.
  • No tienen Plan de Mitigación de Movilidad y no les han aprobado aún los planes de Emergencia y Contingencias.
  • Tampoco tiene revisión ni concepto técnico oficial de Bomberos.
  • Alcaldía Local permitió abrir, pero no inaugurar el Centro Comercial, no obstante, desconoció las normas y los conceptos de la propia Administración Distrital.

 

Pese a las advertencias de la Personería de Bogotá y con la anuencia de la Alcaldía Local, el centro comercial “La Colina” abrió sus puertas sin cumplir con todos los requisitos exigidos por las normas para su funcionamiento y desconociendo los conceptos de la propia Administración Distrital.

Las autoridades distritales determinaron que el centro comercial aún no ha cumplido con el Plan de Mitigación de Movilidad, ni le han aprobado, pese a que los radicó, los planes de Emergencias y Contingencias y no tiene visto bueno oficial del Cuerpo de Bomberos. No obstante, la Alcaldía Local de Suba, le permitió abrir y sólo le prohibió realizar un evento de inauguración.

Peatones en peligro

Mié, 07 de Dic de 2016

CAI sin estrenar, será demolido

  • La razón: fue construido en zona de ampliación de la Carrera Séptima.
  • Habría detrimento patrimonial por más de $332 millones.
  • No se solicitaron los permisos ante la ANI para su construcción.
  • La obra nunca se recibió por incumplimiento en el contrato.

 La Personería de Bogotá evidenció un detrimento patrimonial que asciende a más de $332 millones por parte del Fondo de Vigilancia y Seguridad, para la construcción de un CAI que, sin estrenarse, tendrá que ser demolido por ampliaciones en la vía donde fue construido.

El CAI se encuentra ubicado en el costado oriental de la Carrera 7 con Calle 245. El órgano de control halló irregularidades en la ejecución de la obra, ya que el Fondo de Vigilancia no realizó los estudios previos que exige el proceso contractual para asegurarse de que el predio donde iba a ser construido el CAI, no fuera a afectarse por la ampliación de una vía del mismo sector.

Desde 1994 existe una concesión denominada Devinorte, que incluye la ampliación de los sectores de la Autopista Norte (peaje Los Andes) y la Carrera Séptima desde la Calle 245 hasta La Caro. El proyecto en Fase I, contempla la ampliación de la Carrera Séptima a doble calzada, con una longitud aproximada de 4,8 km.

De acuerdo con lo anterior, el Fondo nunca requirió a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), quien tiene a su cargo la responsabilidad de otorgar el permiso para el derecho de vía, lo cual constituye falta de planeación, pues desconoció la función administrativa contemplada en la Constitución sobre contratación estatal.

Aun así, el Fondo de Vigilancia y Seguridad, decidió adelantar la construcción y abrió una licitación cuyo ganador fue el Consorcio Construcciones Institucionales, que, además, no entregó el CAI completo.

Inconcluso

 

El contrato para la construcción del CAI fue adjudicado el 30 de diciembre de 2014. El 21 de septiembre de 2015, el consorcio entrega la obra al Fondo de Vigilancia y Seguridad del Distrito. No obstante, 12 días después la Policía Metropolitana se niega a recibir el CAI, por una serie de irregularidades como:

  • Retraso de 64 días en la entrega.
  • Desprendimiento del manto impermeabilizante de la cubierta.
  • No se diseñaron rampas de acceso vehicular.
  • La vía de acceso peatonal no se encuentra terminada.
  • No cuenta con servicios públicos.
  • No existe medidor de energía ni de agua.
  • No hay vía de acceso para realizar mantenimiento al sistema séptico.
  • La pintura interna general está mal aplicada. Presenta parches y manchas.
  • El marco metálico de la ventana blindada principal y los pisavidrios, están mal instalado.
  • El mesón en granito pulido, presenta desniveles y malos acabados.
  • El vidrio blindado de la puerta principal, presenta una fisura.

Adicionalmente, se evidenció que el lote no cuenta con redes de acueducto ni de alcantarillado, por lo que se hacía necesaria la construcción de pozos sépticos y tanques de almacenamiento de agua, aspecto que no se tuvo en cuenta.

Por todas estas irregularidades, la Personería inició una actuación disciplinaria para determinar los presuntos responsables.