La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por doce años al exsecretario de Ambiente Néstor García Buitrago y al exalcalde local de La Candelaria, Edilberto Guerrero Ramos, por contratar de manera directa, a través de un convenio de asociación con la Fundación Alma, por más de $543 millones, un servicio que debían adjudicar por medio de la modalidad de una convocatoria pública.
Los exfuncionarios contrataron el servicio de recuperación integral en el río San Francisco y las quebradas Padre de Jesús, Mochón del Diablo y San Bruno. La Secretaría de Ambiente aportó $294 millones, la Alcaldía de La Candelaria $200 millones y la Fundación Alma $49 millones. El plazo inicial fue de 8 meses.
El Ministerio Público Distrital encontró que el convenio fue prorrogado durante su ejecución, por 45 días; luego se extendió a tres meses más. Además, fue adicionado por un monto de más de $161 millones.
Figura ilegal
De acuerdo con el fallo, la figura del convenio de asociación sólo debe ser utilizada de manera excepcional y especial para que un particular, que tiene toda la experiencia, infraestructura y capacidad, pueda realizar actividades relacionadas con el cometido y funciones de la entidad pública.
Esos convenios no deben tener instrucciones precisas, tal como ocurre en el caso concreto, tampoco puede generar una contraprestación como la entrega de un producto o servicio, sino que son la unión de esfuerzos con un privado para atender una función y cometido estatal que beneficia directamente a la comunidad.
Pese a ello, en el convenio se establecieron unas instrucciones precisas las cuales desnaturalizan la figura del convenio de asociación. Se demostró que debió ser adjudicado a través de una convocatoria pública y se eludieron los principios de transparencia y selección objetiva de la contratación estatal.
Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por el Despacho de la personera de Bogotá, en segunda instancia.
Hay equipos dañados y falta de elementos que generan graves demoras en exámenes de laboratorio clínico e imagenología.
En ocasiones pacientes superan las 72 horas de espera en urgencias.
Hospital El Tunal presentó un hacinamiento del 424% y Meissen 328%.
En 2016 se identificó sobreocupación en urgencias del 250% en la red pública.
La Secretaría de Salud ha incumplido las metas de disminuir a menos del 95% los porcentajes de ocupación en los servicios de urgencias.
Para ocultarlo, Distrito modificó los indicadores que miden la ocupación. Incluyó sillas reclinables y plásticas en pasillos como aumento de la capacidad instalada.
El ente de control realizó 761 visitas de las cuales el 29% se realizaron en el día y el 71% en horas de la noche.
La Personería de Bogotá encontró que no sólo en el 77% de las unidades de servicio de urgencias en los niveles de atención II y III continúa el hacinamiento, sino que ahora la falta de insumos médicos y deficiencias en los servicios complementarios como el farmacéutico, laboratorio clínico e imagenología, están comprometiendo la atención oportuna, salud y vida de los ciudadanos.
El ente de control halló que los indicadores y fichas técnicas que buscan hacer seguimiento y evaluar los niveles de ocupación en los servicios de urgencias, fueron modificadas por la Secretaría de Salud, hecho que no permite que sea comparable y genera que el reporte frente a la meta de ciudad no sea veraz y consistente.
Hacinamiento
El Ente de Control descubrió que El Tunal y Meissen son los casos más graves de hacinamiento en el servicio de urgencias, con el 424% y 328% respectivamente. Le siguen en sobreocupación Bosa con el 197%, Kennedy con el 191%, La Victoria con el 173%, Santa Clara con 150%, Simón Bolívar con 135%, USS Suba con 130%, solamente en los servicios de urgencias de baja complejidad están por debajo del 100% de ocupación.
El Ministerio Público Distrital descubrió que existen diferencias significativas en los porcentajes de sobreocupación según los indicadores reportados por la SDS y lo evidenciado por la Personería. Por ejemplo en las USS del Tunal y Meissen, que son los casos más graves, la diferencia supera el 200%.
De acuerdo con lo anterior, las diferencias entre los datos entregados por la Secretaría y las evidenciadas por el organismo de control, se deben a que la SDS modificó los estándares para medir la sobreocupación de los servicios de urgencias, incluyó como camas en urgencias a camillas, sillas reclinables y plásticas en pasillos y áreas de observación, lo cual está en contra de la normatividad que regula los estándares mínimos de habilitación en los servicios de urgencias.
Entre el 2017 y 2018 la Secretaría de Salud aumentó la capacidad de servicios de urgencias con una ampliación de camillas de 364 en urgencias adultos y 75 en urgencias pediátricas, sin embargo, esta ampliación se realizó sin adelantar modificaciones de infraestructura, con sillas reclinables en pasillos, sin contar con las condiciones para la atención de pacientes como puntos de oxígeno, tomas eléctricas y así mismo sin garantizar la privacidad del paciente.
Fallas en servicios complementarios
El ente de control halló fallas en el servicio de imagenología, principalmente en las subredes Sur, Norte y Sur Occidente al encontrar equipos dañados que pueden superar los 60 días fuera de servicio, lo que ocasiona demoras en las entregas de resultados. Además, se evidenció la falta de insumos para el procesamiento de muestras en el servicio de laboratorio clínico.
También, se encontró que los tiempos de atención en el 42% de todas las subredes superan los 30 minutos entre la clasificación del Triage y la consulta, y esperas superiores de 3 horas para la entrega de resultados de laboratorio clínico e imagenología.
Con relación al servicio farmacéutico se halló que en el 37% de las subredes presentan falta de medicamentos en los servicios de urgencias, hospitalización y fórmulas de consulta externa.
La Personería solicitó a la Secretaría de Salud adelantar visitas de verificación a las áreas de servicios de urgencias de las 4 subredes con el objetivo de adelantar las acciones pertinentes para mejorar las condiciones en la capacidad del servicio y tiempos oportunos de atención.
• Servicios de urgencias tampoco pueden ser negados.
• Personería solicitó a Secretaría de Salud ejercer vigilancia especial a las IPS de Medimás.
• Es la tercera EPS con más quejas recibidas en ente de control.
• Fallo de Tribunal no debe afectar a pacientes.
La Personería de Bogotá solicitó a las IPS que conforman la red de servicios de la EPS Medimás en la Ciudad y a todos los servicios de urgencias públicos y privados en el Distrito, no imponer barreras administrativas ni económicas que pongan en riesgo la vida e integridad de los más de 390.000 afiliados de esa entidad prestadora de salud.
La alerta del Ministerio Público Distrital surge para proteger el derecho a la salud de los afiliados a Medimás, luego de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca fallara una acción popular, en primera instancia, mediante la cual ordenó revocar la habilitación de funcionamiento de la EPS y trasladar durante los próximos 6 meses sus afiliados.
Así mismo, la Personería solicitó a la Secretaría de Salud ejercer de manera prioritaria y permanente, las acciones de inspección, vigilancia y control sobre la totalidad de las IPS de la red de Medimás, así como de los servicios de urgencia públicos y privados, para garantizar la adecuada, continua y oportuna atención. De igual manera, la Personería pidió a la Superintendencia de Salud vigilar las acciones de la Secretaría en materia de control a las IPS.
La Personería, entre enero de 2018 y el primer trimestre de 2019, recibió 1.327 quejas contra Medimás, con lo cual esta EPS se ubica en tercer lugar en número de reclamos recibidos, luego de Capital Salud y Salud Total.
La Personería de Bogotá tramita 856 averiguaciones contra funcionarios de las alcaldías locales. De ellas, 439 están en investigación disciplinaria, 308 en indagación preliminar, 65 en etapa de juzgamiento (después de cargos) y 44 son quejas recibidas recientemente que están en evaluación.
Las averiguaciones son 545 por contratación, 52 derecho de petición, 40 irregularidades querella, 43 extralimitación de funciones, 40 debido proceso, 20 espacio público o medio ambiente, 20 detrimento patrimonial, 12 abuso de autoridad, 11 incumplimiento fallos, 6 participación en política, 11 irregularidades, 5 inhabilidades o incompatibilidades, 4 uso indebido de bienes públicos, 3 acoso laboral o maltrato, derechos humanos 2 y 20 omisión u otras irregularidades.
Por localidades en orden descendente más investigadas son: Engativá 93, Kennedy 88, Suba 79, Teusaquillo 57, Rafael Uribe 52, Usaquén 50, Ciudad Bolívar 42, Bosa 46, Santa Fe 40, San Cristóbal 40, Usme 39, Barrios Unidos 38, Sumapaz 36, Fontibón 36, La Candelaria 35, Tunjuelito 33, Puente Aranda 33, Los Mártires 31, Antonio Nariño 30 y Chapinero 25.
Además, se han proferido 38 fallos (correspondientes a 45 funcionarios), 34 de destitución e inhabilidad, 10 de suspensión y una amonestación escrita. De las decisiones de primera instancia, hasta la fecha 20 fueron confirmadas en segunda. Los funcionarios fueron de Suba 9, Usme 7, Teusaquillo 5, Kennedy 5, Rafael Uribe 3, Chapinero 2, Puente Aranda 2, Bosa 2, Fontibón 2, Usaquén 1, Tunjuelito 2, La Candelaria 2, Barrios Unidos 1 y Santa Fe 1.
Las sanciones fueron por irregularidades en contratación en 30 ocasiones, vulnerar el derecho de petición 3, irregularidades en el trámite de querellas 3, pedir dinero 1, no asistir a trabajar 1.
La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 12 y 14 años, respectivamente, a los exalcaldes de Kennedy César Henry Moreno Torres y Juan Felipe Zapata Álvarez, por irregularidades en un contrato de obra pública de $541,9 millones celebrado en diciembre de 2015, para la adecuación de la zona de manejo y preservación ambiental del humedal La Vaca.
La Ley 80 de 1993 establece la obligación de contratar una interventoría externa e independiente, para los contratos de obra resultado de una licitación pública. Además, desde los estudios previos y en el mismo contrato se previó la obligación de tener un interventor para vigilar la adecuación ambiental del predio Monte Verde contiguo a ese humedal. Sin embargo, se inició su ejecución sin cumplir con este requisito y se pagaron $288 millones sin tener certeza del cumplimiento de la obra.
Así las cosas, se encontró responsable a César Henry Moreno Torres de iniciar la ejecución de la obra pública sin contar con una interventoría externa que vigilara la correcta ejecución del contrato, ordenada legal y contractualmente, violando el principio de responsabilidad.
Mientras tanto, Juan Felipe Zapata Álvarez permitió la continuación de la ejecución del contrato sin seguimiento técnico, y adicionalmente procedió a modificarlo para hacer viable la certificación sin interventor y hacer el pago, en detrimento del patrimonio público.
Una cláusula del propio contrato estableció que los desembolsos del avance de la obra se harían con actas parciales firmadas por el contratista, el interventor y el supervisor. Pese a ello, el mandatario local certificó el cumplimiento sin soportes de verificación de las obras.
El fallo de primera instancia puede ser apelado por los funcionarios, ante la personera de Bogotá.
El Comité Distrital de Lucha contra la Corrupción CDLCC realizará mañana miércoles 24 de abril la Audiencia Pública “Control a la calidad del aire en Bogotá” como un espacio para discutir los avances de la gestión ambiental implementados por la Administración Distrital frente al mejoramiento de la calidad del aire en la ciudad.
El Comité, creado bajo el Acuerdo 202 de 2005 e integrado por la Veeduría Distrital (actual Secretaría Técnica), la Contraloría de Bogotá y la Personería de Bogotá, convocó a representantes de la academia, el sector privado, la Administración Distrital y la ciudadanía para discutir los logros y retos de la ciudad dirigidos a disminuir las concentraciones de los contaminantes atmosféricos emitidos por las fuentes fijas y móviles que utilizan combustibles fósiles, las cuales afectan la salud de los ciudadanos y deterioran el ambiente de la capital del país.
Para que la ciudadanía haga control social sobre la calidad del aire en Bogotá, la Veeduría Distrital entregó el Informe “Balance de logros y retos de ciudad: Bogotá 2016- 2018” que registra retos importantes como: el aumento de controles de fuentes móviles y el desarrollo de las acciones conducentes a la reducción permanente del material particulado en la ciudad. El documento resalta avances como la ampliación de la cobertura de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogotá RMCAB y la creación de la aplicación móvil para el cálculo del Índice Bogotano de Calidad del Aire IBOCA que le permite a la ciudadanía suministrar información en tiempo real con el fin de contribuir a la toma de decisiones en materia ambiental.
Otra herramienta que publicó la entidad de control preventivo para la ciudadanía, es la Nota Técnica “Contaminación atmosférica y calidad del aire en Bogotá D.C.”, en la que precisa que por ser las fuentes móviles las que más aportan contaminantes a la atmósfera de la ciudad, se hace oportuno promover, en el marco de la licitación de la flota de Transmilenio fase I y II, la inclusión de tecnología de baja o cero emisiones para cambiar la composición de la actual flota, que en el mejor de los casos llega a Euro V (sin contar con los híbridos de la Carrera Séptima, el articulado eléctrico y el biarticulado a Gas Natural Vehicular GNV, que en términos comparativos tiene un porcentaje muy pequeño en tamaño de flota).
En similar sentido la Personería de Bogotá, en mayo de 2018, hizo más de 50 reparos a los proyectos de pliegos de las licitaciones para el suministro de buses y operación de las fases I y II de Transmilenio, incluido el tema ambiental. En noviembre del año pasado, se anunció una indagación preliminar contra servidores públicos del Distrito, por posibles irregularidades en la licitación al priorizar el tema económico sobre el ambiental. En ese mes se presentó una serie de observaciones al proyecto de pliego del proceso abreviado de adquisición de buses biarticulados y operación del patio de Las Américas, por la limitación a la participación de tecnologías limpias.
A la Audiencia Pública asistirán la personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda; el veedor Distrital, Jaime Torres-Melo y el contralor de Bogotá, Juan Carlos Granados. Por parte de la academia, se contará con la participación del profesor Asociado de la Facultad de Medicina de la Universidad de los Andes, Luis Jorge Hernández Flórez y la Administración Distrital estará representada por los secretarios Distritales de Ambiente, Francisco Cruz Prada; de Salud, Luis Gonzalo Morales y de Desarrollo Económico, José Andrés Duarte; la gerente General de Transmilenio, María Consuelo Araújo y por la directora del Jardín Botánico de Bogotá, Laura Mantilla, entre otros miembros del gabinete.
El evento tendrá lugar en el auditorio de la biblioteca pública El Tunal Gabriel García Márquez, ubicada en la calle 48b sur # 21-13 desde las 8:00 a.m. del miércoles 24 de abril.
La Personería de Bogotá solicita se aplique el Código Nacional de Policía y se suspenda la operación a la empresa Teleférico Monserrate S. A., medio de transporte para llegar al Cerro de Monserrate, por no cumplir requisitos de seguridad y operatividad.
Falta de documentación y requisitos de funcionamiento fueron los hallazgos del Ministerio Público Distrital y las autoridades locales, en reunión de gestión de riesgo y como seguimiento a los hechos ocurridos el 24 de diciembre de 2018 en el Teleférico, en la que se solicitó la documentación para su operación encontrándose inconsistencias en cumplimiento de normas de sanidad y seguridad, además de no presentar documentos vigentes, como el de Sayco Acinpro.
También se evidenció que pese a que cuentan con concepto favorable del plan de emergencias por parte de Bomberos (UAECOB) el día de la emergencia, no hubo atención por parte de los brigadistas, ni funcionarios responsables de la operación para un correcto plan de evacuación, ni de atención a heridos, ya que esto lo asumió la Policía Nacional.
En consecuencia, la Personería de Bogotá solicita el cierre preventivo del teleférico, ya que se debe garantizar la seguridad de los turistas, visitantes, deportistas, trabajadores, y de la comunidad en general que visita este emblemático lugar de la capital.
Unidades del CTI y la Policía, con el acompañamiento de la Personería de Bogotá, dieron captura al docente John Alexánder Mena Mena del Centro de Atención Especializado El Redentor, por supuesto tráfico de estupefacientes al interior del lugar.
Según las autoridades, el capturado y otros ciudadanos presuntamente conformaban una organización dedicada a la comercialización de sustancias psicoactivas al interior del Centro. El operativo fue solicitado por el ICBF.
El docente será acusado de concierto para delinquir agravado en concurso con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
También fueron conducidos para su judicialización, dos jóvenes por nuevos presuntos delitos cometidos al interior de El Redentor. Adicionalmente, fueron incautadas armas y sustancias psicoactivas.
El operativo, que se efectuó con 25 agentes del CTI de la Fiscalía, miembros del Esmad, Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF y la Procuraduría General de la Nación, atendió las solicitudes realizadas por la Personería en el sentido de tomar medidas ante los graves problemas que se vienen presentando en el manejo del sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 12 años a la alcaldesa de Fontibón, Johanna Paola Bocanegra Olaya por irregularidades en la contratación por $9.594 millones con Fonade, para la intervención de la malla vial, espacio público, interventoría y el mobiliario de la sede de la Alcaldía Local.
La mandataria, el 29 de noviembre de 2016, inició un proceso licitatorio para adjudicar el contrato de obra, pero incluyó en el pliego de condiciones definitivo un formulario de propuesta técnica y económica que no correspondía con el estudio de mercado ni con el anexo técnico del pliego de condiciones.
A pesar de que intentó subsanar las inconsistencias con una resolución del 12 de diciembre de 2016, los problemas persistieron, al punto que revocó la apertura de la licitación pública, por $8.119 millones, situación que evidenció la falta de planeación.
Luego suscribió un contrato interadministrativo, el 28 de diciembre de 2016, con Fonade por $9.594 millones, incluido el pago de una cuota de gerencia del 10% correspondiente a $954 millones, sin que en los estudios previos se hiciera el análisis de la necesidad y conveniencia de contratar una gerencia del proyecto.
Demoras
La mandataria fue citada a audiencia para presentar descargos el 11 de enero de 2018, pero no asistió. A lo largo del presente año se necesitaron 31 citaciones hasta el 11 de diciembre para continuar con el proceso disciplinario verbal.
La investigada no asistió en 14 ocasiones a la citación a audiencia y sus abogados defensores en 12 ocasiones. 8 veces ni la mandataria ni abogados asistieron y en 8 citaciones dicen que la alcaldesa no concurre por incapacidad médica, pero en 2 de ellas no anexa certificación. Se verificó con la Secretaría de Gobierno y ninguna de las incapacidades médicas fue presentada ante esa entidad para justificar alguna ausencia laboral.
También varios ciudadanos informaron y adjuntaron copias de videos de la mandataria hablando en dos eventos, al parecer, durante los días que dijo que no podía asistir por no tener voz para hablar.
Durante el proceso, la defensa presentó 4 solicitudes de nulidad, una recusación y una acción de tutela. La mandataria tuvo 5 abogados.
La Personería enviará copias del proceso a la Fiscalía para que se investigue si la disciplinada incurrió en un delito en contra de la recta administración de justicia por las maniobras ejecutadas a lo largo del proceso.
Adicionalmente se ordenó compulsar copias en contra del apoderado Antonio Luis González por presuntas maniobras dilatorias y faltas a los deberes como abogado.
La decisión de primera instancia puede ser apelada ante el despacho de la personera de Bogotá.
La Personería de Bogotá solicitó a las Junta Administradora Local de Fontibón (JAL) aplicar sin demora la sanción de destitución e inhabilidad por doce años al edil, Ómar Angulo Torres, en fallo de segunda instancia, por influir indebidamente en los miembros de Policía para evitar el cierre de un restaurante-bar.
La investigación determinó que el 27 de agosto de 2016, cuando las autoridades procedían a sellar en forma temporal ese establecimiento de comercio por no tener los documentos al día, se identificó con el carné de edil de Fontibón y pidió una “colaboración” a los agentes de la Policía para no cerrar el local.
Con la conducta el edil influyó en forma indebida y trató de persuadir a las autoridades para evitar el sellamiento del negocio, deesta manera, trasgredió el principio de moralidad en la Administración Pública.
Al implicado se le probó que realizó actos tendientes a influenciar irregularmente en el proceder de los agentes de Policía, para que tuvieran en cuenta su condición de edil de la JAL de Fontibón y no cumplieran sus obligaciones.