Más de 400 funcionarios de la Personería de Bogotá, con el acompañamiento y apoyo de la autoridad ambiental, realizarán la “Gran Siembratón 20/20”, en forma simultánea en las 20 localidades de la Ciudad, el próximo sábado 20 de octubre a partir de las 10 de la mañana.
Más de 1.000 árboles serán sembrados junto con la Secretaría de Ambiente y el Jardín Botánico. De las 16 especies, las que más se plantarán son: roble, chicalá, pino romerón y guayacán de Manizales, cedro, siete cueros, carbonero rojo, buganviles, entre otros.
“La jornada busca dejar unas semillas de vida, que permitan oxigenar la Ciudad y contribuir a la recuperación del medio ambiente capitalino”, dijo la Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar.
A cada localidad serán asignados funcionarios de la Personería, quienes previamente han contado con la autorización y apoyo de los alcaldes y los referentes ambientales del Distrito, con el fin de establecer el sitio, especie y cantidad de árboles permitidos, de acuerdo con la ubicación en la Ciudad.
Para acompañar la jornada se recuerda no llevar plantas ni árboles, pues sólo habrá siembra en los lugares autorizados previamente y de las especies que reúnen las características técnicas avaladas por las autoridades ambientales.
La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años a William Guillermo Jiménez Agudelo, rector de un colegio distrital de la localidad de Bosa, por acoso sexual contra una alumna menor de edad de octavo grado.
Según una investigación del órgano de control, el funcionario, abusando de su calidad de directivo y valiéndose de su superioridad y autoridad, le ofreció dinero a la estudiante y manoseó sus partes íntimas.
El caso se presentó a comienzos de 2014, cuando la niña pidió al rector el cambio de curso a otro del igual nivel, situación que el funcionario aprovechó para acercarse a la alumna y empezar el acoso sexual.
De acuerdo con la investigación, el rector sacó de clases en varias ocasiones a la joven para llevarla a su oficina, con la disculpa de realizar el trámite de la firma de su traslado de curso. Durante esas ‘reuniones' le hizo tocamiento y le dio dinero para las onces, hasta que la menor decidió presentar la queja en la Coordinación del Colegio y ante las autoridades, con la ayuda de su progenitora.
Por estos hechos el rector fue vinculado a una investigación penal y fue trasladado a la Dirección Local de Educación de Bosa (DILE).
El fallo de la Personería podrá ser apelado por el directivo docente, ante la personera de Bogotá.
La Personería de Bogotá revisó la situación de 338 parques de bolsillo de los 1.601 registrados por las autoridades distritales, determinando que 178 no tienen contrato vigente para su mantenimiento, no hay un inventario actualizado del número de ellos, ni de su estado y en muchos casos se desconoce el uso que se les está dando.
La falta de inventario de los parques de bolsillo (áreas libres inferiores a 1.000 metros cuadrados destinadas para la recreación), impide elaborar una planeación seria para su mantenimiento e inversión.
Estado real
De los 178 parques sin contrato, 47 están sin delimitación o señalización que los identifique como espacios públicos destinados para la recreación, 49 parques tienen el mobiliario en muy mal estado, 16 están siendo usados como parqueaderos de vehículos por parte de particulares y 5 se encuentran bajo cerramiento o controles de acceso, convirtiéndolos en parques privados.
Otros 61 parques presentan un acelerado deterioro, de ellos, 49 tienen el mobiliario en un muy mal estado, en muchos casos, convirtiéndose en sitios inseguros, que son usados para el consumo de estupefacientes.
No saben cuántos hay
El inventario de parques del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD) no está actualizado ni coincide con el registro que tienen los Fondos de Desarrollo Local. Tampoco concuerdan, en algunos casos, las direcciones, áreas y su estado, lo que impide hacer un seguimiento riguroso de sus necesidades.
Se requiere la reclasificación del uso de estos espacios, toda vez que están ubicados en senderos peatonales, en frentes de viviendas, donde son usados para el ingreso de vehículos y presentan interrupción en las zonas verdes por la construcción de espacios con otros fines.
Presupuesto
El Ministerio Público Distrital evidenció falta de planeación por parte de las alcaldías locales para la priorización del mantenimiento de los parques, pues no hay coherencia entre los diagnósticos y sus necesidades. La falta de planeación hace que los recursos se destinen en su gran mayoría a la construcción de parques nuevos, dejando sin recursos el mantenimiento de los existentes intervenidos en vigencias anteriores.
Existe un presupuesto de $279.820 millones para la vigencia 2017-2020, para el mantenimiento de los parques, de los cuales sólo se ha usado el 25,8%, es decir, $72.278 millones.
De acuerdo con los hallazgos encontrados, en los 19 fondos de desarrollo local del Distrito se inició una indagación preliminar para determinar a los posibles responsables del descuido en el manejo de estos espacios de recreación.
La Personería de Bogotá encontró que las inspecciones de policía de la ciudad tienen más de 116.000 expedientes sin resolver, generando un represamiento administrativo que no permite la implementación adecuada del Código de Policía y Convivencia, ni cumplir con su función de resolver los conflictos entre vecinos que ocurren en la Capital.
Al mes de junio laboraban 61 inspectores de policía para cubrir los requerimientos de la ciudad, lo que representa el 76%, contrario a los 80 que debían operar permanentemente, según el Decreto Distrital 606 de 2017.
Cada inspector tiene en promedio entre 780 y 3.000 procesos por resolver, cifra que se hace de difícil manejo y va en contravía de los principios de celeridad y eficacia.
El Ministerio Público Distrital halló que los inspectores de las 18 localidades, excepto Sumapaz y Candelaria, tenían asignados 60.312 comparendos para resolver. Adicionalmente, tienen 56.597 procesos de asuntos que ya tramitaban y otros que les fueron asignados en virtud del Código de Policía y Convivencia. Ahora las inspecciones manejan querellas por infracción al régimen urbanístico (construir sin licencia o por fuera de ella) y establecimientos de comercio.
De igual manera, constató que no todas las Alcaldías Locales realizan el reparto oportuno de los comparendos hacia las Inspecciones de Policía. Solo en la localidad de Bosa, en los primeros 6 meses del año existen 3.000 de ellos radicados sin direccionar.
Además, se pudo evidenciar la existencia de fallas en la plataforma tecnológica “Si Actúa II”, los inadecuados espacios físicos y tecnológicos para el desarrollo de audiencias públicas, instalaciones inapropiadas, y la falta de recurso humano que se traduce en exceso de carga laboral.
Vulneración al debido proceso
Se detectaron falencias por parte de la Policía al no orientar al ciudadano infractor acerca de la posibilidad de interponer los recursos de ley y los términos que tienen para presentarlos, así como inconsistencias en el procedimiento que dejan muchas veces al infractor sin posibilidad de defensa.
Ante la falta de un criterio unificado sobre el procedimiento y el modo de notificación de los comparendos, la persona infractora no puede conocer desde el momento que empieza a regir la multa, aumentando día a día, lo que estaría afectando el patrimonio de esa persona.
La situación se agrava al conocerse que las audiencias públicas donde las inspecciones de policía citan al presunto infractor, están siendo programadas entre 3 a 12 meses por el represamiento administrativo, lo cual va en contravía de los 5 días siguientes a la medida, que establece el Código de Policía y Convivencia.
Recomendaciones
La Personería hizo un llamado a la Secretaría de Gobierno y al Consejo Superior de la Judicatura a tomar acciones urgentes para evitar que se deniegue el derecho a la justicia de los presuntos infractores, tras la desmedida saturación administrativa de las Inspecciones de Policía.
Así mismo, sugiere la unificación de lineamientos administrativos, en la asignación, notificación y toma de decisiones sobre los comparendos, donde se involucre a la ciudadanía, uniformados de la policía, alcaldías locales e inspecciones de policías.
La Personería de Bogotá encontró 14.838 derechos de petición en las alcaldías locales sin contestar, la mayoría recibidos, de enero 2016 a junio de 2018, lo que evidencia un gravísimo nivel de atraso, por una presunta negligencia y desorden en la gestión pública.
Incluso se encontró un derecho de petición del 31 de agosto de 2009, es decir, de hace nueve años, aún sin contestar, de la Alcaldía de Suba.
La Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar hizo un llamado de atención urgente al Secretario de Gobierno para que se adopten correctivos inmediatos que permitan a los ciudadanos obtener las respuestas de la Administración en los términos que la Ley establece, sin perjuicio de la sanción disciplinaria que esta omisión pueda generar.
Atendiendo las reiteradas quejas de los capitalinos por la vulneración al derecho fundamental de petición, el Ministerio Público Distrital no solo revisó el tema, sino que solicitó una solución inmediata y respuestas de fondo para las solicitudes de los ciudadanos.
En la localidad de Suba están sin contestar 6.591 en total, 4.231 en el 2016, 1.314 en 2017 y 1.046 en lo corrido de 2018. Las otras localidades con más atraso son Usaquén 2.734, Kennedy 1.199; Chapinero, San Cristóbal y Santa Fe tienen más de 600 sin respuesta. Las menos congestionadas son Puente Aranda con 4, Tunjuelito con 10, y Sumapaz con 1.
En Suba en promedio reciben 250 derechos de petición diarios, en Kennedy 200, en Chapinero 150, Teusaquillo 100, Santa Fe 90, Rafael Uribe 50, La Candelaria 40, Usaquén 38 y Tunjuelito 30. Los que menos solicitudes diarias reciben son Sumapaz 1, Fontibón y Bosa 5 cada uno, Barrios Unidos y Antonio Nariño 8, Los Mártires y San Cristóbal 10, Engativá 11 y Usme, al igual que Puente Aranda 12.
Con la vigilancia de la Personería de Bogotá, el Distrito realizó las elecciones de 19 Consejos Locales de Propiedad Horizontal, el 30 de septiembre, que contó con la participación democrática de cerca de 2.000 capitalinos.
Las elecciones fueron organizadas por el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC), Secretaría de Gobierno y alcaldías locales en todas las localidades, excepto Sumapaz que es eminentemente rural.
En la jornada el Ministerio Público Distrital veló por el derecho de los ciudadanos a participar en la integración de estos Consejos Locales, elegidos por dos años.
Los Consejos Locales de Propiedad Horizontal son una instancia de participación ciudadana de carácter consultivo y asesor de la administración local y están conformados por un representante de la Alcaldía Local, la Secretaría de Seguridad, el IDPAC, un inspector de Policía y los delegados de las comunidades elegidos.
La Personería apoya estos espacios de democráticos de participación efectiva de la comunidad para mejorar la convivencia de los capitalinos.
La Personería de Bogotá formuló cargos y citó a audiencia pública a los exalcaldes de Kennedy César Henry Moreno Torres y Juan Felipe Zapata Álvarez, por presuntas irregularidades en un contrato de obra pública de $541,9 millones, para la adecuación de la zona de manejo y preservación ambiental del humedal La Vaca.
De acuerdo con las normas, todo contrato de obra producto de una licitación pública debe tener una interventoría independiente, que adelante el seguimiento técnico a la ejecución.
En el contrato, de diciembre de 2015, se incluyó en una de sus cláusulas la obligación de contar con un interventor para vigilar la adecuación ambiental del predio Monte Verde, contiguo a ese humedal, con el fin de mitigar las presiones actuales sobre el ecosistema.
Sin embargo, el contrato se inició, ejecutó y pagó, al parecer, sin interventoría externa, desconociendo los principios de la contratación estatal. Además, una cláusula del propio contrato estableció que los desembolsos del avance de la obra se harían con actas parciales firmadas por el contratista, el interventor y el supervisor del contrato. Pese a ello, el segundo mandatario local, al parecer, modificó el contrato y certificó el cumplimiento para realizar el pago sin un informe técnico.
De esa forma, los dos exalcaldes deberán responder por participar en la actividad contractual, posiblemente sin vigilar la correcta ejecución al no contar con un interventor.
Los funcionarios deberán presentarse a la audiencia pública para rendir versión libre y descargos por una falta que fue calificada inicialmente como gravísima.
La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, puso en evidencia la falta de un marco normativo consistente para el control efectivo a la implementación de las nuevas tecnologías en el servicio de taxis que ordenó adoptar el Distrito.
La jefe del Ministerio Público Distrital, en el Concejo de Bogotá, recomendó a la Secretaría de Movilidad no implementar la medida hasta tanto se resuelvan las inquietudes planteadas frente la puesta en servicio de las nueva tecnología, y el Ministerio de Transporte culmine la expedición de la reglamentación que corrige los errores de la Resolución 2163 de 2016, como lo ordenó el Consejo de Estado.
Indicó que se desconoció el concepto previo establecido en las normas, que debe rendir la Superintendencia de Industria y Comercio sobre los proyectos de regulación que puedan tener incidencia sobre la competencia en los mercados, es decir, se creó una competencia desleal a los taxímetros, pues no hay como controlar la nueva tecnología. Como se recordará, el alto tribunal levantó la medida cautelar que suspendió la implementación de las tablets, pero aclaró que la dejó supeditada al trámite de una nueva resolución, para lo cual dio un plazo de seis meses.
La personera dijo que no son claras las acciones que desarrollará la Administración para prevenir el hurto de estos dispositivos y si las compañías aseguradoras estarían dispuestas a brindarles cobertura.
También se preguntó por las dificultades que pueden surgir del difícil acceso y baja cobertura de internet móvil en algunas zonas de la Ciudad, lo cual afectaría la implementación del nuevo sistema.
Sin control
De acuerdo con un análisis de la Personería, no existe una sanción para los conductores de taxis que no adquieran las nuevas tecnologías, la infracción C-18 establecida en el Código Nacional de Tránsito, que la Secretaría de Movilidad aplicará, pues ésta sólo hace referencia a los taxímetros. La norma dice: “Conducir un vehículo autorizado para prestar servicio público con el taxímetro dañado, con los sellos rotos o etiquetas adhesivas con calibraciones vencidas o adulteradas o cuando se carezca de él, o cuando aún teniéndolo, no cumpla con las normas mínimas de calidad y seguridad exigidas por la autoridad competente o este no esté en funcionamiento, además el vehículo será inmovilizado”.
Adicionalmente, para la Superintendencia de Industria y Comercio las tablets no son consideradas taxímetros, no se encuentran sujetas a control metrológico y están en contravía de la norma que la autoridad de tránsito pretende implementar para la aplicación de sanciones.
Pero eso no es todo. Hasta el momento no se conocen los mecanismos o procedimientos establecidos por la Secretaría de Movilidad para prevenir la manipulación o alteración de las aplicaciones autorizadas y de los dispositivos electrónicos tipo tablet. Tampoco se ha definido qué entidad se encargará de vigilar, controlar y auditar la operación de las nuevas plataformas tecnológicas.
¿Sin socialización?
A la fecha, 5.249 vehículos tienen instalado el sistema de cobro de plataforma tecnológica, de los 49.842 taxis legales que existen en la Ciudad, situación que deja en evidencia que la medida no ha sido socializada ni aceptada por parte del gremio de taxistas. El 95% de los taxis tiene cilidraje menor a 1500 c.c. situación que incumpliría el Decreto 2297 de 2015 que reglamenta la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en el nivel básico y de lujo.
La Personería advirtió sobre la necesidad de informar, difundir y capacitar de manera práctica a los usuarios sobre el funcionamiento de las nuevas plataformas tecnológicas, para garantizar el acceso a la población de adultos mayores y personas en condición de discapacidad.
Taxímetros y costos
El Plan de Gestión Social para los fabricanes de taxímetros ha sido rechazado por ellos, al considerar que no fue estructurado en un proceso de caracterización que determinara el valor económico de sus establecimientos de comercio y, por ende, el monto de afectación, con el fin de ser indemnizados.
De acuerdo con el gremio de taxistas, las tarifas tendrán un incremento derivado de la implementación de las nuevas plataformas, que será trasladado al usuario. De esa manera, se puede afectar la economía de quienes utilicen el servicio y el aumento de tarifas podría incentivar el uso de plataformas tecnológicas que prestan el servicio de manera ilegal.
Finalmente, la ilegalidad y competencia desleal en la prestación del servicio por parte de aplicaciones tecnológicas como Uber y Cabyfy, entre otras, que operan bajo un vacío normativo y sin control efectivo, causan una afectación económica grave a los taxistas que prestan sus servicios en la legalidad, pues ellos deben asumir costos de operación como seguros, rodamientos y el cupo del vehículo.
La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años a la exsecretaria distrital de Integración Social Teresa Muñoz Lopera, por irregularidades en un proceso de contratación del suministro de bienes para la protección integral a personas adultas con discapacidad mental.
De acuerdo con la investigación, la Secretaría de Integración Social suscribió un convenio de asociación por más de $971 millones con la Fundación para la Salud, la Bioética y el Medio Ambiente (FUNSABIAM), eludiendo el proceso de convocatoria pública, en contravía de lo dispuesto en las normas de contratación estatal.
Según el convenio, la Secretaría Distrital aportaba la suma de $893,6 millones y la Fundación $77,7 millones. El plazo de ejecución fue de once meses contados a partir del acta de inicio, suscrita el 31 de enero de 2013.
La exfuncionaria contrató con FUNSABIAM para aunar esfuerzos administrativos y técnicos, orientados al mejoramiento de la calidad de vida y la garantía de los derechos de esos adultos discapacitados.
Según el fallo, con la firma del convenio se eludieron los principios de transparencia, publicidad y selección objetiva de la contratación estatal. Además, se determinó que, en realidad por la naturaleza de las obligaciones del contrato, suministro de bienes, éste no cumplió con las condiciones para la suscripción directa de convenio y debía ser abierto un proceso de selección pública para escoger la mejor propuesta para la Secretaría.
Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, que al ser solicitado sería resuelto en segunda instancia por la Personera de Bogotá.
La Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar solicitó al Consejo de Justicia Distrital dar prioridad y celeridad al expediente por ocupación irregular del espacio público en los parqueaderos sur y norte de la Unidad Deportiva de El Campín.
La petición la realiza teniendo en cuenta que son bienes de uso público que gozan de una garantía constitucional especial y están dedicados a la satisfacción del interés general y utilización colectiva.
En su solicitud, la jefe del Ministerio Público Distrital dice que se evalúen las condiciones especiales del caso y autorice el adelanto del turno del expediente para su estudio, con el fin de acelerar la decisión definitiva del importante bien.
Luego de la decisión de primera instancia que demoró seis años, la Alcaldía Local radicó el expediente el 21 de agosto del presente año, en el Consejo de Justicia Distrital para el pronunciamiento de segunda instancia.
La querella fue iniciada en la Alcaldía Local de Teusaquillo en el año 2012, por una contravención a las normas que regulan el espacio público. El fallo de primera instancia declaró contraventor de las normas al ocupante irregular del terreno.