Artículo 32.- Subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos. La Subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos, dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera, y tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Coordinar la ejecución de los lineamientos de adquisición, conseNación, mantenimiento y dotación de la infraestructura física de la Entidad.
2. Coordinar y controlar las actividades administrativas relacionadas con el manejo de los bienes y la administración de seNicios generales, de vigilancia, mantenimiento, transporte, cafetería y demás requeridos en la Entidad.
3. Coordinar, controlar y hacer seguimiento a las actividades relacionadas con los seguros y garantías que amparan los bienes muebles e inmuebles de la Entidad.
4. Formular e implementar estrategias para el trámite oportuno de correspondencia interna y externa de la Entidad y el cumplimiento de las normas, procedimientos y sistemas establecidos.
5. Coordinar el desarrollo y la operación del proceso de gestión documental a través de las herramientas y aplicativos institucionales.
6. Coordinar la elaboración y actualización del inventario de bienes muebles e inmuebles, y elementos de consumo de acuerdo con las normas vigentes.
7. Coordinar la elaboración, implementación y actualización de los instrumentos técnicos archivísticos de acuerdo con las normas aplicables y las políticas institucionales.
8. Administrar las actividades relacionadas con almacén y suministro de elementos requeridos por las diferentes dependencias de la Entidad.
9. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Artículo 30.- Modificación de la denominación de la Subdirección de Contratación. La nueva denominación quedará así: Subdirección de Gestión Contractual y dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera.

Artículo 31.- Subdirección de Gestión Contractual. La Subdirección de Gestión Contractual, tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad.
2. Gestionar los procesos contractuales en cumplimiento del Manual de Contratación de la Entidad y la normatividad vigente
3. Coordinar con las diferentes dependencias la gestión contractual, de acuerdo con los procesos y procedimientos vigentes.
4. Coordinar la evaluación técnica, económica y financiera de las propuestas presentadas por los oferentes en los diferentes procesos y modalidades de contratación.

5. Registrar de manera oportuna los contratos celebrados por la entidad en los sistemas de información establecidos para tal fin por las entidades distritales y nacionales.
6. Preparar y presentar los informes de la dependencia, solicitados por la alta dirección.
7. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Artículo Contabilidad 33.-Modificación Tesorería. de la denominación de la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad  y La nueva denominación quedará así: Subdirección de Gestión Financiera, y dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera.

Artículo 34.-Subdirección de Gestión Financiera. La Subdirección de Gestión Financiera, tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad.
2. Coordinar con la Dirección Administrativa y Financiera la formulación de las políticas y planes sobre presupuesto, contabilidad y tesorería, de acuerdo con la normatividad vigente.
3. Velar por la ejecución y control del presupuesto conforme a las disposiciones legales vigentes y las políticas institucionales.
4. Elaborar y administrar el Programa Anual de Caja, teniendo en cuenta las políticas fiscales y las obligaciones a cargo de la Entidad.
5. Proyectar las solicitudes y actos administrativos para la modificación del presupuesto de la Entidad.
6. Analizar, coordinar y gestionar las actividades relacionadas con la elaboración y presentación de los estados contables e informes complementarios, de acuerdo con la normatividad legal vigente.
7. Dirigir la preparación y presentación de los informes de gestión de la dependencia, dirigidos a la alta dirección de la Entidad y a los organismos de control.
8. Coordinar el proceso de pagos, la verificación de los requisitos de los documentos que soportan los pagos a cargo de la entidad y las actividades relacionadas.
9. Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto anual de la Entidad de acuerdo con los lineamientos internos y externos y con la normatividad legal vigente.

10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Artículo 26.-Dirección de Talento Humano. La Dirección de Talento Humano, dependerá de la Secretaría General, tendrá a car o las si uientes funciones:

1. Administrar el proceso de gestión del talento humano, en lo referente al ingreso, desarrollo y retiro de los (as) funcionarios(as) de la Entidad, en concordancia con las políticas y la normatividad vigente.
2. Administrar los pagos de la nómina de la Entidad.
3. Formular y dirigir el Plan Estratégico de Talento Humano y el Plan Operativo Anual del proceso; así como las estrategias, los planes de acción y demás programas de la dependencia, conforme a la misión y objetivos de la Entidad.
4. Definir y estructurar los indicadores del proceso de gestión del talento humano e identificar, medir y controlar los riesgos del mismo, de acuerdo con las políticas y la normatividad vigente.
5. Dirigir la aplicación de las políticas de la Entidad, respecto a los planes institucionales y programas de: Bienestar, Incentivos y Capacitación; así como del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con las normas vigentes.
6. Dirigir la formulación de las políticas, planes y programas, relativos a la nómina de la Entidad.
7. Implementar el sistema de evaluación del desempeño en la Entidad, de acuerdo con las normas vigentes y los procedimientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
8. Elaborar y actualizar el manual específico de funciones y de competencias laborales de la Entidad, de acuerdo con las políticas institucionales y la normatividad vigente.
9. Diseñar e implementar el Plan Anual de Vacantes de la Entidad, de conformidad con las disposiciones vigentes.

10. Elaborar los informes relacionados con el proceso de gestión del talento humano

11. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Artículo 27.- Subdirección de Desarrollo del Talento Humano. La Subdirección de Desarrollo del Talento Humano, dependerá de la Dirección de Talento Humano, y tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Formular y ejecutar los planes institucionales de: Bienestar, Incentivos y Capacitación, de conformidad con las políticas institucionales y las normas vigentes.

2. Participar en la formulación y ejecución de las estrategias, planes de acción y demás programas de la Entidad.

3. Diseñar, administrar y ejecutar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con la normatividad vigente.

4. Coordinar la expedición de los actos administrativos y demás documentos de competencia de la Subdirección, de conformidad con las normas vigentes y los procedimientos establecidos.

5. Gestionar el suministro de bienes y servicios para dar cumplimiento a las actividades establecidas en los planes institucionales de: Bienestar, Incentivos, Capacitación y las del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

6. Coordinar la ejecución de las actividades programadas en los planes institucionales de bienestar, capacitación e incentivos, con la caja de compensación familiar, la administradora de riesgos laborales (ARL) y demás entidades, con el fin de garantizar su cumplimiento.

7. Coordinar la ejecución de las actividades programadas en el Plan Anual de Trabajo del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, con las ARL a las que estén afiliados los (as) funcionarios(as) y contratistas de la Entidad, con el fin de garantizar su cumplimiento.

8. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Informe de la Personería

Hurto de bicicletas aumentó en 429% en tres años. 15 biciusuarios murieron durante los primeros 3 meses de 2019. Cerca del 17% de las ciclorrutas y bicicarriles están en mal o regular estado, mientras que la meta del Distrito de conservación va sólo en 39% de ejecución. Hay varios tramos sin continuidad, inundados, con huecos, sin señalización e iluminación, invasión de vehículos y vendedores informales. Los siniestros viales crecieron en 27% durante el último año. No hay cifras reales de biciusuarios, viajes diarios, zonas ni horarios, desde 2015.

Un aumento del hurto de bicicletas del 429% en los últimos tres años, la muerte de 15 personas en sólo los primeros 3 meses de 2019 por esta causa, ciclorrutas sin continuidad, deficiente estado o iluminación, atraso en la conservación y un crecimiento constante de siniestros viales, ponen a la Ciudad fuera de su propósito de ser la “capital mundial de la bicicleta”, reveló un informe de la Personería de Bogotá.

El órgano de control detectó, además, un nulo avance en el sistema público de bicicletas (préstamo), tanto en el registro público como en el manejo de aquellas abandonadas en los patios de la Secretaría de Movilidad.

Mientras tanto, las cifras negativas de inseguridad y accidentalidad contrastan con la escasa información que posee el Distrito sobre los biciusuarios, que data de 2015 cuando se contabilizaron 635.413 viajes por día. La Administración realizó una proyección de 800 mil viajes diarios, cifra que no tiene sustento, pues no se conoce el número real de biciusuarios, viajes diarios, zonas ni horarios de mayor flujo de personas, situación que no permite focalizar acciones preventivas de seguridad, control y mejora o construcción de infraestructura.

Inseguridad

La Ciudad registra actualmente un aumento del 15% en homicidios cometidos durante el hurto de bicicletas en el primer trimestre del año, respecto al mismo periodo del año anterior, al pasar de 13 a 15. En 2016 se presentaron 1.799 hurtos de bicicletas; en 2017, 3.133 y en 2018 se pasó a 7.732, lo que representa un aumento del 429% en tres años. Estas cifras de la Secretaría de Seguridad coindicen con la encuesta Bogotá Cómo Vamos, que muestra cómo bajó la percepción de satisfacción de los biciusuarios en un 23%.

La estrategia de “bicidenuncias” de la Secretaría de Seguridad, es una medida de criminalización secundaria; no hay registros acerca del número de investigaciones y juicios; tampoco se evidenció en los tramos priorizados presencia de la Policía ni efectividad en los consejos de autocuidado.

En cuanto al control a establecimientos de compra y venta de bicicletas, no existen cifras ni elementos de juicio que permitan determinar la efectividad de la medida; tampoco hay indicadores de evaluación de resultados, ni referentes para implementar medidas de mejoramiento.

El registro único de bicicletas es voluntario y no hay cómo establecer la efectividad de la medida. Existen 13.008 bicicletas inscritas y 25.902 biciusuarios, pero la información no es de acceso público. El registro debería hacerse desde la fabricación, importación y distribución, siendo ésta una oportunidad en cuanto a métodos de identificación y localización de bicicletas hurtadas. En general, de ninguna estrategia implementada se conocen mecanismos para medir el impacto de la gestión.

Infraestructura

Si bien la ciudad ya cuenta con una extensión de 541 kilómetros de vías para ciclistas, existen serios problemas en su estructura y operatividad por la falta de continuidad de los tramos, huecos, carriles en mal estado, sectores inundados, falta de señalización, iluminación y seguridad. Además, invasión de bicicarriles por vehículos, objetos y vendedores informales.

La falta de continuidad se evidenció en la Calle 116 y Avenida Córdoba, Autopista Norte, Calle 26, Calle 13 y sector de La Candelaria. Inundaciones en la Calle 26 y la Carrera 16 entre Calles 53 y 60. Huecos, carriles en mal estado o postes de luz en la Autonorte con 170, Parque Simón Bolívar, Avenida Villavicencio con Primero de Mayo y Eldorado con Carrera 29. Obra inconclusa en la Autonorte con Calle 147, invasión en la Calle 66 con Carrera 15, Avenida La Esperanza con Carrera 69, Parque Simón Bolívar, Calle 148 con Carrera 94, Avenida Boyacá y Timiza. Sin señalización o iluminación, en la Avenida de las Américas desde la Avenida 68 hasta Puente Aranda y Centros Comerciales Titán y Hayuelos.

Según el Distrito, el 16% de la malla vial para las bicicletas se encuentra en regular o mal estado, pero puede haber un subregistro, pues las visitas de la Personería encontraron más de 24 sectores con diversos problemas. Entre tanto, el avance del mantenimiento va sólo en el 39% de ejecución.

Accidentalidad

La participación de los biciusuarios en siniestros viales creció de 1.859 a 2.367 de 2017 a 2018; es decir, un 27%. Los lesionados durante 2017 fueron 1.473 y durante 2018 subieron a 1.940, un 31%, mientras que en sólo los dos primeros meses del presente año hubo 326 lesionados, 63 más que en enero y febrero de 2018. Además, los muertos en accidentes pasaron de 59 en 2017 a 64 en 2018, un 10% más.

Las estadísticas muestran la baja efectividad de la política de “Visión Cero” de la Secretaría de Movilidad, a través de 29 campañas de prevención que adolecen de continuidad, público receptor y medición de resultados.

Sobre la implementación del sistema público de bicicletas, para permitir a los ciudadanos realizar microrrecorridos inferiores a 15 kilómetros para reducir el uso de vehículos en algunos sitios de la Ciudad, se evidencia la falta de planeación en la estructuración del proyecto, al punto que fue declarada la caducidad de un contrato en 2016, una APP presentada fue declinada en 2018 y otra está en estudio. En conclusión, no hay avance.

Artículo 28.- Subdirección de Gestión del Talento Humano. La Subdirección de Gestión del Talento Humano, dependerá de la Dirección de Talento Humano, y tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Administrar la elaboración de la nómina de la Entidad, incluyendo las novedades, descuentos y demás situaciones administrativas y gestionar su pago oportuno, conforme a la normatividad vigente.

2. Gestionar y coordinar las apropiaciones presupuestales relacionadas con los servicios personales asociados a la nómina y aportes patronales al sector privado y público, que permitan atender las obligaciones salariales y prestacionales de los (as) funcionarios (as) de la Entidad.

3. Liquidar y gestionar el pago de la seguridad social y parafiscales a cargo de la Entidad, de acuerdo con las normas vigentes.

4. Expedir las certificaciones laborales y los certificados para bonos pensionales, conforme a la normatividad vigente.

5. Gestionar el proceso de cobro de las prestaciones económicas ante las entidades promotoras de salud (EPS) y la administradora de riesgos laborales (ARL), derivadas de las incapacidades expedidas a los (as) funcionarios (as) de la Entidad.

6. Atender las solicitudes de información que realicen las entidades distritales, sociedades administradoras de fondos de pensiones y entidades que administran y gestionan recursos del Sistema General de Seguridad Social.

7. Elaborar las liquidaciones y certificaciones de haberes laborales, que permitan cumplir con las obligaciones salariales y prestacionales propias del retiro de los (as) funcionarios (as) de la Entidad, conforme a las normas vigentes.

8. Proyectar la elaboración de actos administrativos relacionados con el pago de los servicios personales asociados a la nómina y aportes patronales al sector privado. y público.

9. Administrar y custodiar las historias laborales de los (as) funcionarios (as) y exfuncionarios (as) de la Entidad, atendiendo las disposiciones vigentes. 

10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y reglamentos. 

En defensa de los derechos de los capitalinos

Se adelantarán acciones conjuntas para velar por la efectividad del derecho de petición y evitar la publicidad engañosa.

La Personería de Bogotá y la Confederación Colombiana de Consumidores firmaron un convenio con el fin de promover la defensa de los derechos de los consumidores y emprender acciones contra la publicidad engañosa, cobro excesivo de intereses, abusos contractuales y situaciones que atenten contra la vida y seguridad del comprador.

La Confederación y la Personería se comprometieron a adelantar labores conjuntas para velar por la efectividad del derecho de petición, orientar a los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades privadas, y, en general, evitar la vulneración de los derechos de las personas que han adquirido un bien o servicio, como lo establecen la Ley 1480 de 2011, o Estatuto del Consumidor, y el Acuerdo Distrital 514 de 2012.

La Personería Delegada para la Defensa de los Derechos del Consumidor, que presta sus servicios en el Centro de Atención a la Comunidad, ubicado en Carrera 43 No. 25b – 17, ha atendido más de 10.000 requerimientos ciudadanos durante los últimos 3 años, y sensibilizado a cerca de 55.000 personas en la Ciudad respecto a los derechos y deberes consagrados en el Estatuto del Consumidor.

Las quejas más frecuentes, en su orden, son: garantías, servicios bancarios, cooperativas y créditos, centrales de riesgo, publicidad engañosa, telefonía móvil y productos que se adquieren por medio de facturas de servicios públicos domiciliarios.

La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar indicó que este convenio se suma a las decenas de acciones que ha liderado la Entidad en aras de apoyar y defender a los ciudadanos que requieran ayuda.

Porque la Ciudad tiene derecho a saber

En el primer grupo, lo hicieron Ciudad Bolívar, Usme, Sumapaz y Tunjuelito. Siguen Santa Fe, La Candelaria, Antonio Nariño, Los Mártires, San Cristóbal y Rafael Uribe Uribe.

Con un ciclo de audiencias públicas, la primera de las cuales tuvo lugar el 4 de abril con un informe de gestión de las personerías de Ciudad Bolívar, Usme, Sumapaz y Tunjuelito, la Personería de Bogotá hará la rendición de cuentas de las 20 localidades de la Ciudad, correspondiente a 2018.

La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, indicó que la rendición se realizará por grupos de localidades, con el fin de lograr estar más cerca del ciudadano, llevar la información de la gestión de primera mano y, además, brindar los servicios del organismo de control. Por tal motivo, se previeron 5 jornadas por grupos de localidades, de acuerdo a su ubicación geográfica.

En la sede de la Subdirección Local de Ciudad Bolívar, barrio Arborizadora Alta, se realizó la primera audiencia. Las 4 jornadas restantes se desarrollarán de la siguiente manera:

Grupo 2. Localidades de Santa Fe, La Candelaria, Antonio Nariño, Los Mártires, San Cristóbal y Rafael Uribe Uribe, el 11 de abril en el auditorio de la Escuela Normal Superior María Montessori, Calle 14 Sur No. 14 – 20.

Grupo 3. Usaquén, Chapinero, Barrios Unidos, Teusaquillo y Puente Aranda, el 25 de abril en el salón Antioquia del Club Social La 40, Diagonal 40A No. 14 – 35.

Grupo 4. Suba, Engativá y Fontibón, el 2 de mayo en el Instituto Técnico Industrial Francisco José de Caldas, Carrera 68F No. 63B – 02.

Grupo 5. Kennedy y Bosa, el 9 de mayo en el INEM Francisco de Paula Santander, Carrera 38C Sur No. 79 – 08.

Finalmente, la Personería hará una rendición general de cuentas el 16 de mayo en el salón Presidente del Centro de Alto Rendimiento del IDRD, ubicado en la Calle 63 No. 79 – 08. Todas las jornadas se desarrollarán abiertas al público en general y serán transmitidas vía streaming por Facebook Live, a través de la cuenta oficial de la Personería de Bogotá.

Con acción de tutela

Juez atendió solicitud de medida provisional, para proteger mínimo vital y derecho al trabajo de 30 familias. Distrito programó recuperación de espacio público, al parecer, sin brindar alternativas de reubicación, como lo establece la Corte Constitucional. Desalojo estaba previsto para los primeros días de abril.

Una tutela elaborada por la Personería Distrital logró que el juzgado Quinto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá, ordenara a la Alcaldía Local de Engativá suspender de manera inmediata la diligencia de desalojo de 30 artesanos ubicados en el espacio público de la Transversal 94L con Calle 80.

La decisión del juez atendió una solicitud de medida provisional contenida en una tutela preparada por el Organismo de Control y presentada por Carlos Alirio Soacha Mora, artesano y vendedor informal.

La diligencia de recuperación del espacio público fue programada por la Alcaldía Local de Engativá para la primera semana de abril de 2019, pero el juez suspendió la medida por desconocer la Administración local los lineamientos de la Corte Constitucional frente a la reubicación de los vendedores informales, que son ciudadanos objeto de protección especial. Al parecer no les fueron brindadas a los artesanos y vendedores estacionarios, alternativas de reubicación ni de formalización.

La orden del juez deberá ser cumplida so pena de incurrirse en desacato, ante el inminente peligro de desconocer el mínimo vital y el derecho al trabajo de las familias que derivan su sustento de esta actividad.

La tutela fue presentada contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Instituto para la Economía Social (IPES), la Alcaldía Local de Engativá, el Departamento Administrativo de la Defensoría de Espacio Público y la Policía Metropolitana.

La acción constitucional será fallada en los próximos días en primera instancia. Mientras tanto, la Administración deberá demostrar que está cumpliendo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional para estos casos.