La Personería de Bogotá determinó que cuatro meses después de iniciado el nuevo esquema de recolección de basuras en la ciudad, aún se presentan graves deficiencias en la prestación del servicio, especialmente al oriente de la ciudad.
El Ministerio Público Distrital recibió en los últimos días, 190 peticiones de los capitalinos, la mayoría de las localidades de Santa Fe y San Cristóbal, que denuncian recolección de residuos en volquetas, transporte de basuras aprovechables afectando a los recicladores, ausencia de rutas y frecuencias de recolección, ausencia de elementos de protección personal de los trabajadores que manejan los desechos e ineficiente prestación de los puntos críticos con residuos mixtos.
Se encontró que Promoambiental, pese a que tiene la mayor área concesionada (Usaquén a Sumapaz), cuenta con 960 trabajadores y 77 vehículos; mientras que Lime con una extensión 50% menor, tiene 1.700 operarios y un máximo de 107 automotores. Para la Personería la ausencia de la exigencia de una propuesta técnica a los oferentes, durante la licitación, generó este tipo de inconvenientes, pese las advertencias del ente de control.
Tampoco oportunamente fue verificado por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) el plan operativo de los concesionarios, por dos razones. La primera, solo debía ser presentado quince días antes del inicio de operaciones. La segunda, la interventoría fue adjudicada a escasos cuatro días de la nueva prestación del servicio.
Se encontró que ninguno de los operadores tiene a la fecha convenio o acuerdo con alguna de las organizaciones de recicladores, únicamente uno de los cinco prestadores está realizando gestiones para tal fin.
Más incumplimientos
Durante las visitas a las bases de operaciones de los nuevos concesionarios, la Personería encontró una serie de incumplimientos a sus obligaciones. En materia ambiental, no cuentan con permiso y registro de vertimientos vigente, no tienen registro de recolección de aceite primario, ni de residuos peligrosos, entre otros. Algunos de estos trámites debían realizarse antes o al inició de sus operaciones, pues son exigencias legales ambientales que no dependen de los plazos establecidas en el contrato.
El reglamento técnico precisa que todos los vehículos destinados a la recolección de residuos ordinarios debían contar con certificado de emisiones de opacidad, información que no tienen 2 de los 5 operadores.
Además, en todas las bases de operaciones se encontraron residuos en los automotores parqueados, en contravía del reglamento técnico operativo. No hay vestidores para el personal operativo, es inadecuada la señalización de las áreas de trabajo, falta de socialización del programa de gestión de seguridad y salud en el trabajo, entre otros.
La Personería de Bogotá realizó más de 50 preguntas a la Administración Distrital frente a los proyectos de pliegos de las licitaciones para el suministro de buses y operación de las Fases I y II de Transmilenio.
Los interrogantes tienen que ver con el tema de sostenibilidad financiera, tecnología de los motores, infraestructura para el suministro de combustible, disposición de sillas perimetrales, estado de los patios del sistema, empalme de los operadores, adecuación de estaciones para los biarticulados y procesos de contratación independientes de suministro de buses y su operación.
La primera pregunta es precisamente ¿Por qué se dividió en dos el proceso, uno para el suministro de los buses y otro para la operación y mantenimiento de los vehículos? En los prepliegos no se encontraron especificaciones técnicas de los buses, lo que podría generar el suministro de automotores con unas condiciones técnicas inferiores a las requeridas por el operador, ocasionando mayores costos de mantenimiento y diferencias entre el contratista de suministro y el de operación, pudiendo causar perjuicio al sistema y al por ende al usuario. No queda clara la responsabilidad ante un riesgo financiero. Por eso, la Personería recomendó iniciar un proceso contractual que incluya el suministro, operación y mantenimiento de la flota.
Sillas perimetrales
El anuncio de disponer las sillas en forma perimetral (similar a algunos metros), genera más interrogantes: contrario al metro, en los buses la aceleración no es constante y menos el frenado, lo que podría generar accidentes, especialmente por factores externos como intersecciones viales, invasión de carril, paso de peatones, entre otros. El riesgo para los usuarios se incrementa en comparación con la disposición actual de las sillas.
También se presentaría un aumento de peso en el bus, teniendo en cuenta que se genera un pasillo más grande en el que caben más usuarios, lo que ocasionaría un desgaste acelerado del vehículo, especialmente de la suspensión, elevando los costos de mantenimiento y por ende la tarifa al usuario. Afectarían la malla vial de las troncales (que no se encuentra en óptimas condiciones) lo que representaría mayores costos al Distrito para el mantenimiento de los corredores. Movilizar un mayor peso requiere de más potencia y por consiguiente aumenta el consumo de combustible, lo que cierta manera contradice el “incentivo ambiental”, que promulga la Administración.
A la fecha no se tiene conocimiento si la Entidad ya realizó el trámite de homologación ante el Ministerio de Transporte, a fin de que los biarticulados dispongan de sillas perimetrales ¿ni el momento en el cuál se modificaría el manual de operaciones de Transmilenio? y ¿ni tampoco cuánto tardarían dichos procesos?
Patios del sistema
No resulta claro quién es el responsable de las adecuaciones de los patios existentes y la concordancia de éstos con el POT. Así como de los trámites urbanísticos que se requieren para la realización de las obras. Además, al parecer el espacio sería insuficiente para la nueva flota, conformada en su mayoría por biarticulados.
Proceso de empalme
No es posible evidenciar cómo se realizará el empalme de los nuevos operadores con los actuales. La Personería recomienda desarrollar una hoja de ruta para determinar la forma en la cual se dará la transición de la renovación de la flota, a fin de evitar el colapso del sistema, tal y como sucedió cuando se implementó el nuevo esquema de aseo en la ciudad.
Estaciones para biarticulados
La mayor parte de las 138 estaciones del sistema no cuentan con adecuaciones necesarias para los buses biarticulados, hecho importante teniendo en cuenta que el 70% de la nueva flota sería de ésta tipología. Así las cosas, no se tiene certeza del costo total de dichas adecuaciones ni del cronograma de los trabajos necesarios.
Sostenibilidad financiera
La Personería indagó acerca de ¿por qué no se encuentra un valor base para definir la remuneración del operador? Esta situación puede generar incertidumbre con los rangos de oferta económica. No hay claridad en relación a cuántos pasajeros puede llegar a movilizar durante el contrato ni cuántos kilómetros recorrerá en ese plazo. Indica el informe, que la posible puesta en funcionamiento de la primera línea del metro en 2024 y de la Troncal de la Carrera 7, puede absorber gran parte de la demanda de las troncales de la Caracas y Américas, lo que podría afectar la sostenibilidad financiera del sistema, ocasionando un alza de tarifas para el usuario.
Tecnología del motor
La tecnología del motor a utilizar representará un costo de inversión diferencial para cada tipo de bus, el diésel (Euro V) es el más económico, el de gas le sigue en precio y el eléctrico es el más caro, siendo que las propuestas de tecnologías limpias tendrían mayor puntaje dentro del proceso de selección. Sin embargo, no se tiene claridad respecto a la cantidad de biarticulados con tecnologías limpias que actualmente operan a nivel mundial, y por ende, el desempeño de dichos buses en una operación de gran magnitud como la de Transmilenio, sumado al hecho de la altura de Bogotá, que aparentemente juega un papel desfavorable en el rendimiento de dichos tipos de motores.
Infraestructura para el combustible
La infraestructura existente en los patios está enfocada en el suministro de diésel, pero si hay cambio de tecnología del motor, no resulta claro el costo de la infraestructura necesaria para dicho suministro, (gas natural y electricidad), así como tampoco quién sería el encargado de realizar dichas intervenciones, ni la forma en la cual esta inversión económica se vería reflejada en la tarifa al usuario. De acuerdo con los prepliegos, no necesariamente toda la nueva flota tendría el mismo tipo de tecnología del motor, además, del hecho de que no se está renovando la total de la flota actual del sistema, lo cual daría como resultado un sistema con variedad de combustibles, los cuales demandan una infraestructura especial para cada tipo.
La Personería de Bogotá determinó que no hay una implementación clara y actualización de la política pública para proteger los derechos de la mujer ni equidad de género en la ciudad y los mecanismos existentes tampoco se activan o funcionan adecuadamente.
En Colombia, entre 2014 y 2016, se registraron 2.211 feminicidios, de los cuales el 12,57% (278) ocurrieron en Bogotá. En el Distrito, en esos años, por violencia intrafamiliar se presentaron 31.063 casos. En violencia sexual se registran unos 3.000 delitos por año, el 85% de las víctimas son mujeres, siendo las niñas de 0 y 17 años las de mayor riesgo.
Pese a este panorama las mesas de trabajo interinstitucional realizadas por el Ministerio Público Distrital para conocer y analizar las rutas de atención para las mujeres víctimas de violencias evidenciaron el desconocimiento de la oferta institucional. Tampoco existe claridad sobre los espacios intersectoriales de coordinación y articulación de los diferentes actores del tema de violencia contra las mujeres.
Todo a medias
Las directivas de entidades que son parte del Sistema Distrital de Protección para Mujeres Víctimas de Violencia (SOFIA) no acuden y delegan en funcionarios sin poder decisorio. Se debe realizar la difusión de rutas de atención de violencia contra las mujeres, a través de la instalación del botón de enlace en las páginas web de las entidades, sin embargo, se comprobó de 74 entidades sólo 29 lo incluyeron en sus sitios web. Además, no se trata de rutas sino de portafolios de servicios.
Las Comisarías de Familia que funcionan en horario nocturno y los fines de semana no cuentan con los equipos interdisciplinarios completos, además, por la falta de personal y recursos logísticos no realizan el seguimiento oportuno y eficaz a las medidas de protección.
Las mujeres alojadas en las Casas Refugio, una vez terminan el proceso de acogida al no contar, en su mayoría, con redes de apoyo social o familiar, no se les puede hacer seguimiento al sistema de vulnerabilidad. La atención prestada por las profesionales se realiza sin enfoque diferencial y de género, y no se aplica ningún instrumento que permita a las profesionales valorar el riesgo de las mujeres víctimas del conflicto armado.
En el Consejo Distrital de Política Social, durante los años 2016 y 2017, no se trató el tema de violencia contra las mujeres ni se rindió informes sobre el Plan de Igualdad y Oportunidad para la Equidad de Género (PIOEG) en ninguna de las sesiones convocadas.
No hay una ruta clara de empleabilidad y emprendimiento que garanticen el acceso real a oportunidades laborales para las mujeres víctimas de violencia.
El Sistema de Alertas de la Secretaría de Educación para disminuir la violencia contra las mujeres menores de 18 años no opera adecuadamente. No hay medidas de la Secretaría para lograr que los docentes alimenten oportunamente el sistema.
Los Consejos Locales de Seguridad de Mujeres no se reunieron las cuatro veces al año que establece la norma, durante el 2016. Se presentaron dificultades para registrar el estado del presupuesto sensible al género en cada una de las 20 localidades, por falta de un instrumento que permita recolectar y evidenciar dicha información. Los registros muestran que los avances no son suficientes en los derechos fundamentales.
Vida y violencia
Entre 2014 y 2016, hubo 278 homicidios de mujeres en Bogotá, que representa el 12,57% de los ocurridos en el país. El 85% de las víctimas de violencia sexual son mujeres.
La paz y la convivencia
Hasta el primer trimestre de 2018, el Registro Único de Víctimas identificó en el Distrito 351.870 personas afectadas por el conflicto armado, de ellas, 179.315 mujeres.
Salud
En 2014, el 94,7% de las mujeres se encontraban afiliadas al sistema de salud. El 74,1% de las afiliadas están adscritas al régimen contributivo, el 23,1% al régimen subsidiado. Sin embargo, el acceso a los servicios de salud se encuentra muy limitado. El 58% de la población femenina mayor de 40 años no se había practicado una mamografía, y el 82% de las mujeres mayores de 15 años no se habían practicado exámenes de detección de VIH.
Trabajo
Las localidades en las que las mujeres participan en menor medida en el mercado laboral son Puente Aranda con 50,6% y Kennedy con 52,3%, y donde más participan es en Chapinero 59,8% y Suba 58,56%. Para el 2017, la participación de las mujeres en el campo laboral es del 54,4%, en comparación con el 74,6% que registra el DANE para los hombres.
Hábitat y vivienda digna
En el 2014, de 2.437.996 hogares, el 38,1% tiene jefatura femenina. De estos hogares el 42,4% tiene una vivienda propia pagada, el 6,9% aún la están pagando y el 45,2% en arriendo, subarriendo o leasing. Además, el 70,7% de los hogares con jefatura femenina se encuentran en lugares considerados inseguros como Rafael Uribe Uribe y Usme.
Cultura y comunicación
La encuesta Bienal de Culturas 2015 indica que el 41,5% de las mujeres no tienen acceso a internet en sus hogares, el 64,7% no tiene acceso a internet en su lugar de trabajo o estudio, el 81% no tiene habilidades de hablar, leer o escribir bien otro idioma diferente al español.
Educación
En los títulos de educación superior se mantienen los roles de género, predominando las mujeres en las áreas de ciencias de la salud (76% de los títulos otorgados), ciencias de la educación (70%), economía, administración, contaduría y afines (61%).
Participación y representación
La cuota de género en corporaciones públicas no cumple lo establecido en la ley, pese a que el porcentaje del 41,2% para la Cámara de Representantes en 2015-2018 ha sido el más alto. En el Concejo de Bogotá de 45 escaños, se eligen entre 8 a 10 concejalas, de 20 localidades sólo seis son alcaldesas y de las JAL el 22% son mujeres.
La Personería de Bogotá encontró que no se conoce sanción contra algunos de los 1.037 jardines infantiles privados registrados en la ciudad, por incumplir con su labor de atención, fallas en la infraestructura y su operación.
Según el Acuerdo 138 de 2004, el Departamento Administrativo de Bienestar Social, hoy Secretaría de Integración Social, es la entidad encargada de expedir y revocar las licencias de funcionamiento y controlar la adecuada operación de los jardines infantiles de la Capital.
Por su parte, la Secretaría dice que realiza sólo el registro a los jardines infantiles privados que cumplen con los requisitos para la atención de los niños y niñas de cero a cinco años. Además, hace vigilancia, control, seguimiento y pide el acatamiento de los estándares establecidos por las normas, pero que no tiene competencia para sellar o aplicar ningún tipo de sanción.
Si bien Integración Social visitó 855 jardines en 2017, encontrando irregularidades en varios de ellos, a la fecha no hay evidencia de revocatorias de la licencias de funcionamiento.
En el último año, la Personería de Bogotá recibió varias quejas sobre el funcionamiento de jardines infantiles privados en el Distrito Capital, razón por la cual ha encendido las alarmas en esta materia, convocando mesas de trabajo interinstitucionales y consultas con entidades del orden nacional para encontrar soluciones concretas.
También en el Ministerio Púbico Distrital evidenció que en la ciudad existen “salas de cuidadores” para niños y niñas, pero sobre las cuales no hay ninguna regulación legal.
¿Falta de reglamentación?
Desde marzo del presente año, la Personería viene solicitando a la Secretaría de Integración Social sobre su gestión en torno a la problemática, pero se ha limitado a manifestar que para poder tomar medidas falta una reglamentación en relación con estos establecimientos, por parte del Ministerio de Educación, toda vez que la normatividad no es clara y existen vacíos legales. Explica que, así revocara la licencia o el registro del jardín, no existe norma que les permita sellar el establecimiento, de manera que pueden seguir funcionando.
Al preguntar al Ministerio de Educación sobre el tema, informó que está tramitando el acto administrativo que reglamentará el seguimiento y control a los jardines infantiles privados. Mientras tanto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) indicó que la competencia de la vigilancia y control de los jardines es de la Secretaria de Integración Social y que se encuentra estudiando una regulación para poner control a “salas de cuidadores”.
El Ministerio de Justicia y del Derecho certificó que el Centro de Conciliación de la Personería Bogotá, con 14 años al servicio de los capitalinos, fue reconocido como el primero a nivel Distrital y Nacional, al haber tramitado 19.638 solicitudes de acuerdo en el año 2017.
Al Ministerio Público Distrital le fue otorgado este puesto por haber realizado el 16% de las 124.645 solicitudes de acuerdo, registradas por los operadores de la conciliación a nivel nacional. Mientras que a nivel del Distrito realizó el 38% de los 52.216 casos.
La Personería de Bogotá junto con la Universidad Jorge Tadeo Lozano realizará el Foro Distrital “Estado Actual de Reparación a Las Víctimas del Conflicto Armado”, el próximo lunes 7 de mayo de 2018, de 8:00 a.m. hasta las 12:00 m., en el Aula Máxima del alma mater, con el fin de determinar cuál es estado actual de la reparación de víctimas en Bogotá.
El Ministerio Público Distrital revelará que la implementación de las principales medidas de reparación integral a los afectados por el conflicto armado aún está en veremos.
La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar instalará y moderará el foro con los invitados expertos en el tema y quienes nos mostraran el estado real de la reparación de víctimas.
Los conferencistas son:
La vicepresidente de la Corte Constitucional, Gloria Stella Ortiz Delgado, es abogada de la Universidad Externado de Colombia, con especialización en Derecho Constitucional de la Universidad de los Andes, Magister en Derecho Público de la Universidad Externado. Cuenta con más de veinticinco años de experiencia profesional, veintidós de ellos en la Rama Judicial. Ha sido magistrada auxiliar de la Corte Constitucional, del Consejo de Estado y del Consejo Superior de la Judicatura; conjuez del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y asesora del Fiscal General de la Nación.
El magistrado de la Justicia Especial para la Paz (JEP), sección de revisión de sentencias Adolfo Murillo Granados, es egresado de la Universidad Libre de Cali, especialista en derecho penal y constitucional de esa misma institución y doctor en derecho de la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado en la academia como docente de programas de posgrado de la Universidad Libre y es investigador junior de Colciencias.
El magistrado, Eduardo Castellanos Roso, es el vicepresidente de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, es abogado de la Universidad Católica de Colombia, especialista en Derecho Penal y Criminología, Derecho Público, Derecho Público Financiero y Derecho Constitucional. Cuenta con más de 26 años de experiencia profesional en la administración de justicia; se ha desempeñado como Juez de Instrucción Criminal, fiscal Delegado ante los jueces Penales del Circuito, juez Penal del Circuito y, en los últimos 11 años como magistrado de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá.
Daira Quiñones Preciado, líder distrital de víctimas del conflicto armado es maestra étnica y comunitaria, gestora en proyectos colectivos, planes de vida y precursora de la Fundación Arte y Cultura del Pacífico (Fundartecp) defensora de derechos humanos, y actual representante legal de la Asociación Mutual el Desarrollo Integral y el Empresarismo (Red Amdae).
El director general de la Unidad de Restitución de Tierras, Ricardo Sabogal Urrego, es abogado de la Universidad Nacional de Colombia y especialista en economía de la Universidad de los Andes. Su experiencia en el tema de tierras la constituyen los 8 años de trabajo en el Proyecto Protección de Tierras y Patrimonio de la Población Desplazada. Primero, como asesor jurídico, luego como coordinador jurídico, posteriormente, como coordinador de la Línea de Restitución, y por último, como gerente general del proyecto.
El director del Observatorio de Víctimas de la Universidad Libre de Colombia, Jorge Gaviria Liévano, es Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Santo Tomás y Especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá. Además realizó un posgrado en Filosofía en la Universidad Simón Bolívar de Caracas, y otro, en Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en el London School of Economics, LSE, Londres. Ejerció cargos directivos, diplomáticos, académicos y recibió múltiples condecoraciones.
La personera Distrital, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, abogada especialista en Derecho procesal, Procesal penal con énfasis en el sistema acusatorio, Derecho disciplinario, Derecho constitucional y administrativo; en la actualidad es candidata a Magister en Derecho penal y ciencias criminológicas de la Universidad Externado de Colombia. Ha sido juez de instrucción criminal y fiscal delegada ante los jueces penales del circuito de Barrancabermeja y se ha desempeñado como asesora del despacho del Procurador General de la Nación.
La Personería de Bogotá, en la tercera Jornada Nacional de Conciliatón, realizó 645 audiencias que permitieron celebrar 214 acuerdos, incluidos 45 uniones maritales de hecho, 49 desistimientos por arreglos previos y 4 conciliaciones parciales, simplificando engorrosos y costosos procesos judiciales.
Durante la jornada celebrada del 24 al 26 de abril, se gestionó el arreglo de los conflictos en derecho y equidad a personas, en su mayoría, de escasos recursos.
La mayoría de conflictos cotidianos, resueltos de forma gratuita, se relacionan con cuotas alimentarias, responsabilidad extra-contractual, accidentes de tránsito sin lesiones personales, préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas u pago de facturas, cuota de administración en propiedad horizontal, disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho, conflictos de convivencia, custodia de hijos y regulación de visitas, entre otras. Así mismo se realizaron las uniones maritales de hecho.
También se presentaron 142 no acuerdos, 278 inasistencias de una o las dos partes en conflicto, se suspendieron 9 audiencias y no se admitieron 2 solicitudes por no cumplir los requisitos.
En los casos que no hubo acuerdo, el Ministerio Público Distrital les entregará un documento que certifica que agotaron el requisito de procedibilidad, es decir, ya cumplieron la etapa de conciliación y pueden presentar las acciones judiciales que consideran.
Las audiencias se llevaron a cabo en la sede central (carrera 7 No. 21-24), Supercades de la carrera 30, Américas y 20 de Julio, casas de justicia de Ciudad Bolívar, Usme y Mártires y SAU (Salas de Atención al Usuario de la Fiscalía) de Suba
El objetivo es continuar posicionando la conciliación como un método alternativo de solución de problemas y una forma de acceso a la justicia de manera legítima y confiable, que contribuye a la reconciliación y la paz.
La Personería de Bogotá y el Fondo Internacional de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) ampliaron por un año el acuerdo de entendimiento para continuar cooperando en la misión de visibilizar y garantizar los derechos de la niñez sobrevivientes del conflicto armado que residen en el Distrito, a través del cual se benefició a 623 niños, niñas y adolescentes en los últimos 9 meses.
El ente de control de la Capital, de enero de 2017 a marzo de 2018 recibió 6.762 declaraciones de víctimas del conflicto armado, donde se relacionaron 17.884 personas, de las cuales 6.165 corresponden a niños y niñas. Se identificaron que 220 presentan alguna condición de discapacidad y 1.145 pertenecen a etnias afrocolombianas e indígenas. Además, el 60% de esta población infantil fue reconocida como víctima de desplazamiento forzado y el 43.9% por el hecho victimizante de amenaza.
Como parte de las medidas en pro de esta población, el Ministerio Público Distrital, a través de su Delegada de Víctimas, implementó la estrategia “Taller de la Alegría”, en la que los niños y niñas participan en actividades lúdicas encaminadas a promover sus derechos, afianzar los vínculos familiares, las pautas de crianza, el apoyo psicosocial, la sanación de realidades vividas y la equidad de género. El programa también aporta al fortalecimiento de capacidades para resignificar el concepto de niñez sobreviviente del conflicto, entre de funcionarios y particulares que interactúan con la infancia.
La ratificación del acuerdo con la Unicef se logró gracias a los adelantos obtenidos en el último año en favor de la promoción, protección, reconocimiento y materialización de los derechos de esa población de especial protección constitucional, a través de la transferencia de conocimientos, la articulación interinstitucional y las alianzas estratégicas, donde se consoliden escenarios idóneos para la reconciliación.
Al respecto, la Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar dijo que “seguimos trabajando arduamente para que desde la resiliencia, se visibilice y dignifique la identidad de la infancia que sufrió el flagelo de la guerra, articulando esfuerzos con otros organismos para avanzar progresivamente en la consecución de nuestro objetivo propuesto, traducido como un gesto de voluntad de paz y dignificación para nuestra sociedad civil”.
La Personería de Bogotá, en segunda instancia, absolvió de responsabilidad disciplinaria al Gerente de Canal Capital, Darío Montenegro Trujillo, al comprobarse que en el contrato de prestación de servicios para dirigir el sistema informativo no se excedió los topes máximos establecidos en las normas.
En la decisión, la personera Distrital, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, revocó el fallo de primera instancia en el que había sido sancionado el servidor público, al tratarse de un contrato de prestación de servicios altamente calificados y de alta complejidad.
De acuerdo con las averiguaciones el contrato fue pactado por $30 millones de honorarios mensuales. En primera instancia a ese monto le sumaron el IVA del contrato y concluyeron que había superado el límite máximo de contratos altamente calificados.
No obstante, el IVA técnica y jurídicamente no hace parte de los honorarios, según Decreto 1737 de 1998, y así lo señalan los conceptos de la Dian y el Consejo de Estado. En otras palabras, el pago de honorarios estaba por debajo del límite establecido en las normas, en $3.44 millones para 2016, y aún menos para 2017, año durante el cual no se realizó incremento el valor del contrato de prestación de servicios.
Por todo lo anterior, Montenegro Trujillo fue absuelto de todo cargo y responsabilidad disciplinaria, en la medida que el contrato no excedió el monto mensual promedio de $33.4 millones devengado por el gerente de Canal Capital, incluidos los factores prestacionales y las contribuciones inherentes a la nómina, con seguridad social y parafiscales.
La Personería de Bogotá, en primera instancia, exoneró de responsabilidad disciplinaria a Gustavo Alonso Niño Furnieles, alcalde local de Santa Fe, al no comprobarse las presuntas irregularidades en la contratación del arreglo de la malla vial del sector.
Al mandatario local se le acusaba de no suspender, en su momento, el proceso de licitación pública realizado entre el Fondo de Desarrollo Local e impugnar el Registro Único de Proponentes (RUP) ante la Cámara de Comercio de Bogotá, por cuanto se presentaban inconsistencias en las certificaciones de experiencia del proponente Consorcio Vial SF 2016.
De acuerdo con la investigación, el documento cuestionado no era el RUP, sino una certificación de experiencia que fue suministrada por la firma para que la Cámara de Comercio realizara el registro del proponente.
De esa forma, a través de la impugnación del RUP, la Cámara de Comercio no habría podido verificar las presuntas incoherencias del mismo y resolver la duda de la procedencia del documento, pues esto es competencia de las autoridades judiciales.
Según la decisión de primera instancia, la documentación aportada por el proponente ante la Cámara de Comercio se presume bajo los principios de legalidad y buena fe.
El fallo indica: “…El investigado debió seguir adelante con el proceso licitatorio hasta su adjudicación como en efecto lo hizo, motivo por el cual se procede a exonerarlo de los cargos atribuidos…”
El apoderado del investigado no interpuso ningún tipo de recurso contra la decisión de primera instancia.