Funciones: Personería Delegada para el Sector Gobierno

20 June 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 49. Funciones de la Personería Delegada para el Sector Gobierno. La Personería Delegada para el Sector Gobierno, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la protección y defensa de los derechos humanos y la convivencia pacífica de la ciudad. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión pública distrital, local y la consolidación de los procesos de gobernabilidad local que realice el Sector Gobierno, de conformidad con las competencias establecidas.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la participación ciudadana y en el control social a la gestión pública en el marco del sistema Distrital de participación.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la defensa, gestión y administración del espacio público y el saneamiento y registro de los bienes constitutivos del patrimonio distrital.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la coordinación de las relaciones de la administración distrital con las corporaciones públicas de elección popular y los gobiernos en los niveles, local, Distrital. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la protección y garantía de los derechos, deberes y libertades individuales y colectivas de las comunidades étnicas y religiosas residentes en Bogotá. 
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la gestión que realicen los inspectores y corregidores distritales de Policía. 
  1. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos del sector gobierno.
  1. Realizar los estudios sectoriales y demás documentos del sector a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y estándares definidos por la normatividad vigente.
  1. Vigilar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, de los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios y demás organismos de control, cuando a ello hubiere lugar.
  1. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  1. Ejercer el seguimiento al conocimiento y trámite del recurso de apelación que realice el sector administrativo frente a las decisiones que profieran los Inspectores y Corregidores Distritales de Policía, de acuerdo con el ámbito de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control al sector central, descentralizado con sus entidades adscritas y vinculadas del distrito capital, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los deberes, funciones y misionalidad
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Personería Delegada para el Relacionamiento con el Ciudadano y Asuntos Locales

19 June 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 11. Funciones de la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Ciudadano y Asuntos Locales. Son funciones de la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Ciudadano y Asuntos Locales las siguientes: 

  1. Liderar la formulación, implementación y evaluación de la estrategia integral de servicio de conformidad con la caracterización de los grupos de interés de la Personería Distrital y el cumplimiento de la normatividad vigente.
  1. Liderar y coordinar al interior de la entidad la relación Estado - ciudadano, de conformidad con la normatividad vigente.
  1. Emitir las directrices de los canales de atención al ciudadano y evaluar de manera sistemática los indicadores, de acuerdo con sus necesidades y expectativas en el marco de sus deberes y derechos, conforme a la normatividad vigente.
  1. Dirigir las diferentes iniciativas y acciones para facilitar el acceso de manera integral y permanente a la oferta de servicios de la entidad.
  1. Dirigir el diseño de los diferentes instrumentos y herramientas institucionales para la autogestión de los ciudadanos y ciudadanas frente a los servicios ofertados por la Personería de Bogotá.
  1. Implementar estrategias para fortalecer la cultura de servicio, en la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Medir la percepción y la satisfacción del usuario frente a la experiencia durante la prestación de servicios, con el fin de contar con información de valor que permita fortalecer y mejorar el servicio.
  1. Retroalimentar de manera sistemática a la alta dirección sobre las oportunidades de mejora identificadas a partir del análisis de las consultas, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones que se reciben en la entidad.
  1. Supervisar la gestión y definir los lineamientos de la Dirección de Asistencia y Orientación a las Personas, Dirección de Asuntos Jurisdiccionales, Dirección de Conciliaciones y Personerías locales.
  1. Dirigir y orientar a las personerías locales en el ejercicio de sus competencias y en el cumplimiento de las políticas, proyectos y procesos para garantizar el ejercicio de la misión, objetivos y funciones de la Personería.
  1. Dirigir la desconcentración de los servicios, para fortalecer la gestión local, en la promoción y defensa de los derechos humanos en las Personerías Locales. 
  1. Dirigir, controlar y aprobar los informes de gestión de las personerías locales y emitir las directrices para el ejercicio de la prevención y control a la función pública a nivel local.
  1. Dirigir la ejecución de las políticas, comisiones y decisiones que emita el Despacho.
  1. Proponer las políticas específicas, directrices y comunicaciones al despacho desde y para las Direcciones de Orientación y Asistencia a las Personas, Asuntos Jurisdiccionales, Conciliaciones y las Personerías locales.
  1. Liderar y articular con las dependencias de la entidad los procesos de elección de las convocatorias que le sean asignadas por el despacho del (de la) personero(a) de Bogotá, D. C.
  1. Liderar el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana.
  1. Dirigir la articulación entre la Dirección de Asuntos Jurisdiccionales, la Dirección para la Orientación y Asistencia a las personas y las personerías locales, en las actuaciones que permitan proteger de manera oportuna los derechos de los ciudadanos.
  1. Dirigir la elaboración de los diferentes informes y demás documentos que se requieran al interior de la dependencia, de conformidad con las competencias establecidas.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Despacho del Personero(a) de Bogotá D.C.

19 June 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 96. Personero(a) de Bogotá, D. C. Son funciones del personero(a) Distrital de Bogotá D. C., conforme al Decreto Ley 1421 de 1993 las siguientes:

Funciones como agente del Ministerio Público

  1. Actuar directamente o a través de delegados suyos en los procesos civiles, contenciosos, laborales, de familia, penales, agrarios, mineros y de policía y en los demás que deba intervenir por mandato de la ley.
  1. Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando lo considere necesario para la defensa del orden jurídico, el patrimonio público, los derechos y las garantías fundamentales.
  1. Defender los derechos e intereses colectivos adelantando las acciones populares que para su protección se requieran.
  1. Con base en el artículo282 de la Constitución, interponer la acción de tutela y asumir la representación del Defensor del Pueblo, cuando este último se la delegue. 
  1. Los funcionarios de la personería distrital que por delegación actúen como agentes del Ministerio Público no deberán acreditar las calidades de los magistrados, jueces y fiscales ante los cuales ejerzan las funciones delegadas. Tampoco tendrán la remuneración, derechos y prestaciones de éstos.

Funciones como Veedor(a) Ciudadano(a)

  1. Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes, los acuerdos y las sentencias judiciales.
  1. Recibir quejas y reclamos sobre el funcionamiento de la administración y procurar la efectividad de los derechos e intereses de los asociados.
  1. Orientar a los ciudadanos en sus relaciones con la administración, indicándoles la autoridad a la que deben dirigirse para la solución de sus problemas.
  1. Velar por la efectividad del derecho de petición, con tal fin, debe instruir debidamente a quienes deseen presentar una petición; escribir las de quienes no pudieren o supieren hacerlo; y recibir y solicitar que se tramiten las peticiones y recursos de conformidad con las disposiciones vigentes.
  1. Poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos que considere irregulares a fin de que sean corregidos y sancionados.
  1. Velar por la defensa de los bienes del Distrito y demandar de las autoridades competentes las medidas necesarias para impedir la perturbación y ocupación de los bienes fiscales y de uso público.
  1. Exigir de las autoridades distritales las medidas necesarias para impedir la propagación de epidemias y asegurar la protección de la diversidad e integridad del ambiente y la conservación de áreas de especial importancia ecológica.
  1. Vigilar la conducta de los empleados y trabajadores del Distrito y verificar que desempeñen cumplidamente sus deberes, adelantar las investigaciones disciplinarias e imponer las sanciones que fuere del caso todo de conformidad con las disposiciones vigentes. 
  1. Vigilar de oficio o a petición de parte los procesos disciplinarios que se adelanten en las entidades del Distrito.
  1. Procurar la defensa de los derechos e intereses del consumidor.

Funciones como Defensor(a) de los Derechos Humanos

 

  1. Coordinar la defensoría pública en los términos que señale la ley.
  1. Cooperar con el Defensor del Pueblo en la implantación de las políticas que éste fije.
  1. Divulgar la Constitución y, en coordinación con otras autoridades, adelantar programas de educación y concientización sobre los derechos humanos y los deberes fundamentales del hombre.
  1. Recibir y tramitar las quejas y reclamos sobre la violación de los derechos civiles y políticos y las garantías sociales.
  1. Solicitar de los funcionarios de la rama judicial los informes que considere necesarios sobre hechos que se relacionen con la violación de los derechos humanos.
  1. Velar por el respeto de los derechos humanos de las personas recluidas en establecimientos carcelarios, psiquiátricos, hospitalarios, ancianatos y orfelinatos. 

Atribuciones especiales del (la) Personero(a) de Bogotá, D. C.

 

  1. Nombrar y remover los funcionarios de la Personería.
  1. Rendir semestralmente informe al Concejo sobre el cumplimiento de sus funciones.
  1. Presentar proyectos de acuerdo sobre asuntos de su competencia.
  1. Exigir a los servidores distritales la información que requiera para el ejercicio de sus funciones.
  1. Expedir certificados de antecedentes disciplinarios para tomar posesión de un cargo en el Distrito.
  1. Solicitar la suspensión de los funcionarios investigados cuando lo estime pertinente a fin de asegurar el éxito de las diligencias que adelante.
  1. Fijar las políticas internas de la entidad y dirigir, coordinar y controlar la gestión de la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Dar posesión a las personas que ocuparán empleos del nivel directivo. 
  1. Dirigir, orientar y controlar las relaciones interinstitucionales con organismos nacionales o internacionales.
  1. Proyectar el presupuesto de la entidad.
  1. Ejercer o delegar la ordenación del gasto, así como el pago de las acreencias de la Personería. 
  1. Suscribir o delegar la suscripción de los contratos necesarios para la adquisición y el suministro de los bienes y servicios requeridos para el funcionamiento y servicio de la entidad y, en general, administrar los bienes adscritos a ésta.
  1. Redistribuir las atribuciones y delegaciones entre las dependencias y servidores(as) públicos(as) de la entidad y, determinar la estructura administrativa necesaria para el cumplimiento de su misión.
  1. Resolver en segunda instancia los recursos presentados contra las decisiones emitidas en primera instancia de los procesos disciplinarios.
  1. Aplicar los sistemas y procedimientos relacionados con el funcionamiento de la carrera administrativa de la Personería de Bogotá, D. C., en forma independiente de otros organismos distritales y desarrollar las disposiciones legales sobre la materia.
  1. Conformar con los(as) servidores(as) públicos(as) de las diferentes dependencias de la entidad, sin alterar la estructura básica de éstas, grupos programáticos y asignarles las funciones temporales que sean pertinentes.
  1. Modificar y/o adicionar, cuando sea necesario, mediante acto administrativo la redistribución de competencias asignadas a las diferentes dependencias de la Personería de Bogotá, D. C. 
  1. Las demás que le asigne la ley y los acuerdos distritales.

Funciones: Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales

19 June 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 15. Funciones de la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales. La Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la elaboración de las acciones constitucionales que sean solicitadas por los ciudadanos y ciudadanas en defensa de sus derechos, de conformidad con la normatividad vigente.
  1. Intervenir como agente oficioso en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, para la defensa del orden jurídico, el patrimonio público Distrital, o los derechos y garantías fundamentales de las personas que no estén en condiciones de promover su propia defensa, y en aquellos casos que cuenten con delegación especial por parte de la o el personero de Bogotá, D. C.
  1. Participar en los comités y audiencias de verificación de cumplimiento de sentencias judiciales de las acciones populares donde se designe a la Personería de Bogotá, D. C., como integrante.
  1. Articular con la Dirección de Orientación y Asistencia a las Personas y las personerías locales, actuaciones que permitan proteger de manera oportuna los derechos de los ciudadanos.
  1. Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados por el personero delegado para el relacionamiento con el ciudadano y los asuntos locales.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

prueba documentos

Equipo Directivo

PERSONERO DE BOGOTÁ
Andrés Castro Franco

 Andres Castro Franco Personero de Bogota

Con una amplia experiencia en el sector público, en especial en los organismos de control, el abogado y politólogo, Andrés Castro Franco, asumió el cargo de Personero de Bogotá con el propósito de ser el garante de los derechos de los capitalinos.

El jefe del Ministerio Público Distrital tiene estudios en instituciones jurídico procesales, gobierno y gerencia pública, gestión humana; magister en procesal penal y derecho disciplinario. Actualmente, cursa un doctorado en administración para la sostenibilidad.
Fue Magistrado Auxiliar de la Corte Suprema, Contralor de Bogotá, Contralor Delegado para el Sector Justicia en la Contraloría General de la República, Gerente Seccional II de Bogotá de la Auditoría General de la República, Asesor del Ministerio de Justicia, Personero Delegado, entre otros cargos.
Prudente, concreto, directo y diligente, es proactivo y con habilidades para trabajar en equipo. Sobresale por el liderazgo en la formulación de políticas públicas, en el desarrollo de estrategias y proyectos, especialmente en temas relacionados a los objetivos de desarrollo sostenible, siguiendo la ética profesional y con responsabilidad social.
También es docente universitario e investigador académico en temas constitucionales, de control fiscal y de objetivos de desarrollo sostenible.
Toda esta gran experiencia y conocimiento ahora estarán enfocadas en trabajar por la garantía de los derechos de los capitalinos con enfoque de género, poblacional, diferencial, territorial y con vocación del servicio ciudadano

PERSONERA AUXILIAR

Personera Auxiliar, Gloria Inés Bohórquez Torres

Perfil Glori Bohorquez

Abogada especialista en derecho laboral y seguridad social, derecho constitucional y derecho administrativo, con maestría en Dirección en la Gestión Pública.

Ha estado vinculada al servicio público durante más de 20 años, la mayor parte de ellos en la rama judicial (Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Tribunal Superior de Bogotá y juzgados).

Ha sido jueza promiscua municipal, jueza Laboral del Circuito, jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Personería de Bogotá y personera delegada para la Segunda Instancia en esa misma entidad. 

También, Directora de Reacción Inmediata y directora jurídica en la Contraloría Distrital, y asesora en la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor y en la Contraloría General de la República.

Actualmente es la personera Auxiliar de Bogotá, D. C.

 

 

SECRETARIO GENERAL

PERSONERA DELEGADA PARA LA COORDINACIÓN DE POTESTAD DISCIPLINARIA

PERSONERA DELEGADA PARA LA COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN Y CONTROL A LA FUNCIÓN PÚBLICA

PERSONERA DELEGADA PARA LA COORDINACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS DERECHOS HUMANOS

 

Mejores Funcionarios

MEJORES EMPLEADOS(AS) DE CARRERA ADMINISTRATIVA 2022

 

“La acción es la clave fundamental de todo éxito”.

Pablo Picasso                       

 

                                                                                                                                 

Teniendo en cuenta el Decreto 1083 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector de la Función Pública, la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 1567 de 1998: “Las entidades deben organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados”; por lo anterior y con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los (las) funcionarios (as) de la Entidad, en el desempeño de su labor, se desarrolló el Plan Institucional de Incentivos.

Mediante acto administrativo (Resolución 401 de diciembre de 2022) y en acto protocolario, se reconoció a los (as) funcionarios (as) de la entidad, de la siguiente manera:

 

Mejor Empleado(a) de Carrera Administrativa de la Entidad

Diana Marcela Rodríguez Castaño.

 

Mejor Empleado(a) de Carrera Administrativa del Nivel Profesional: 

Paola Sarmiento Ribero.

 

Mejor Empleado(a) de Carrera Administrativa del Nivel Asistencial

Diana Marcela Rodríguez Castaño

 

Mejores Empleados(as) de Carrera Administrativa del Nivel Profesional:

Paola Sarmiento Ribero, Deynis Patricia Bonilla, Paola Andrea Flórez.

  

 Mejores Empleados(as) de Carrera Administrativa del Nivel Asistencial:

 Diana Marcela Rodríguez, Jhon Jairo Torres, Derly Viviana Quiroga, Juan Pablo Sánchez, Nanyi Milena Cortés, Juan Carlos Herrera, Leonardo Bermúdez, Yeny Alexandra Sánchez.

Funciones: Subdirección de Gestión Documental

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 92. Funciones de la Subdirección de Gestión Documental. La Subdirección de Gestión Documental, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Formular e implementar estrategias para el trámite oportuno de correspondencia interna y externa de la entidad, dando cumplimiento a las normas, procedimientos y sistemas establecidos.
  1. Coordinar el desarrollo y la operación del proceso de gestión documental a través de las herramientas y aplicativos institucionales.
  1. Brindar asistencia en materia de organización, custodia y conservación de archivos físicos, así como orientar en el manejo, organización, procesamiento, captura y almacenamiento de la información digital.
  1. Monitorear los archivos de la entidad en sus diferentes etapas, para controlar el cumplimiento de las políticas, reglas y estándares de conformidad con las normas que regulan la materia. 
  1. Coordinar la elaboración, implementación y actualización de los instrumentos archivísticos de acuerdo con las normas aplicables y las políticas institucionales.
  1. Rendir los informes que en materia de gestión documental requieran los organismos de vigilancia y control competentes. 
  1. Recibir peticiones, quejas y reclamos sobre los temas de su competencia y atenderlos oportunamente de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales vigentes y los procedimientos establecidos por la entidad.
  1. Generar directrices, lineamientos y actualizar procedimientos en materia de gestión documental.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Personerías Locales

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 26. Funciones de las Personerías Locales. Son funciones comunes a todas las Personerías Locales y a las de Usaquén I, Usaquén II, Chapinero I, Chapinero II, Santafé, San Cristóbal I, San Cristóbal II, Usme I, Usme II, Tunjuelito, Bosa I, Bosa II, Kennedy I, Kennedy II, Fontibón I, Fontibón II, Engativá I, Engativá II, Suba I, Suba II, Barrios Unidos, Teusaquillo, Los Mártires, Antonio Nariño, Puente Aranda, La Candelaria, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar I, Ciudad Bolívar II, Sumapaz, las siguientes:

  1. Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes y los acuerdos distritales en la localidad.
  1. Dirigir y garantizar el cumplimiento de las políticas orientadas a la promoción y defensa de derechos humanos.
  1. Liderar el ejercicio de la prevención y control de la función pública, en la localidad, en defensa del patrimonio público.
  1. Dirigir la intervención del Ministerio Público ante inspecciones de policía del factor local y distrital y alcaldías locales, de acuerdo con los lineamientos establecidos para la protección de los derechos humanos y/o el interés público.
  1. Dirigir la elaboración y seguimiento de las acciones de tutela, impugnaciones y desacatos que soliciten las personas como mecanismo de defensa de sus derechos.
  1. Orientar y revisar los derechos de petición, por solicitud de las personas e intervenir ante las autoridades competentes cuando sea necesario en defensa de su derecho constitucional.
  1. Remitir por competencia las solicitudes de investigaciones disciplinarias, fiscales y penales a las autoridades, cuando en ejercicio de sus funciones se evidencien hechos que así lo ameriten.
  1. Dirigir la elaboración y suscribir los informes periódicos o especiales de sus actividades o de los trabajos y comisiones especiales, conforme a las metodologías, instrucciones y normas expedidas por las dependencias competentes.
  1. Representar a la Personería de Bogotá en los diferentes comités, consejos y mesas locales, establecidos normativamente y que sean de competencia de la entidad, de conformidad con los lineamientos institucionales.
  1. Articular con la Dirección de Asuntos Jurisdiccionales y la Dirección de Orientación y Asistencia al Ciudadano las actuaciones que permitan proteger de manera oportuna los derechos de los ciudadanos.
  1. Articular con la Dirección de Asuntos Jurisdiccionales la elaboración de acciones constitucionales.
  1. Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados por la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Ciudadano y los Asuntos Locales.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.