Lun, 23 de Oct de 2017

Cargos contra Edil de Fontibón

  • Presuntamente ofreció dinero a agentes de la policía para evitar el cierre de restaurante-bar, al parecer, de su propiedad
  • Establecimiento comercial no tenía los documentos necesarios para su funcionamiento.

 La Personería de Bogotá formuló cargos al edil de Fontibón, Omar Ángulo Torres, por ofrecer dinero, presuntamente, a agentes de la Policía para evitar el cierre de un restaurante-bar, al parecer, de su propiedad.

El implicado fue capturado en flagrancia y puesto a disposición de las autoridades, después, la Fiscalía 379 de Bogotá le imputó cargos por el presunto delito de cohecho.

El 27 de agosto de 2016, los agentes de Policía encontraron que el Restaurante-Bar HollyCity no tenía los documentos al día para su funcionamiento. Según los uniformados, el edil les ofreció $50 mil para que no sellaran el establecimiento comercial.

Según la queja Omar Ángulo Torres, al parecer, pretendió influir de manera indebida, al presumir de su cargo e intimidarlos para evitar el cierre del negocio argumentando: ‘O usted me colabora o yo lo embalo porque los estoy grabando’. El hecho fue calificado como un claro ejemplo de: “usted no sabe quién soy yo”, propio del indebido comportamiento de algunos servidores públicos.

De acuerdo con la investigación, el implicado habría vulnerado el Código Único Disciplinario por la extralimitación en el ejercicio de sus funciones. También, con su manera de proceder, habría transgredido el principio de moralidad en la Administración Pública.

  • Suscribió un contrato de prestación de servicios por encima de los topes máximos y excepcionales establecidos en las normas.
  • Directivo desconoció el principio de austeridad en el gasto público.
  • Fallo destaca las calidades del contratista y resalta que las irregularidades, en este caso, son responsabilidad exclusiva de los servidores públicos.

La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años para ejercer cargos públicos al gerente de Canal Capital, Darío Montenegro Trujillo, por realizar un contrato de prestación de servicios para dirigir el Sistema Informativo, por encima de su propia remuneración mensual, hecho prohibido por las normas, según principios de austeridad y economía del gasto público.

De acuerdo con la investigación, el gerente devenga $20.2 millones mensuales aproximadamente; si a ese valor se le suma lo que recibe el directivo con factores prestacionales anuales (primas, vacaciones y otros), su salario promedio mensual asciende a unos $33.4 millones.

Las leyes prohíben contratar por encima del salario del gerente y establece unos casos especiales, de servicios altamente calificados, en los que autorizan superar ese tope. No obstante, prohíben que ese monto sea mayor al promedio que recibe el directivo con sus respectivas prestaciones anuales.

En el caso concreto de Canal Capital, el funcionario contrató no sólo superando el monto de su salario mensual normal, sino que pactó unos honorarios por $34.8 millones, es decir, por encima del promedio recibido con prestaciones sociales anuales.

El fallo de primera instancia dice que no hay duda de las calidades del contratista para prestar servicios de alta complejidad, por eso las normas establecen excepciones, pero eso no autoriza a vulnerar inclusos los topes máximos especiales, consagrados en el Decreto 2785 de 2011.

Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por la Personera de Bogotá, en segunda instancia.

  • Se evidenció que el sancionado tenía antecedentes penales por violación a menor, años atrás, y a pesar de esto fue vinculado al Distrito.
  • El proceso era llevado por la Secretaría de Educación y fue asumido por competencia preferente por la Personería.

 

La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por dieciocho años a Carlos Alberto Sánchez Varón, profesor de Educación Física, por abuso sexual contra una alumna, menor de edad, de un colegio distrital de Bosa.

La investigación determinó que cuando la menor realizaba el servicio social en el plantel educativo, fue abordada en un pasillo por el docente, quien la sujetó por la espalda le tapó la nariz y boca con una sustancia desconocida para adormecerla y llevarla a un baño del colegio. A la alumna le fue rasgada la jardinera y ropa interior, pero no quedó del todo aletargada y pudo reaccionar para huir de su agresor.

Después de estos hechos, en el que el funcionario aprovechó su condición de profesor para abusar sexualmente de la estudiante, la menor abandonó el colegio y se radicó en otra ciudad.

El docente, en mayo de 2014, cuando ocurrieron los hechos fue detenido por agentes de la Policía y puesto a disposición de las autoridades, pese a ello, sólo hasta enero de 2015 la Secretaría de Educación inició la investigación disciplinaria. Luego la Personería asumió el proceso por competencia preferente.

De acuerdo con el fallo, Carlos Alberto Sánchez Varón tenía antecedentes penales por violación a menor en 2005 y fue condenado por más de tres años, en 2008, a pesar de esto fue vinculado al Distrito. Por esto, la Personería le solicitó a la Secretaria de Educación realizar una indagación interna para determinar los responsables del nombramiento e ingreso del profesor Carlos Alberto Sánchez a esa entidad.

Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por la Personera de Bogotá, en segunda instancia.

Cuatro funcionarios de carrera administrativa de la Personería de Bogotá fueron premiados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en el marco de la II gala de reconocimiento “Innovación que Deja Huella”, la cual exalta las ideas, el espíritu creativo y las experiencias trasformadoras con mayor viabilidad de realizarse en las entidades y organismos del Distrito Capital.

El evento, que se llevó a cabo el pasado 12 de octubre en el teatro municipal Jorge Eliécer Gaitán, laureó a 130 servidores públicos de carrera administrativa de todo el Distrito por su calificación sobresaliente en el 2016, siendo galardonados en representación de la Personería: Myriam Socorro Romero Ordoñez, con 37 años al servicio de la entidad y adscrita a la Dirección de Investigaciones Especiales y Apoyo Técnico; y Miguel Ángel Valero Bernal, con 37 años al servicio de la entidad y adscrito a la Personería Delegada para la Vigilancia de los Derechos Humanos.

Por otra parte, de un total de 73 preseleccionados, fueron distinguidas 18 iniciativas y experiencias innovadoras en temas relacionados con gestión humana, responsabilidad ambiental, y el uso de las tecnologías de información y comunicación, de las cuales la Personería se alzó con dos premios.

Los condecorados fueron Anyul Liliana Molano Núñez, de la Dirección TIC, premiada con el segundo lugar en la subcategoría de “ideas creativas en casa”, con su proyecto “Mi Pensión – Una Realidad”; y Pablo Elías Rueda Montenegro, de la Personería Delegada para la Protección del Medio Ambiente, Asuntos Agrarios y Rurales, también ganador del segundo lugar con la “Exposición itinerante – Agua de Bogotá, Riqueza de la Cuenca”, en la subcategoría de “ideas creativas para el planeta”.

“Estamos muy contentos con el reconocimiento otorgado, fruto de nuestra experiencia y vocación de servicio, que nos incentiva a mejorar y a proponer alternativas de mejoramiento y calidad en nuestra labor, a través de la implementación de nuevas tecnologías en diferentes campos”, dijo uno de los funcionarios de la Personería honrado en la ceremonia.

Las ideas y experiencias fueron seleccionadas por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Universidad EAN y un grupo especializado de la Secretaría Distrital de Ambiente, quienes destacaron la nutrida participación y acogida de la convocatoria que exalta la labor, el talento, la dedicación, el esfuerzo y la creatividad de los funcionarios de carrera administrativa de las entidades del Distrito.

  • Suspensión de servicio de SITP  y falta de plan de contingencia afectó a más de 160 mil ciudadanos.
  • Habitantes de la localidad se les informó un día antes sobre el cese de operaciones, tuvieron que recurrir a transporte informal.
  • 7 meses antes, Transmilenio tuvo conocimiento del vencimiento de las pólizas sobre el operador.

La Personería de Bogotá inicio una indagación preliminar contra gerente de Transmilenio S. A., Alexandra Rojas Lopera, por su presunta responsabilidad en la falta de planeación y el desarrollo de planes de contingencia para la operación del servicio de rutas del SITP en la localidad de Ciudad Bolívar.

Después de una visita realizada por el Ministerio Público a Transmilenio S.A., este declaró el incumplimiento parcial del contrato de SUMA S.A.S. responsable de la operación de los buses del  SITP en la localidad de Ciudad Bolívar, sin contar con planes de contingencia suficientes que facilitaran la movilidad a más de 160.000 usuarios.

La suspensión de la operación de SUMA S.A.S en la localidad de Ciudad Bolívar se debe al vencimiento de las pólizas, el 10 de octubre de 2017, que amparan las obligaciones derivadas del contrato de concesión, motivo por el cual Transmilenio S.A. ordenó el cese de operaciones. Esto deja en evidencia la presunta improvisación en el manejo de la contratación, que además tiene vigencia hasta el año 2034. De no otorgarse la póliza daría lugar a la terminación del contrato por incumplimiento.

Desde el 15 de marzo de 2017, la aseguradora informó a Transmilenio S.A. la no renovación de las pólizas, es decir, desde hace 7 meses, tuvo conocimiento de que se vencería el contrato del operador SUMA del SITP, sin contar con un plan de contingencia adecuado, recurriendo finalmente a las empresas que actualmente operan el SITP “Provisional”, empresas diferentes a los concesionarios del SITP y que no fueron suficientes para atender la demanda.

“Nadie puede obligar a la administración a suscribir o mantener un contrato con una empresa que no tiene una póliza de garantía, pero si se debe garantizar la movilidad de los ciudadanos”, afirmó la personera.

Además, se debe advertir, que el próximo 20 de octubre de 2017, se vencen las pólizas del operador MASIVO, encargado de la operatividad en la localidad de Kennedy y Suba.

La Personería también citará a mesa de trabajo a los operadores y a Transmilenio, para buscar soluciones reales.

La Personería de Bogotá participó en la segunda jornada nacional gratuita de “Conciliatón”, convocada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, para ofrecer servicios gratuitos de conciliación extrajudicial en derecho y en equidad, en forma masiva a la población de estratos 1, 2, y 3.

El evento se llevó a cabo del 26 al 28 de septiembre, donde el ente de control distrital atendió un total de 690 solicitudes y 53 uniones maritales en los puntos habilitados: sede central; Supercades de Suba, Bosa, carrera 30, 20 de Julio y Américas; SAU de Suba; y las casas de justicia de Ciudad Bolívar, Usme y Los Mártires.

Estas cifras aumentaron con respecto a la Primera “Conciliatón”, superando las expectativas y ubicando a la Personería en un lugar privilegiado de iniciativas de diálogo y autogestión de los conflictos con respecto a otras entidades del sector en el Distrito Capital.

Jairo Mejía, Director del Centro de Conciliación de la Personería de Bogotá, señaló que “esta iniciativa busca que los ciudadanos conozcan los mecanismos que ofrece la justicia y los utilicen para la resolución pacífica de sus diferencias, en el orden civil, familia, penal y comercial. Estamos muy contentos por la acogida que hemos tenido”.

Este tipo de actividades, de la cuales la Personería siempre es receptiva, buscan posicionar a la conciliación como un método alternativo de solución de conflictos, reconocido por la ciudadanía como una forma de acceso a la justicia de manera legítima y confiable, además de promover y apoyar la consolidación de los sistemas Justicia a nivel nacional.

  • Omitió tramitar denuncia de abuso sexual a una menor.

La Personería de Bogotá suspendió del cargo, por cuatro meses, a Carlos Alberto González, quien se desempeñaba como secretario de una Comisaría de Familia de Kennedy, por no tramitar una denuncia de abuso sexual a una menor de edad.

La queja, que fue presentada por el coordinador de un jardín infantil de la ciudad, indicó que, al parecer, uno de los familiares de la niña fue el responsable del delito.

De acuerdo con el fallo, el servidor omitió atender la denuncia argumentando que los “competentes para recibirla eran los funcionarios de la Comisaría Octava de Familia ll sector Bellavista, dejando para ese entonces en situación de vulnerabilidad a la menor, cuando la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), prima el interés superior de los niños…”.

Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por la personera de Bogotá, en segunda instancia.

La Personería de Bogotá suspendió del cargo, por cuatro meses, a Carlos Alberto González, quien se desempeñaba como secretario de una Comisaría de Familia de Kennedy, por no tramitar una denuncia de abuso sexual a una menor de edad

  • Secretaría de Ambiente no ejerce un adecuado seguimiento a publicidad exterior visual “tipo vitrina”.
  • Uno de ellos, omitió sellamiento preventivo y ocultó los sellos. Otros volvieron a fijar elementos irregulares.
  • Este tipo de avisos genera una alta contaminación visual.

La Personería de Bogotá encontró que la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) no realiza, en la ciudad, un adecuado seguimiento y control de la publicidad exterior visual “tipo vitrina” no regulada por la norma.

Pese a que la SDA, a mediados de julio de 2017, selló una de ellas, e inició proceso sancionatorio a seis infractores que instalaron elementos publicitarios irregulares, tres de ellos desconocieron la decisión, fijando nuevamente los elementos, mientras que uno ocultó los avisos de sellamiento.

Según las autoridades distritales este modelo específico de publicidad genera una alta contaminación visual, además de ir en contravía del interés público y a lo establecido en el Decreto 959 de 2000, que determina los requisitos técnicos que regulan esta actividad en la ciudad. Este tipo de publicidad no tiene autorización, permiso ni registro de la SDA.

En inspección ocular, la Personería determinó que en las siguientes direcciones: carrera 15 # 86A; carrera 11 # 89-41; avenida Calle 26 # 73-04; y avenida Calle 24 # 68B-85, ubicados en el norte y occidente de Bogotá, se omitieron y desafiaron la autoridad ambiental competente.

Según el informe, se identificó que a pesar de que la Secretaría inició un proceso sancionatorio en cada uno de los elementos, estos lo desacataron, sin que la autoridad ambiental haya realizado alguna acción de control oportuna.

Ante esta situación, la Personería instó a la Secretaría de Ambiente a programar una nueva visita técnica a seis establecimientos, con el fin de verificar la actividad de publicidad, y de ser el caso, imponer las medidas preventivas correspondientes por flagrancia.

De igual manera, hace un llamado para que la autoridad ambiental haga cumplir la normativa en materia de publicidad visual exterior, con un monitoreo y control exhaustivo en las 20 localidades de la ciudad.

Vie, 22 de Sep de 2017

Comunicado de Prensa

La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar rechaza enérgicamente y deplora el violento ataque del que fue víctima una mujer de 28 años, habitante de la calle, el pasado domingo en la localidad de Kennedy, por parte de un ciudadano de 18 años.

Así mismo, hizo un llamado a las autoridades judiciales para que en el menor tiempo posible impongan las sanciones del caso.

“Nuestra sociedad no puede tolerar la violencia de desadaptados sociales que transgreden con cinismo y absoluto desprecio de la ley, en especial, cuando agreden a mujeres y a personas en estado de marginalidad e indefensión”, dijo la personera distrital.

La Personería designará un representante del ministerio público, en calidad de agente especial como garante de los derechos de la mujer atacada.

En contravía de las normas contrataron directamente un servicio que debieron hacer por convocatoria pública.

A través de un convenio de asociación por más de $96 millones, vulneraron los principios de contratación.


La Personería de Bogotá destituyó e inhabilitó por diez años al exdirector del Instituto de Economía Social (IPES), Armando Aljure Ulloa y a la exsubdirectora Jurídica de esa entidad, Sandra Victoria Vargas Castillo por irregularidades en contratación relacionadas con un convenio de asociación por más de $96 millones.

La investigación determinó que los exfuncionarios firmaron un convenio de asociación con la Fundación Construyendo Nación, en cambio de realizar una convocatoria pública para escoger la mejor oferta para el suministro de insumos y el fortalecimiento comercial y financiero de vendedores informales. Para el convenio de asociación el IPES aportó cerca de $88 millones y la firma privada $8.7 millones, con un plazo de ejecución de tres meses.

De acuerdo con el fallo, el director del Instituto suscribió el contrato sin verificar que el objeto del contrato y sus obligaciones no están acordes a los parámetros legales establecidos para realizar los convenios de asociación con entidades privadas, sin ánimo lucro.

En cuanto a Sandra Victoria Vargas Castillo, exsubdirectora Jurídica dio la aprobación de la minuta del mencionado convenio, sin tener en cuenta que el objeto y las obligaciones contractuales constituían un contrato de suministro que debió celebrarse por las normas del estatuto de contractual.

Según la decisión de segunda instancia, con la firma del convenio se eludieron los principios de transparencia, publicidad y selección objetiva de la contratación estatal, además se desconocieron otros mecanismos legales para escoger la mejor propuesta contractual.