• A través de la Línea 143, que funciona 24 horas recibió 75.728 llamadas.
  • En el Centro de Atención al Ciudadano atendió 88.592 personas.
  • Elaboró 9.672 tutelas y llegaron 16.606 solicitudes de conciliación.
  • En Derechos Humanos y Ministerio Público intervino en 141.184 casos. 43.481 fueron víctimas y familia.
  • Las personerías locales atendieron y actuaron en 76.038 ocasiones.
  • La mayor irregularidad la contratación. Hubo 2.175 decisiones de fondo. Las más cuestionadas las alcaldías locales y secretarías de Salud y Educación.
  • La mayoría de quejas son contra directivos del Distrito, con un 72%.

La Personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar durante el evento de Rendición de Cuentas de su primer año de gestión, indicó que entre el 25 de mayo de 2016 y el 30 de mayo de 2017, fueron atendidas 419.000 solicitudes de los capitalinos.

Las principales quejas, solicitudes de orientación o intervención en defensa de los capitalinos tienen que ver con problemas en salud, seguido de derechos humanos (especialmente familia y víctimas), orientación jurídica, consumidor y pensiones.

De las 75.728 llamadas recibidas en la Línea 143, 35.500 fueron del tema de salud, es decir, el 43%. Mientras que de los 21.604 reclamos atendidos por Eje de Veedurías sobre el funcionamiento de la administración pública, 16.195, el 74%, tienen que ver con salud e integración social.

El Centro de Atención al Ciudadano (CAC) atendió 88.592 personas, de las cuales el 60% buscó orientación jurídica en diferentes temas, el 40% restante en salud, tutelas, servicios públicos, pensiones y consumidor. En los supercades y el CAC se elaboraron 9.672 acciones de tutela, impugnaciones y desacatos. Se recibieron 16.606 solicitudes de conciliación.

Derechos Humanos y Ministerio Público

De las 141.181 intervenciones se resalta las 43.481 quejas que se recibieron por el tema de víctimas y familia. La Personería participó en la imposición de 6.004 medidas de protección de Comisarías de Familia, ante situaciones de violencia intrafamiliar, muchas de ellas contra mujeres. Se actuó en 146 diligencias de restablecimiento de derechos en favor de menores de edad.

Como representantes de los intereses de la sociedad y en defensa de los derechos fundamentales, durante el año la Personería asistió  e intervino en 27.093 audiencias convocadas por jueces, fiscales y comisarías de familia.

De las 18 agencias especiales ordenadas por la Personera de Bogotá para intervenir de manera preferencial ante las autoridades judiciales, 13 son casos de mujeres víctimas de atentados contra su vida, integridad y libertad sexual.

En el Centro de Traslado por Protección (CTP), antes llamado UPJ, el Ministerio Público Distrital logró evitar que 20.553 ciudadanos  fueran privados de su libertad de manera arbitraria.

Veedurías, Disciplinarios y Locales

La Personería realizó 120 veedurías sobre el funcionamiento de la Administración Distrital en temas sociales, educación, ambiente, hábitat, servicios públicos, movilidad, gobierno y finanzas distritales. Los hallazgos sirvieron para que el Distrito tome medidas para mejorar su gestión y otros motivaron el inició de averiguaciones disciplinarias.

Las personerías locales, especialmente, revisaron 614 contratos de las 10 alcaldías, que arrojaron 463 hallazgos y la solicitud de 256 investigaciones disciplinarias.

En los expedientes disciplinarios se emitieron 2.132 decisiones de fondo, siendo la principal conducta la violación al régimen de contratación que dio inicio a 1.567 indagaciones preliminares, 819 investigaciones disciplinarias y 95 formulaciones de cargos contra las Alcaldías Locales, Secretaría de Salud y Secretaría de Educación, entre otros.

Los niveles jerárquicos que incurren en algún tipo de falta disciplinaria son; el  72%  a nivel directivo,  10%  a  nivel profesional y 13% a nivel asesor.

El fortalecimiento de las personerías locales permitió atender 12.796 solicitudes en materia de derechos humanos.

Se realizaron 28.056 actuaciones en alcaldías y 23.764 en inspecciones de Policía. Esta labor incluyó la intervención en 889 querellas para evitar su caducidad o su prescripción, así mismo, se realizó 14.123 impulsos procesales en alcaldías locales y 661 en inspecciones de Policía.

Jue, 13 de Jul de 2017

Sancionado Edil de Teusaquillo

  • Agredió físicamente al Secretario de la JAL al momento de arrebatarle algunos documentos.

La Personería de Bogotá sancionó con suspensión e inhabilidad por dos meses en el ejercicio del cargo, en primera instancia, al Edil de la Junta Administradora Local de Teusaquillo (JAL), Oscar Antonio Caro Suárez, por agredir físicamente al Secretario de esa corporación

Según la investigación el servidor público agredió al Secretario al tratar de arrebatarle algunos documentos, en hechos ocurridos a finales de febrero de 2016.

Durante la Audiencia Pública disciplinaria, el Edil aceptó la ocurrencia de los hechos que se le atribuyen, además se excusó con el agredido y con sus compañeros ediles, por el comportamiento indebido en el desempeño de sus funciones. Este hecho, contemplado en las normas, le permitió disminuir la sanción impuesta.

El fallo de primera instancia no fue apelado por el servidor público, por lo que quedó en firme la suspensión del cargo.

La Personería mediante la modalidad de procedimiento verbal busca en corto tiempo imponer sanciones que reflejen en los servidores públicos del Distrito la observancia de las normas básicas de buen comportamiento y respeto, no solo a los compañeros de trabajo, sino a la ciudadanía en general.

  • Líderes de organizaciones de víctimas inscritos como candidatos a las elecciones de las mesas locales de participación serán capacitados. 
  • Tendrán herramientas en cultura ciudadana, prevención de violencia, construcción de paz.

Gracias a una iniciativa de la Personería de Bogotá y el trabajo interinstitucional de varias entidades del orden distrital y nacional se inició una ´Escuela de Participación´ para fortalecer los conocimientos de las víctimas del conflicto armado residentes en Bogotá, sobre la Política de Atención a esta población.

De esa forma, el Organismo de Control, el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC), la Alta Consejería para las Víctimas, la Unidad para la Atención y Reparación de Víctimas y la Defensoría del Pueblo diseñaron una capacitación para brindar herramientas teóricas y prácticas en temas relacionados con liderazgo, cultura ciudadana, prevención de violencias, construcción de paz y memoria histórica. El objetivo es que las víctimas adquieran conocimientos para hacer efectivas y reales las habilidades de participación ciudadana.

La ‘Escuela de Participación’ está dirigida a miembros de organizaciones y defensoras de los derechos de las víctimas, inscritas como candidatas a las elecciones de las Mesas Locales de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado.

Este proceso de formación se realizará por módulos y grupos desde el cinco de julio y hasta el primero de agosto, y contará con la participación de 398 delegados de 19 localidades (Antonio Nariño, San Cristóbal, Puente Aranda, Teusaquillo, Bosa, Kennedy, Candelaria, Mártires, Santa Fe, Chapinero, Engativá, Fontibón, Ciudad Bolívar, Tunjuelito, Rafael Uribe Uribe, Suba, Usaquén, Usme y Sumapaz).

De esa forma se contribuye a fortalecer la participación efectiva de las organizaciones de víctimas del conflicto armado en torno a la construcción de paz desde lo local y su incidencia en la política pública de víctimas.

En cumplimiento de la Resolución 242 de 2014, se llevó a cabo la evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA- de la Entidad, realizado por la Secretaría Distrital de Ambiente, quien otorgó una calificación de 95.44 sobre 100 a la Personería de Bogotá, D.C., ubicándola dentro de un rango de calificación alto.

Este reconocimiento obedece al cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable, y de las actividades y metas propuestas en los cinco (5) programas del PIGA, que buscan minimizar, mitigar y/o compensar los impactos ambientales significativos de la Entidad.

Si bien el esfuerzo y compromiso de la Alta Dirección a través del equipo de la Dirección de Planeación, la Dirección Administrativa y Financiera, la Subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos, la Dirección de Talento Humano, la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano y la Oficina Asesora de Divulgación y Prensa ha sido inmenso, debemos recordar que el compromiso ambiental es responsabilidad de todos.

¡Felicitaciones a la Personería de Bogotá!

  • Desconoció, presuntamente, el principio de austeridad en el gasto público.
  • Suscribió contrato por encima de la remuneración mensual establecida para el Gerente del Canal Capital, al parecer, vulnerando las normas.

La Personería de Bogotá formuló cargos y citó a audiencia verbal disciplinaria a Darío Montenegro Trujillo, Gerente de Canal Capital por suscribir contrato de prestación de servicios para dirigir el Sistema Informativo del Canal, al parecer, desconociendo los principios de austeridad y economía del gasto público.

Según las normas, pese a la limitación de pactar una remuneración para servicios personales calificados con personas naturales o jurídicas por encima del valor mensual del jefe de la entidad, el gerente contrató superando ese monto.

De acuerdo con la averiguación, el gerente devenga $20.2 millones mensuales aproximadamente, (con factores prestacionales anuales, el promedio recibido sube a cerca de $33.5 millones), sin embargo, la contratista recibía un salario mensual de $34.8 millones.

Además, se le cuestiona al gerente otras presuntas irregularidades contractuales, relacionadas con la falta de certificaciones o requisitos establecidos por las leyes para este tipo de contratos.

El 22 de junio, el Gerente está citado para que presente sus descargos en la audiencia verbal. 

Mar, 20 de Jun de 2017

Comunicado de Prensa

La Personería de Bogotá D.C., con ocasión del acto terrorista del pasado 17 de junio, en cumplimiento de la Ley de Víctimas (artículo 48) acudió el sábado pasado al Centro Comercial Andino con el fin de elaborar, junto con las autoridades distritales, el censo de personas afectadas en sus derechos fundamentales por la explosión ocurrida ese día.

Al lugar acudieron servidores públicos de las Secretarías de Gobierno, Salud, Seguridad y Convivencia, Instituto Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático (IDIGER), Defensoría del Pueblo, Secretaría General de la Presidencia y los organismos de socorro, Policía Nacional y el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación.

En los próximos días será consolidada, con las entidades del Sistema Distrital para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas (SDARIV), el acta del listado de personas afectadas.

En caso de configurarse el hecho dentro del marco del conflicto armado interno, la información será remitida a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), para iniciar el respectivo proceso.

La Personería de Bogotá lamenta profundamente lo ocurrido, expresa su voz de solidaridad a las personas y familias afectadas. Exhorta a la ciudadanía y a la institucionalidad en general a unir esfuerzos para contribuir al esclarecimiento de la verdad, se haga justicia y se materialicen los procesos de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas.

  • Al revisar la historia clínica se evidenció que era un paciente de alto riesgo por sus antecedentes clínicos. Tenía 38 semanas de embarazo.
  • Sólo después de dos días de padecimientos, le suministraron el medicamento que se requería de urgencia.
  • El fármaco se requería de manera inmediata, según Guías de Atención del Ministerio y Secretaría de Salud.

La Personería de Bogotá encontró que una mujer en estado de embarazo falleció en la Unidad de Servicios de Salud del Hospital El Tunal, al parecer, por no sumistrarle oportunamente un medicamento prioritario para su tratamiento, que no se encontraba disponible en la institución.

Una paciente, de 34 años, ingresó al Hospita el 3 de mayo remitida por otro centro hospitalario que la encontró en grave condición de salud por presentar preeclamsia severa (complicación médica del embarazo que puede incluir hipertensión arterial, convulsiones y la muerte).

El Ente de Control halló que en los dos primeros días de su hospitalización estuvo sin medicamentos neuroprotectores (sulfato de magnesio), pese a que en el Centro de Atención tenía claro que la paciente era de alto riesgo por sus antecedentes de preeclampsia severa. También se encontró que este medicamento hacía falta en la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátrica en el mismo Hospital, como se denunció hace unos días.

De hecho, la gestante ya había tenido dos embarazos con preeclampsia y en uno de ellos perdió bebé. Pese a esos antecedentes y a sus 38 semanas de embarazo, presuntamente, por la falta del suministro oportuno de ampollas de sulfato de magnesio requerido para su tratamiento la mujer fallece, 6 días después de su ingreso a El Tunal.

La Personería verificó que de manera desesperada el médico tratante tuvo que romper el carro de paro para utilizar el medicamento que sólo se encontraba allí, luego de dos días de retraso en su tratamiento de urgencia.

El Ente de Control al revisar los registros de la historia clínica evidenció la falta de medicamentos e insumos disponibles en la farmacia, esenciales para tratamientos en el servicio de ginecoobstetricia, especificamente de preeclampsia severa, pese al bajo costo de algunos de ellos, como es el caso del sulfato de magnesio que comprado en cantidades no supera los $300.

Por todo, lo anterior la Personería inició un averiguación disciplinaria para determinar los presuntos responsables de la falta de medicamentos para la oportuna atención a los pacientes, especialmente, en situaciones de emergencia.


La Personería de Bogotá convocó a los capitalinos a participar en la elección de dos representantes de los usuarios de servicios públicos domiciliarios, para que hagan parte del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá.

Las inscripciones están abiertas desde el viernes 9 de junio hasta el viernes 21 de julio a las 5 de la tarde. La documentación debe presentarse en la sede central de la Personería de Bogotá, Carrera 7 No. 21-24, primer piso.

Pueden participar solamente ciudadanos residentes permanentes de la Ciudad, que cuenten al menos con quinto de primaria y sean usuarios de servicios públicos.

No puede ser representante quien sea funcionario de alguna de las empresas de servicios públicos domiciliarios, tenga deudas de más de tres meses con cualquier empresa de servicio público, sea servidor público, esté participando en campañas de elección popular o esté inhabilitado para ejercer cargos públicos.

Todos los documentos de la convocatoria pueden ser descargados del portal de la Personería de Bogotá, a través del enlace:
http://www.personeriabogota.gov.co/informacion-general/comite-de-estratificacion o solicitarse en la Personería Delegada para la Movilidad y la Planeación Urbana, en la sede central, piso 4.

Serán seleccionados quienes demuestren el mayor número de personas que respalden su postulación. Mínimo, uno de ellos deberá pertenecer a la comunidad rural. El seleccionado puede ser presidente o veedor del comité, tiene acceso a las orientaciones técnicas, a votar en la toma de decisiones del comité y a recibir unos honorarios por su asistencia y participación en las sesiones.

El Comité es un órgano asesor, consultivo, de veeduría y apoyo al alcalde distrital; además, es la segunda instancia de atención de reclamos por el estrato asignado. Entre sus funciones está: velar por la adecuada aplicación de las metodologías de estratificaciones; analizar los resultados de éstas; vigilar la correcta aplicación por parte de las empresas de servicios públicos; solicitar su actualización y resolver recursos de apelación sobre el tema.

  • Faltan medicamentos e insumos de alta rotación en Unidad.
  • En 12 historias clínicas se encontró que en el 83% de los casos faltó el suministró de por lo menos un medicamento formulado a los menores.
  • En la primera visita se constató que 8 de cada 10 pacientes de la UCI pediátrica no recibieron el tratamiento completo.
  • Ministerio Público inició indagación preliminar.

La Personería de Bogotá encontró que la falta de medicamentos e insumos en la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos (UCIP) del Hospital El Tunal estaría poniendo en riesgo la vida de sinnúmero de niños del sur de la ciudad.

La falta de elementos de alta rotación en la UCIP no sólo impide una atención básica a los menores, sino que obliga a rechazar el ingreso de nuevos pacientes que requieren con urgencia cuidados especiales para garantizar su vida.

Una revisión a 36 historias clínicas, durante cuatro visitas sorpresa, recopiladas en unos 1.500 folios, develó una serie de irregularidades en el funcionamiento, que van desde la falta de tapabocas o guantes, hasta el no suministro de medicamentos primordiales por horas o hasta varios días a pacientes graves.

Los servidores públicos de la Personería se encontraron con una injustificada dificultad para entrar el centro hospitalario, pese a estar plenamente identificados, comisionados y tener competencia para verificar la calidad de atención que se le brinda a los capitalinos de menos recursos.

Historias clínicas

La información de 12 historias clínicas en la primera visita arrojó que en el 83% de los casos no se suministró algún medicamento formulado para los menores. En otros casos, fueron utilizadas otras medicinas diferentes a las requeridas inicialmente por el paciente, con el riesgo que esto implica.

Incluso la falta de medicamentos de alta rotación de la UCI pediátrica se mantuvo hasta 4 días de forma consecutiva. De esa forma, medicamentos formulados de forma rigurosa para tratamientos cada 8 horas, hasta por dos o tres días, no se encontraron en el centro hospitalario.

Durante las visitas de los días 17, 18 y 19 de mayo se encontró que el Hospital no aceptó el ingreso de nuevos pacientes a la UCI pediátrica por falta de insumos. Por ejemplo, un niño no fue recibido por falta de monitor de signos vitales, un bebé de cinco meses tampoco pudo ingresar, a pesar de disponer de una cama en la Unidad, no había medicamentos ni elementos para atenderlo.

La situación es tal, que nuevamente se hallaron medicamentos a punto de vencer en el carro de paro de la Unidad (elemento indispensable que siempre debe tener una reserva suficiente de fármacos, insumos y equipamientos para enfrentar maniobras o procedimientos de soporte vital, en caso de emergencia).

En los reportes de novedades de la Unidad se anotó la falta de insumos para terapia respiratoria y medios de contraste, además la falta de medicamentos e insumos como oxcarbazepina jarabe, hidrocortisona crema, batas, tapones de seguridad, bromuro de ipratropio, entre otros. Se detectó que hubo ausencia de 9 medicamentos de alta rotación durante varios días.

Sin farmacia

Mientras la UCI pediátrica solicita una cantidad determinada de medicinas, la Farmacia solo hace entregas parciales de algunos medicamentos con los que cuentan. Por ejemplo de Metroclopramida ampollas entregaron en mayo el 21% lo solicitado y en Adrenalina el 29%. La Unidad solicita en repetidas ocasiones el mismo medicamento, por la no entrega oportuna de lo requerido.

En resumen se encontraron más de una veintena de medicamentos faltantes, al punto que algunas madres de los pacientes tienen que comprarlas.

A pesar haberse conformado hace más de un año una Subred Integrada de Servicios de Salud Sur (SISS), hasta ahora no se ha implementado el procedimiento para el control de entrega de medicamentos e insumos, situación que favorece el desorden en las solicitudes y entregas de elementos y aumentan el riesgo de estos pacientes ya de por si graves.

  • Con el recurso de apelación ante Planeación se logró evitar la construcción de una torre de seis pisos de lujosos apartamentos.
  • Ciudadana también solicitó revocar el permiso otorgado por Curaduría Urbana No. 3.
  • Se pasaban por alto todas las obligaciones urbanísticas.
  • De no advertirse las irregularidades, se habrían podido desarrollar cuatro edificios más. Personería solicitará a Procuraduría investigar a Curaduría.

 

La Personería de Bogotá y una ciudadana lograron que la Secretaría Distrital de Planeación revocara una licencia expedida para construir en Los Rosales (sector El Bagazal) una torre de seis pisos de lujosos apartamentos, de la primera etapa del proyecto “Torres de Este”, al oriente de la ciudad.

La licencia para construir en una parte de un lote ubicado en la Carrera 2ª No. 76-20 Este, había sido expedida por la Curaduría Urbana No. 3, en noviembre de 2016, soportada en un plano informal y un concepto del año 2002 expedido por una exfuncionaria de Planeación Distrital.

Los recursos presentados ante la Secretaría Distrital de Planeación por el Ministerio Público capitalino y la ciudadana, en enero de 2017, contra el permiso, indicaron que las normas no permiten su expedición, sin primero haber obtenido una licencia de urbanismo, que faculte desarrollar todo un lote de terreno en el que pretenden edificar cinco torres de seis pisos cada una.

Concepto y plano

En reemplazo de la licencia de urbanismo, el constructor entregó un simple concepto del año 2002 de una exfuncionaria de Planeación Distrital y un plano de localización que había sido negado desde el año 1989, lo que es abiertamente ilegal.

Por el tema del concepto de 2002, la Secretaría de Planeación en la decisión de revocatoria, de mayo de 2017, señaló: “…dicha respuesta corresponde a una comunicación en el marco del derecho de consulta,… no es un acto administrativo de carácter particular y concreto que sea vinculante…”, luego la fundamentación con la que aprueban la licencia resulta muy reprochable desde el punto de vista jurídico. Un concepto no es una licencia de urbanismo.

La supuesta culminación del proceso de urbanización se pretendió acreditar con la demarcación de zonas en un plano y la copia de un acta de entrega a la entonces Procuraduría de Bienes del Distrito, según el fallo de segunda instancia de Planeación, constituye sólo una de las varias obligaciones derivadas de la licencia de urbanización, establecidas en el Acuerdo 6 de 1990.


Inclusive el IDU, la Empresa de Acueducto, el IDRD y la Defensoría del Espacio Público certificaron que el predio no contó con aprobación de estudios y diseños, ejecución y/o recibo de obras de urbanismo.

En resumen, no había licencia de urbanismo, es decir, no tenían derechos adquiridos para construir allí la torre y menos los hay para intentar edificar en un futuro, en el terreno que está sobre la franja de adecuación de los cerros orientales.