Funciones Organigrama

Funciones Organigrama (54)

Funciones: Oficina Asesora de Comunicaciones

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 43. Funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones: La Oficina Asesora de Comunicaciones dependerá del personero(a) y tendrá a cargo las siguientes funciones:

 

  1. Proyectar boletines y comunicados para prensa, radio, televisión e internet, así como textos para piezas comunicacionales y publicitarias, para divulgar de manera transparente, oportuna y eficaz las actividades propias de la misión institucional de la entidad y posicionar su imagen ante el Distrito Capital y el país.
  1. Generar contenido periodístico de calidad, como reportajes, entrevistas y demás géneros informativos, para comunicar de manera efectiva las actividades y logros de la Personería de Bogotá, D.C.
  1. Realizar el monitoreo de medios de comunicación para informar a la alta dirección sobre las acciones del organismo de control y las realizadas por otras entidades (en especial las distritales) que han sido divulgadas a través de estos, y establecer los casos deben actuar en virtud de su competencia.
  1. Adelantar y desarrollar diferentes estrategias de divulgación y fortalecimiento de la comunicación interna y externa, conforme a los lineamientos establecidos por la entidad.
  1. Proyectar la imagen institucional de la entidad a través de las redes sociales e internet.
  1. Administrar y mantener actualizadas las redes sociales, asegurando la publicación regular de contenido relevante y la interacción con la comunidad en línea.
  1. Revisar y corregir gramatical y ortográficamente los documentos asociados a los comunicados de prensa, y otros materiales escritos o producidos por la dependencia.
  1. Garantizar que los comunicados de prensa y documentos publicados reflejen la imagen y los valores de la Personería de Bogotá, D. C., de manera precisa y profesional.
  1. Elaborar los diferentes informes que se deban presentar sobre la gestión de la dependencia de conformidad con las directrices emitidas por la entidad.
  1. Atender y orientar a las personas y periodistas sobre las funciones de la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Elaborar material que permita comunicar y difundir oportunamente las políticas, objetivos, acciones, actividades y resultados de la entidad, atendiendo los lineamientos impartidos por el despacho del (la) personero(a) de Bogotá, D. C.
  1. Revisar y actualizar las bases de datos de periodistas y medios de prensa.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Secretaría General

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 81. Funciones de la Secretaría General. La Secretaría General dependerá del personero (a) y tendrá las siguientes funciones.

  1. Dirigir, orientar y controlar la formulación e implementación de las políticas y estrategias de gestión del talento humano al servicio de la entidad, asegurando su alineación con el marco normativo aplicable y las directrices institucionales.
  1. Dirigir, proponer y supervisar el diseño, ejecución y control de las políticas y acciones relacionadas con la gestión administrativa y financiera de la entidad, garantizando el cumplimiento de los lineamientos establecidos por las autoridades competentes y las normas de administración pública.
  1. Dirigir, orientar y hacer seguimiento, al desarrollo de las políticas y acciones en materia de contratación pública, conforme al régimen jurídico aplicable y los principios de transparencia, eficiencia y eficacia.
  1. Organizar, coordinar y supervisar en articulación con la Personería Delegada para el Relacionamiento con el Usuario y Asuntos Locales, el sistema de gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) vinculadas a las funciones de la entidad, con el fin de que se dé respuesta oportuna y adecuada de conformidad con el marco normativo vigente.
  1. Impartir lineamientos y supervisar la ejecución de los procesos relacionados con la vinculación, pago de subsidios y expedición de certificaciones para judicantes, en estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias.
  1. Ejercer la ordenación del gasto y celebrar contratos de prestación de servicios cuando le sea delegada esta función por el personero de Bogotá, garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de publicidad, responsabilidad, transparencia, economía y celeridad.
  1. Gerenciar los proyectos de inversión asignados por el personero de Bogotá, asegurando su ejecución conforme a los lineamientos técnicos, normativos y presupuestales establecidos.
  1. Participar activamente en los comités institucionales para los cuales ha sido delegado, desempeñando sus funciones con sujeción a las competencias asignadas y a los procedimientos internos de la entidad.
  1. Establecer directrices para el adecuado funcionamiento de la ventanilla anticorrupción, garantizando su operatividad conforme a la normativa vigente y los lineamientos de la entidad.
  1. Coordinar y supervisar la custodia, archivo y conservación de los actos administrativos emitidos por el despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., en concordancia con los procedimientos institucionales de gestión documental.
  1. Fijar las pautas para la asignación, distribución y seguimiento de la correspondencia del despacho del personero(a) de Bogotá, D. C., conforme a las competencias de cada área y a los procedimientos administrativos de la entidad.
  1. Emitir lineamientos y supervisar la elaboración y presentación de informes dirigidos al Concejo de Bogotá, D. C. y a los entes de control, garantizando su contenido, oportunidad y pertinencia de acuerdo con los parámetros legales e institucionales vigentes.
  1. Apoyar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas relacionados con los procesos de apoyo de la Entidad, con el fin de optimizar la gestión interna y contribuir al logro de los objetivos estratégicos de la Personería de Bogotá, D. C.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Oficina de Control Interno

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 41. Funciones de Oficina de Control Interno: La Oficina de Control Interno dependerá del personero(a) y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Orientar el diseño de los planes, métodos, procedimientos, mecanismos de verificación y evaluación del sistema de control interno.
  1. Coordinar el diseño, planeación y ejecución del programa anual de auditorías en el marco del pensamiento basado en riesgos para la verificación y evaluación del sistema de control interno. 
  1. Asesorar a la organización sobre los cambios que podrían tener un impacto significativo en el sistema de control interno, identificados durante la evaluación periódica de los riesgos y en el trabajo de auditoría interna.
  1. Dirigir la evaluación del sistema de control interno de las dependencias y programas de la Personería de Bogotá para medir la eficiencia, eficacia y economía de los controles establecidos, para generar la formulación de recomendaciones y correctivos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos. 
  1. Evaluar y verificar para contribuir a la mejora en los procesos institucionales, a través de auditorías internas y especiales.
  1. Fomentar en la Personería de Bogotá la formación de una cultura de control en la gestión de todos los servidores de la Institución, para contribuir al mejoramiento continuo y el cumplimiento de la misión institucional.
  1. Efectuar la evaluación independiente de la rendición de cuentas que realice la entidad.
  1. Coordinar la elaboración de informes que por requerimiento legal le sean asignados a esta dependencia, así como aquellos que por su naturaleza evaluadora deba presentar y establecer su publicación.
  1. Orientar la formulación de los planes de mejoramiento producto de auditorías internas y externas y realizar el respectivo seguimiento. 
  1. Cumplir con los requerimientos de solicitud de información de los entes externos y del personero de Bogotá en relación con la competencia de la Oficina de Control Interno. 
  1. Servir de enlace entre la Personería de Bogotá, D.C., y los entes externos de control, con el fin de facilitar el flujo de la información con estos organismos y verificar aleatoriamente la oportunidad, integridad y pertinencia de la información suministrada por los diferentes procesos y/o dependencias.
  1. Participar en la formulación, implementación y evaluación de la política de control interno. 
  1. Ejercer la secretaría técnica del Comité Institucional de Coordinación del Sistema de Control Interno. 
  1. Generar alertas que puedan afectar el cumplimiento de los objetivos de la entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones DTIC

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 18. Modificación de las funciones de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones DTIC. La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicación DTIC, tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Analizar y orientar la formulación de planes, programas y proyectos de la gestión de tecnologías de la información, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.
  1. Coordinar y orientar con las subdirecciones en la proyección de adquisición, implementación, instalación, tenencia y actualización de tecnologías de la información y las comunicaciones, para el mejoramiento continuo de los procesos de la entidad, apoyando técnicamente la selección y contratación de estos.
  1. Orientar y dirigir las políticas, planes, programas, proyectos, servicios y actividades en materia informática y equipos para el debido funcionamiento de la Personería de Bogotá. 
  1. Coordinar y dirigir con las subdirecciones los lineamientos sobre la implementación, desarrollo y administración de los recursos de hardware, del software y los medios telemáticos para el cumplimiento de los objetivos y la misión de la Personería de Bogotá.
  1. Coordinar con todas las áreas y dependencias la aplicación a todo nivel de la organización de los estándares, buenas prácticas y principios para el manejo y seguridad de la información, logrando la mejora continua en los procesos tecnológicos y del manejo de la información de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir y coordinar con las subdirecciones y demás dependencias la elaboración del plan institucional en materia de tecnología e información, de acuerdo con la normatividad y requerimientos establecidos.
  1. Analizar, estudiar y gestionar acuerdos, convenios u otros con entidades para compartir información y mejorar la eficiencia y eficacia en la producción, recolección, uso y disposición de la información, de acuerdo con los lineamientos estratégicos emitidos por las autoridades competentes.
  1. Dirigir, coordinar y articular el apoyo técnico a la Dirección de Planeación en materia de análisis, recopilación y procesamiento de la información para la definición de políticas, y lineamientos, de acuerdo con los requerimientos y necesidades de la Personería de Bogotá. 
  1. Revisar con las subdirecciones y dependencias todo lo relacionado con el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Personería de Bogotá.
  1. Coordinar todas las acciones y tareas con el oficial de seguridad, en busca de cumplir las políticas del SSGT.
  1. Diseñar, desarrollar e implementar soluciones digitales innovadoras que faciliten el acceso a la información y la asistencia y autogestión ciudadana, promoviendo la transparencia, eficiencia y consolidación del gobierno abierto en la Personería de Bogotá.
  1. Expedir lineamientos y directrices para la adopción y uso responsable de la inteligencia artificial en los procesos institucionales, garantizando su aplicación ética, segura y alineada. 
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Dirección de Planeación

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 40. Funciones de la Dirección de Planeación: La Dirección de Planeación dependerá del despacho del personero(a) y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Dirigir la formulación, adopción y ejecución de la plataforma estratégica, táctica y operativa de la entidad, a través de la presentación de los planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión institucional.
  1. Realizar seguimiento y monitoreo a la ejecución de los planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de la Personería de Bogotá, de conformidad con los lineamientos y directrices institucionales.
  1. Elaborar y presentar los informes de avance de los planes, programas y proyectos institucionales ante las instancias pertinentes, de acuerdo con el ámbito de su competencia. 
  1. Dirigir la elaboración y presentación de los informes de gestión y de rendición de cuentas a cargo del despacho del (de la) personero(a) de Bogotá, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir y orientar la administración y promoción del desarrollo, implementación y sostenibilidad del modelo de planeación y/o sistemas de gestión, adoptado(s) por la Personería de Bogotá, D. C., de acuerdo con la normatividad vigente. 
  1. Liderar la implementación y sostenibilidad de la cultura de la calidad en la entidad, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir y hacer seguimiento a la administración de la organización y operación del banco de proyectos de la entidad y la inscripción de los proyectos de inversión ante la Secretaría Distrital de Planeación, atendiendo los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir la formulación, elaboración, registro, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión, de acuerdo con los lineamientos y directrices establecidas.
  1. Orientar la articulación y alineación con la Dirección Administrativa y Financiera en la formulación del anteproyecto anual de presupuesto de inversión, teniendo en cuenta los lineamientos y directrices institucionales. 
  1. Dirigir la consolidación del programa de transparencia y ética pública de la entidad y facilitar su elaboración y seguimiento por parte de las dependencias responsables, con criterios de calidad, veracidad y oportunidad.
  1. Ejercer la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño Institucional. 
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos

Funciones: Dirección Administrativa y Financiera

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 94. Funciones de la Subdirección de Gestión Financiera. La Subdirección de Gestión Financiera dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad. 
  1. Coordinar con la Dirección Administrativa y Financiera la formulación de las políticas y planes sobre presupuesto, contabilidad y tesorería, de acuerdo con la normativa vigente. 
  1. Coordinar el proceso de ejecución y control del presupuesto de la entidad conforme a las disposiciones legales vigentes y las políticas institucionales. 
  1. Coordinar la elaboración, administración y ejecución del Programa Anual de Caja, teniendo en cuenta las políticas fiscales y las obligaciones a cargo de la entidad. 
  1. Coordinar y verificar las solicitudes y actos administrativos para la modificación del presupuesto de la entidad. 
  1. Coordinar y gestionar las actividades relacionadas con la elaboración y presentación de los estados contables e informes complementarios, de acuerdo con la normativa vigente.
  1. Controlar y verificar que el proceso de preparación, registro presupuestal y contable de todas las operaciones financieras de la entidad se realicen de conformidad con las disposiciones legales que le sean aplicables.
  1. Dirigir la preparación y presentación de los informes de gestión de la dependencia, dirigidos a la alta dirección de la entidad y a los organismos de control. 
  1. Proporcionar orientación técnica y financiera y proponer los cambios que considere convenientes para lograr una eficiente gestión financiera y contable.
  1. Coordinar el proceso de pagos de las obligaciones a cargo de la entidad 
  1. Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad de acuerdo con los lineamientos internos y externos y con la normativa vigente. 
  1. Mantener actualizado los sistemas de Información de la entidad de manera permanente, garantizando la oportunidad de acceder a la información a su cargo. 
  1. Cumplir con las políticas y lineamientos de los Sistemas de Gestión de Calidad, Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, Sistemas de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de Seguridad de la información que la entidad tiene implementado.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Subdirección de Recursos Físicos

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 2025. Artículo 90. Funciones de la Subdirección de Recursos Físicos. La Subdirección de Recursos Físicos tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Coordinar la ejecución de los lineamientos de adquisición, conservación, mantenimiento y dotación de la infraestructura física de la entidad.
  1. Coordinar y controlar las actividades administrativas relacionadas con el manejo de los bienes y la administración de servicios generales, de vigilancia, mantenimiento, transporte, cafetería y demás requeridos en la entidad.
  1. Coordinar, controlar y hacer seguimiento a las actividades relacionadas con los seguros y garantías que amparan los bienes muebles e inmuebles de la entidad.
  1. Coordinar la elaboración y actualización del inventario de bienes muebles e inmuebles, y elementos de consumo de acuerdo con las normas vigentes.
  1. Rendir los informes del área de su competencia dentro de los términos de ley y acorde con los procedimientos de la entidad. 
  1. Recibir peticiones, quejas y reclamos sobre los temas de su competencia y atenderlos oportunamente de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales vigentes y los procedimientos establecidos por la entidad.
  1. Administrar las actividades relacionadas con almacén y suministro de elementos requeridos por las diferentes dependencias de la entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Subdirección de Gestión Contractual

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 93. Funciones de la Subdirección de Gestión Contractual. La Subdirección de Gestión Contractual dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad. 
  1. Gestionar los procesos contractuales en cumplimiento del manual de contratación de la entidad y la normatividad vigente.
  1. Coordinar con las diferentes dependencias la gestión contractual, de acuerdo con los procesos y procedimientos vigentes. 
  1. Coordinar la evaluación técnica, económica y financiera de las propuestas presentadas por los oferentes en los diferentes procesos y modalidades de contratación. 
  1. Registrar de manera oportuna los contratos celebrados por la entidad en los sistemas de información establecidos para tal fin por las entidades distritales y nacionales. 
  1. Preparar y presentar los informes de la dependencia, solicitados por la alta dirección. 
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Subdirección de Gestión Financiera

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 94. Funciones de la Subdirección de Gestión Financiera. La Subdirección de Gestión Financiera dependerá de la Dirección Administrativa y Financiera y tendrá a cargo las siguientes funciones:

  1. Ejecutar el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia en concordancia con las políticas y la misión de la Entidad. 
  1. Coordinar con la Dirección Administrativa y Financiera la formulación de las políticas y planes sobre presupuesto, contabilidad y tesorería, de acuerdo con la normativa vigente. 
  1. Coordinar el proceso de ejecución y control del presupuesto de la entidad conforme a las disposiciones legales vigentes y las políticas institucionales. 
  1. Coordinar la elaboración, administración y ejecución del Programa Anual de Caja, teniendo en cuenta las políticas fiscales y las obligaciones a cargo de la entidad. 
  1. Coordinar y verificar las solicitudes y actos administrativos para la modificación del presupuesto de la entidad. 
  1. Coordinar y gestionar las actividades relacionadas con la elaboración y presentación de los estados contables e informes complementarios, de acuerdo con la normativa vigente.
  1. Controlar y verificar que el proceso de preparación, registro presupuestal y contable de todas las operaciones financieras de la entidad se realicen de conformidad con las disposiciones legales que le sean aplicables.
  1. Dirigir la preparación y presentación de los informes de gestión de la dependencia, dirigidos a la alta dirección de la entidad y a los organismos de control. 
  1. Proporcionar orientación técnica y financiera y proponer los cambios que considere convenientes para lograr una eficiente gestión financiera y contable.
  1. Coordinar el proceso de pagos de las obligaciones a cargo de la entidad 
  1. Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad de acuerdo con los lineamientos internos y externos y con la normativa vigente. 
  1. Mantener actualizado los sistemas de Información de la entidad de manera permanente, garantizando la oportunidad de acceder a la información a su cargo. 
  1. Cumplir con las políticas y lineamientos de los Sistemas de Gestión de Calidad, Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, Sistemas de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de Seguridad de la información que la entidad tiene implementado.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Funciones: Dirección de Talento Humano

29 May 2019 Funciones Organigrama

Acuerdo 978 de 2025. Artículo 82. Funciones de la Dirección de Talento Humano. La Dirección de Talento Humano dependerá de la Secretaría General y tendrá las siguientes funciones.

  1. Dirigir el proceso de talento humano desde su planeación institucional, administración y gestión, de acuerdo con los objetivos, necesidades estructurales y coyunturales de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir la definición de los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación de las políticas, planes, programas, estrategias de gestión y proyección del talento humano de la Personería de Bogotá.
  1. Dirigir los estudios sobre las necesidades de la planta de personal de la entidad para su adecuada provisión de empleos, de acuerdo con la planeación estratégica, requerimientos institucionales y normatividad vigente.
  1. Dirigir la modificación y actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, previo análisis de las necesidades del servicio y las solicitudes formuladas por las áreas;
  1. Dirigir la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos orientados a la gestión estratégica del talento humano de acuerdo con el ciclo de vida del servidor público, promoviendo la equidad laboral, el trabajo digno e inclusivo para el fortalecimiento institucional, conforme a la normatividad vigente.
  1. Dirigir la implementación del programa de teletrabajo en la Personería de Bogotá, de acuerdo con la normatividad vigente.
  1. Dirigir la proyección de actos administrativos relacionados con las novedades de personal y situaciones administrativas de los servidores y exservidores que estén vinculados en empleos de libre nombramiento y remoción de la Personería de Bogotá, y dar respuesta a las peticiones en materia del talento humano relacionadas con los mismos.
  1. Dirigir la respuesta a las peticiones en materia del talento humano que se soliciten a la Personería de Bogotá. 
  1. Definir las estrategias para la implementación de la gestión del conocimiento de la entidad en coordinación con las dependencias correspondientes.
  1. Promover la implementación de la política de integridad en la Personería de Bogotá.
  1. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de Personal de la Personería de Bogotá, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.
  1. Notificar los actos administrativos que en ejercicio de sus funciones expida.
  1. Presentar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general, todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
  1. Contribuir en el desarrollo del proceso de negociación sindical que realice al interior de la Personería de Bogotá, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.
  1. Dirigir la aplicación de las políticas de la entidad en los planes y programas que se presenten en materia de bienestar social, incentivos, plan institucional de capacitación (PIC), salud ocupacional, aplicación de las normas de carrera administrativa, evaluación del desempeño, inducción y reinducción, clima organizacional y plan anual de vacantes.
  1. Definir y dirigir la formulación de las políticas y planes relativos a la nómina de la entidad.
  1. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos, los estatutos y los reglamentos.
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